Page 5 - 14-enero-2025
P. 5

Martes 14 de Enero de 2025 - Página 5


       San Fernando refuerza compromiso con la salud mental


               en “Día Mundial de la Lucha contra la Depresión”

















                                                     RIT : C-98-2024            TORRES/MIRA                 F. Ing.: 24/01/2024
                                                     RUC: 24- 2-4340203-0       Proc.: Ordinario            Forma Inicio: Demanda

                                                                                    EXTRACTO NOTIFICACIÓN

                                                        Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-98-2024, RUC: 24-2-4340203-0, caratulada TORRES/MIRA
                                                        por demanda de cuidado personal, por resolución de fecha 4 de septiembre de 2024, se ha ordenado notificar
                                                        de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la presente resolución
                                                        mediante tres avisos en un diario de circulación nacional a elección de la parte demandante y un aviso en el
                                                        diario oficial en la forma establecida en el inciso final del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil,
                                                        DEMANDA:  A doña  BÁRBARA ANDREA MIRA TORRES, RUT: 18722670-8, último domicilio que registro o
                                                        conocido de ésta corresponde al ubicado en JUAN JIMENEZ N°0125, COMUNA DE SAN FERNANDO, demanda de
                                                        cuidado personal ingresada en este Tribunal  el 24 de enero de 2024, interpuesta por MARÍA MAGDALENA
                                                        TORRES BRAVO, RUT: 11367317-6. PROVEIDO: San Fernando, dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro. Al
                                                        escrito “cumple lo ordenado”, se resuelve: Por cumplido lo ordenado, Certificado de nacimiento del niño
                                                        ANDRÉS  HUENTECOL  MIRA,  y  Certificado  de  Defunción  de  su  padre,  don  CARLOS   ANDRÉS  HUENTECOL
                                                        CERECEDA. Resolviendo demanda de cuidado personal: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de
                                                        cuidado   personal.   Traslado.   Al   primer   otrosí:   Téngase   por   acompañado   los   documentos,   incorpórese
                                                        jurídicamente en la audiencia respectiva. Al segundo otrosí: no ha lugar por ahora. Al tercer otrosí: téngase
                                                        presente privilegio de pobreza. Al cuarto otrosí: Téngase presente patrocinio y poder.   RESOLUCION   F. Ing.: 24/01/2024
                                                                                                                             : En San

                                                                                      TORRES/MIRA
                                                        RIT : C-98-2024
                                                     RIT : C-98-2024                 TORRES/MIRA                     F. Ing.: 24/01/2024
                                                        Fernando, con la fecha señalada en la firma, se resuelve: Al escrito de folio 26, se resuelve; A lo principal:
                       I.MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO
                                                        RUC: 24- 2-4340203-0
                          I.MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO
                                                                                      Proc.: Ordinario
                                                        Como se pide, no habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado en audiencia de fecha 04 de septiembre de
                    DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS   RUC: 24- 2-4340203-0    Proc.: Ordinario               Forma Inicio: Demanda
                                                                                                                     Forma Inicio: Demanda
                       DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS   2024   en   cuanto   a   la   notificación   por   publicación   y   no   encontrándose   notificada   a   esta   altura   la   parte
                           CEMENTERIO MUNICIPAL
                              CEMENTERIO MUNICIPAL      demandada respecto de la demanda y su proveído respectivo, reprográmese la audiencia fijada en autos y se
                                                                                          EXTRACTO NOTIFICACIÓN
                                                        fija nueva fecha de audiencia preparatoria para el día 12 de Febrero de 2025, a las 11:15 horas, sala 2, bajo
                                                                                         EXTRACTO NOTIFICACIÓN
                                                        apercibimiento de afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin
                                                        necesidad de notificación posterior, de acuerdo con el artículo
       La Municipalidad de San Fernando informa a la
                                                            Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-98-2024, RUC: 24-2-4340203-0, caratulada TORRES/MIRA
          La Municipalidad de San Fernando informa a la
                                                        59 de la ley 19.968. La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el
                                                         Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-98-2024, RUC: 24-2-4340203-0, caratulada TORRES/MIRA
                                                            por demanda de cuidado personal, por resolución de fecha 4 de septiembre de 2024, se ha ordenado notificar
                                                        link   respectivo   para   proceder   a   la   conexión   es   el   siguiente:   Unirse   a   la   reunión   Zoom
       comunidad que, desde la  Administración del
                                                            de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la presente resolución
                                                         por demanda de cuidado personal, por resolución de fecha 4 de septiembre de 2024, se ha ordenado notificar
          comunidad que, desde la  Administración del
                                                        https://zoom.us/j/98334603656 ID de reunión: 983 3460 3656 Código de acceso: 574248. NOTIFICACIÓN
                                                            mediante tres avisos en un diario de circulación nacional a elección de la parte demandante y un aviso en el
                                                         de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la presente resolución
                                                        DE LAS PARTES. Notifíquese a la parte demandante por intermedio de su abogado, vía correo electrónico.
       Cementerio Municipal, se solicita a las Directivas
          Cementerio Municipal, se solicita a las Directivas
                                                            diario oficial en la forma establecida en el inciso final del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil,
                                                        Notifíquese al curador ad litem JAVIER IGNACIO ZAMORANO GUERRERO, abogado que representa los derechos
                                                         mediante tres avisos en un diario de circulación nacional a elección de la parte demandante y un aviso en el
                                                        e   intereses   del   niño   de   autos.   Notifíquese   al   demandado   don   BÁRBARA   ANDREA   MIRA   TORRES,   RUN.
                                                            DEMANDA:  A doña  BÁRBARA ANDREA MIRA TORRES, RUT: 18722670-8, último domicilio que registro o
                                                         diario oficial en la forma establecida en el inciso final del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil,
       de los Mausoleos de Sociedades, Corporaciones,
                                                        18.722.670-8, de la demanda, su proveído y la presente resolución, mediante tres avisos en un diario de
          de los Mausoleos de Sociedades, Corporaciones,
                                                            conocido de ésta corresponde al ubicado en JUAN JIMENEZ N°0125, COMUNA DE SAN FERNANDO, demanda de
                                                         DEMANDA:  A doña  BÁRBARA ANDREA MIRA TORRES, RUT: 18722670-8, último domicilio que registro o
                                                        circulación nacional a elección de la parte demandante y un aviso en el diario oficial en la forma establecida en
                                                            cuidado personal ingresada en este Tribunal  el 24 de enero de 2024, interpuesta por MARÍA MAGDALENA
                                                             RIT : C-98-2024
                                                         conocido de ésta corresponde al ubicado en JUAN JIMENEZ N°0125, COMUNA DE SAN FERNANDO, demanda de
       Comunidades, Congregaciones,  Instituciones de                               TORRES/MIRA            F. Ing.: 24/01/2024
          Comunidades, Congregaciones,  Instituciones de
                                                        el inciso final del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, requiérase el extracto de notificación ante
                                                            TORRES BRAVO, RUT: 11367317-6. PROVEIDO: San Fernando, dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro. Al
                                                                                    Proc.: Ordinario
                                                                                                           Forma Inicio: Demanda
                                                             RUC: 24- 2-4340203-0
                                                         cuidado personal ingresada en este Tribunal  el 24 de enero de 2024, interpuesta por MARÍA MAGDALENA
                                                        Ministro de Fe del Tribunal, quien deberá confeccionarlo. Se hace presente a la parte demandante que deberá
                                                            escrito “cumple lo ordenado”, se resuelve: Por cumplido lo ordenado, Certificado de nacimiento del niño
       derecho público o privado, y Mutualidades, enviar                               EXTRACTO NOTIFICACIÓN
                                                         TORRES BRAVO, RUT: 11367317-6. PROVEIDO: San Fernando, dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro. Al
                                                        acompañar las publicaciones con, a lo menos, cinco días de anticipación a la celebración de la audiencia
          derecho público o privado, y Mutualidades, enviar
                                                            ANDRÉS  HUENTECOL  MIRA,  y  Certificado  de  Defunción  de  su  padre,  don  CARLOS   ANDRÉS  HUENTECOL
                                                         escrito “cumple lo ordenado”, se resuelve: Por cumplido lo ordenado, Certificado de nacimiento del niño
                                                        preparatoria.   Apercíbase   al   abogado   de   la   parte   demandante,   que   si   dentro   del   plazo   legal   no   se   da
                                                            CERECEDA. Resolviendo demanda de cuidado personal: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de
       nómina  de los miembros que tienen derecho  a            Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-98-2024, RUC: 24-2-4340203-0, caratulada TORRES/MIRA
                                                        cumplimiento nuevamente a la notificación ordenada, se desprogramará la audiencia agendada en autos y se
          nómina  de los miembros que tienen derecho  a
                                                         ANDRÉS  HUENTECOL  MIRA,  y  Certificado  de  Defunción  de  su  padre,  don  CARLOS   ANDRÉS  HUENTECOL
                                                            cuidado   personal.   Traslado.   Al   primer   otrosí:   Téngase   por   acompañado   los   documentos,   incorpórese
                                                        entenderá   por   abandonado   el   procedimiento   resolviendo   de   oficio,   sin   perjuicio   que   pueda   accionar
                                                         CERECEDA. Resolviendo demanda de cuidado personal: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de
       sepultación, según lo establece el Artículo N°31         por demanda de cuidado personal, por resolución de fecha 4 de septiembre de 2024, se ha ordenado notificar      : En San
                                                            jurídicamente en la audiencia respectiva. Al segundo otrosí: no ha lugar por ahora. Al tercer otrosí: téngase
                                                        nuevamente. Notifíquese al abogado que sea designado por el abogado jefe de la corporación
          sepultación, según lo establece el Artículo N°31
                                                                de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la presente resolución
                                                         cuidado   personal.   Traslado.   Al   primer   otrosí:   Téngase   por   acompañado   los   documentos,   incorpórese
                                                            presente privilegio de pobreza. Al cuarto otrosí: Téngase presente patrocinio y poder.   RESOLUCION
                                                        de asistencia judicial (CAJ), realícese vía correo electrónico. San Fernando, 26 de noviembre de 2024. Ministro
                                                    250108701-02-03
                                                         jurídicamente en la audiencia respectiva. Al segundo otrosí: no ha lugar por ahora. Al tercer otrosí: téngase
       del Decreto N°357,  la que  deber ser  enviada           mediante tres avisos en un diario de circulación nacional a elección de la parte demandante y un aviso en el      : En San
                                                            Fernando, con la fecha señalada en la firma, se resuelve: Al escrito de folio 26, se resuelve; A lo principal:
                                                        de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
                                                                diario oficial en la forma establecida en el inciso final del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil,
          del Decreto N°357,  la que  deber ser  enviada
                                                            Como se pide, no habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado en audiencia de fecha 04 de septiembre de
                                                                DEMANDA:  A doña  BÁRBARA ANDREA MIRA TORRES, RUT: 18722670-8, último domicilio
                                                         presente privilegio de pobreza. Al cuarto otrosí: Téngase presente patrocinio y poder.   RESOLUCION   que registro o
       anualmente a la Dirección  o Administración del          conocido de ésta corresponde al ubicado en JUAN JIMENEZ N°0125, COMUNA DE SAN FERNANDO, demanda de
                                                         Fernando, con la fecha señalada en la firma, se resuelve: Al escrito de folio 26, se resuelve; A lo principal:
                                                            2024   en   cuanto   a   la   notificación   por   publicación   y   no   encontrándose   notificada   a   esta   altura   la   parte
          anualmente a la Dirección  o Administración del
                                                                cuidado personal ingresada en este Tribunal  el 24 de enero de 2024, interpuesta por MARÍA MAGDALENA
                                                         Como se pide, no habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado en audiencia de fecha 04 de septiembre
                                                            demandada respecto de la demanda y su proveído respectivo, reprográmese la audiencia fijada en autos y se de
                                                                TORRES BRAVO, RUT: 11367317-6. PROVEIDO: San Fernando, dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro. Al
       Cementerio.                                  Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                            fija nueva fecha de audiencia preparatoria para el día 12 de Febrero de 2025, a las 11:15 horas, sala 2, bajo
                                                         2024   en   cuanto   a   la   notificación   por   publicación   y   no   encontrándose   notificada   a   esta   altura   la   parte
          Cementerio.
                                                                escrito “cumple lo ordenado”, se resuelve: Por cumplido lo ordenado, Certificado de nacimiento del niño
                                                                ANDRÉS  HUENTECOL  MIRA,  y  Certificado  de  Defunción  de  su  padre,  don  CARLOS   ANDRÉS  HUENTECOL
                                                            apercibimiento de afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin
                                                         demandada respecto de la demanda y su proveído respectivo, reprográmese la audiencia fijada en autos y se
                                                    Jefe Unidad
                                                            necesidad de notificación posterior, de acuerdo con el artículo
       Además,  se solicita  adjuntar  reglamento o             CERECEDA. Resolviendo demanda de cuidado personal: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de
                                                         fija nueva fecha de audiencia preparatoria para el día 12 de Febrero de 2025, a las 11:15 horas, sala 2, bajo
          Además,  se solicita  adjuntar  reglamento o
                                                                cuidado   personal.   Traslado.   Al   primer   otrosí:   Téngase   por   acompañado   los   documentos,   incorpórese
                                                    PJUD
                                                            59 de la ley 19.968. La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el
                                                         apercibimiento de afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin
                                                                jurídicamente en la audiencia respectiva. Al segundo otrosí: no ha lugar por ahora. Al tercer otrosí: téngase
       estatutos de cada institución.               Veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro                         : En San
                                                                presente privilegio de pobreza. Al cuarto otrosí: Téngase presente patrocinio y poder.   RESOLUCION
                                                            link   respectivo   para   proceder   a   la   conexión   es   el   siguiente:   Unirse   a   la   reunión   Zoom
                                                         necesidad de notificación posterior, de acuerdo con el artículo
          estatutos de cada institución.
                                                    17:40 UTC-3
                                                                Fernando, con la fecha señalada en la firma, se resuelve: Al escrito de folio 26, se resuelve; A lo principal:
                                                            https://zoom.us/j/98334603656 ID de reunión: 983 3460 3656 Código de acceso: 574248. NOTIFICACIÓN
                                                         59 de la ley 19.968. La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el
                                                                Como se pide, no habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado en audiencia de fecha 04 de septiembre de
                                                            DE LAS PARTES. Notifíquese a la parte demandante por intermedio de su abogado, vía correo electrónico.
        El Plazo para hacer entrega de los antecedentes         2024   en   cuanto   a   la   notificación   por   publicación   y   no   encontrándose   notificada   a   esta   altura   la   parte
                                                         link   respectivo   para   proceder   a   la   conexión   es   el   siguiente:   Unirse   a   la   reunión   Zoom
       finaliza el 15 de enero del 2025. ez              https://zoom.us/j/98334603656 ID de reunión: 983 3460 3656 Código de acceso: 574248. NOTIFICACIÓN
        Maca Parragu
           El Plazo para hacer entrega de los antecedentes
                                                            Notifíquese al curador ad litem JAVIER IGNACIO ZAMORANO GUERRERO, abogado que representa los derechos
                                                                demandada respecto de la demanda y su proveído respectivo, reprográmese la audiencia fijada en autos y se
                                                                fija nueva fecha de audiencia preparatoria para el día 12 de Febrero de 2025, a las 11:15 horas, sala 2, bajo
                                                            e   intereses   del   niño   de   autos.   Notifíquese   al   demandado   don   BÁRBARA   ANDREA   MIRA   TORRES,   RUN.
                                                         DE LAS PARTES. Notifíquese a la parte demandante por intermedio de su abogado, vía correo electrónico.
          finaliza el 15 de enero del 2025.
                                                                apercibimiento de afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin
                                                            18.722.670-8, de la demanda, su proveído y la presente resolución, mediante tres avisos en un diario de
                                                                necesidad de notificación posterior, de acuerdo con el artículo
                                                            circulación nacional a elección de la parte demandante y un aviso en el diario oficial en la forma establecida en
                                                                59 de la ley 19.968. La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el
                                                         Notifíquese al curador ad litem JAVIER IGNACIO ZAMORANO GUERRERO, abogado que representa los derechos
                                                         e   intereses   del   niño   de   autos.   Notifíquese   al   demandado   don   BÁRBARA   ANDREA   MIRA   TORRES,   RUN.
                                                                link   respectivo   para   proceder   a   la   conexión   es   el   siguiente:   Unirse   a   la   reunión   Zoom
                                                            el inciso final del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, requiérase el extracto de notificación ante
                                                         18.722.670-8, de la demanda, su proveído y la presente resolución, mediante tres avisos en un diario de
                                                                https://zoom.us/j/98334603656 ID de reunión: 983 3460 3656 Código de acceso: 574248. NOTIFICACIÓN
                                                            Ministro de Fe del Tribunal, quien deberá confeccionarlo. Se hace presente a la parte demandante que deberá
                                                                DE LAS PARTES. Notifíquese a la parte demandante por intermedio de su abogado, vía correo electrónico.
                                                         circulación nacional a elección de la parte demandante y un aviso en el diario oficial en la forma establecida en
                                                            acompañar las publicaciones con, a lo menos, cinco días de anticipación a la celebración de la audiencia
                                                                Notifíquese al curador ad litem JAVIER IGNACIO ZAMORANO GUERRERO, abogado que representa los derechos
                                                         el inciso final del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, requiérase el extracto de notificación ante
                                                            preparatoria.   Apercíbase   al   abogado   de   la   parte   demandante,   que   si   dentro   del   plazo   legal   no   se   da
                                                                e   intereses   del   niño   de   autos.   Notifíquese   al   demandado   don   BÁRBARA   ANDREA   MIRA   TORRES,   RUN.
                                                                18.722.670-8, de la demanda, su proveído y la presente resolución, mediante tres avisos en un diario de
                                                            cumplimiento nuevamente a la notificación ordenada, se desprogramará la audiencia agendada en autos y se
                                                         Ministro de Fe del Tribunal, quien deberá confeccionarlo. Se hace presente a la parte demandante que deberá
                                                                circulación nacional a elección de la parte demandante y un aviso en el diario oficial en la forma establecida en
                                                         acompañar las publicaciones con, a lo menos, cinco días de anticipación a la celebración de la audiencia
                                                            entenderá   por   abandonado   el   procedimiento   resolviendo   de   oficio,   sin   perjuicio   que   pueda   accionar
                                                                el inciso final del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, requiérase el extracto de notificación ante
                                                         preparatoria.   Apercíbase   al   abogado   de   la   parte   demandante,   que   si   dentro   del   plazo   legal   no   se   da
                                                            nuevamente. Notifíquese al abogado que sea designado por el abogado jefe de la corporación
                                                                Ministro de Fe del Tribunal, quien deberá confeccionarlo. Se hace presente a la parte demandante que deberá


                                                                acompañar las publicaciones con, a lo menos, cinco días de anticipación a la celebración de la audiencia
                                                            de asistencia judicial (CAJ), realícese vía correo electrónico. San Fernando, 26 de noviembre de 2024. Ministro
                                                         cumplimiento nuevamente a la notificación ordenada, se desprogramará la audiencia agendada en autos y se
                                                                preparatoria.   Apercíbase   al   abogado   de   la   parte   demandante,   que   si   dentro   del   plazo   legal   no   se   da
                                                            de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
                                                         entenderá   por   abandonado   el   procedimiento   resolviendo   de   oficio,   sin   perjuicio   que   pueda   accionar

                                                                cumplimiento nuevamente a la notificación ordenada, se desprogramará la audiencia agendada en autos y se

                                                         nuevamente. Notifíquese al abogado que sea designado por el abogado jefe de la corporación
                                                                entenderá   por   abandonado   el   procedimiento   resolviendo   de   oficio,   sin   perjuicio   que   pueda   accionar
                                                                nuevamente. Notifíquese al abogado que sea designado por el abogado jefe de la corporación

                                                         de asistencia judicial (CAJ), realícese vía correo electrónico. San Fernando, 26 de noviembre de 2024. Ministro

                                                                de asistencia judicial (CAJ), realícese vía correo electrónico. San Fernando, 26 de noviembre de 2024. Ministro
                                                         de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
                                                                de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
                                                       Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                       Jefe Unidad                                                                                250108201-02-03
                                                       PJUD Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                            Jefe Unidad
                                                       Veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro
                                                    Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                            PJUD
                                                       17:40 UTC-3                                                      Este documento tiene firma electrónica
                                                    Jefe Unidad                                                         y su original puede ser validado en
                                                            Veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro
                                                            17:40 UTC-3                                                 http://verificadoc.pjud.cl
                                                    PJUD
                                                    Veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro                     Código: XCVXRNYXPX
                                                    17:40 UTC-3
                                                                                                                      Este documento tiene firma electrónica
                                                                                                                      y su original puede ser validado en
                                                                                                                      http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                      Código: XCVXRNYXPX
                                                                                                                                  Este documento tiene firma electrónica
                                                                                                                                  y su original puede ser validado en
                                                                                                                                  http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                  Código: XCVXRNYXPX
                                                                                                                                   Este documento tiene firma electrónica
                                                                                                                                   y su original puede ser validado en
                                                                                                                                   http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                   Código: XCVXRNYXPX
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10