Page 7 - Diario Septiembre 16
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Viernes 16 de Septiembre de 2022 - Página 7
Seremi Salud decomisó
2.4 toneladas de carne
no apta para el consumo
Según informó la autoridad sanitaria, desde el martes 6 y hasta el 13 de septiembre,
se ha requisado un total de 3.3 toneladas de productos cárnicos.
A horas de co- En este escena- óptimas condiciones para hora de comer el sabor no
menzar Fiestas Patrias, la rio, la seremi de Salud de el consumo de las perso- se debe sentir alterado”,
Seremi de Salud O´Hig- O’Higgins, Dra. Carolina nas”. agregando que si se en-
gins, durante las últimas Torres Pinto, fue enfática A reglón segui- cuentra algún problema
24 horas, ha requisado, al señalar que “Estamos do, la titular regional de “Es importante denun-
desnaturalizadas y des- reforzando fuertemen- Salud, adelantó que las ciar, para que nosotros
truido una cantidad cer- te las inspecciones, esto inspecciones se manten- podamos programar una
cana a las 2.4 toneladas pensando en la salud y drán con la misma inten- visita y tomar las accio-
de carnes. Lo anterior bienestar de las personas sidad, en “Restaurantes, nes administrativas en
por encontrase, mayori- durante las festividades”. fábrica de empanadas, caso de riesgo para la sa-
tariamente, con su vida La Dra. Torres, carnicerías, supermerca- lud”.
La Secretaria
útil vencida. profundizó la idea deta- dos, y en establecimien-
En esa misma llando “Que pese a que tos, donde las personas
línea, la autoridad sani- -desde agosto- trabaja- puedan adquirir elemen- REMATE
taria informó que des- mos con alcaldes y otras tos alimenticios durante Segundo Juzgado de Letras de San Fernando, en recinto del Tribunal el 05 de Octubre de
de el 6 y hasta el 13 de autoridades comunales estas fiestas”. 2022 a las 12.00 horas se rematará Lote A2-“b”, de la subdivisión del resto o parte no
transferida denominada Lote A2, de la Hijuela tercera de las cinco hijuelas en las que fue
septiembre, serían 3.3 las en la preparación y aper- Finalmente, la dividida en las que fue dividida el Fundo Hijuela Segunda de San Juan de Pedehue,
toneladas de productos tura de fondas y ramadas, seremi Carolina Torres, comuna de San Fernando. Deslindes: Norte, en 85,99 metros con Lote A2-“a” de la
cárnicos que habrían sido también vamos a estar subrayó que “Al comprar presente subdivisión; SUR, en 89,35 metros con Lote A2-“c” de la presente subdivisión;
retirados desde el comer- fiscalizando que los ali- carne debemos mirar sus ORIENTE, en 60,5 metros con Agrícola Alberto Silva y Cía., servidumbre de acueducto de
por medio; PONIENTE, en 56,75 metros con camino interior de Pedehue. Superficie:
cio formal bajo la figura mentos que allí se comer- características: verificar aproximada de 5.001 metros cuadrados. Plano: Agregado con el N°865 del registro de
del decomiso. cialicen se encuentren en el color, el olor, y a la Propiedad del año 2017. Rol S.I.I. 289-361 de la comuna de San Fernando. La propiedad
se encuentra inscrita a fojas 1985 Nº 1965 en el Registro de Propiedad del C.B.R. de San
Fernando del año 2018. Mínimo posturas $47.754.729 pagaderos contados dentro de 3°
días hábiles siguiente a la subasta. Los postores deberán conectarse con una antelación
1º Juzgado Civil de Rancagua, causa Rol V-138-2022, en autos de declaración de 10 minutos a la hora programada a fin de que la Ministro de fe del tribunal compruebe
de interdicción y nombramiento de curador de bienes, caratulados “Guerrero/”, sus identidades y se realicen las pruebas de video y audio correspondientes. Los
sentencia definitiva de fecha 26 de julio de 2022 declaró la interdicción interesados en participar en la subasta deberán tener activa su clave única del estado
definitiva de Iris de Lourdes Lara Rodríguez, C.I. 6.121.538-7, quedando para efectos de suscribir la correspondiente acta de remate y deberán consignar garantía
privada de la libre administración de sus bienes, nombrándose a Carlos suficiente para participar de la subasta conforme a las bases de remate, mediante cupón
Mauricio Guerrero Lara, C.I. 11.724.032-0, como curador definitivo de la de pago del Banco Estado obtenido desde el portal www.pjud.cl, en la causa
persona y sus bienes, eximiéndolo de rendir fianza, con obligación de correspondiente. Dicho comprobante deberá ser remitido al correo electrónico
confeccionar inventario conforme al artículo 380 del Código Civil. La Secretaria.
jl2_sanfernando_remates@pjud.cl junto con la copia digitalizada de la cédula de
identidad, señalando el Rol de la causa, nombre completo del postor, correo electrónico y
teléfono, todo hasta las 14:00 horas del día anterior a la fecha fijada para el remate, no se
Clara Luz Vásquez Riquelme aceptará otro modo de consignación o comprobante de garantía a la ya indicada, tales
Secretario
PJUD como transferencia electrónica, vale vista, entre otros. La Ministro de Fe, el día anterior a
Dieciséis de agosto de dos mil veintidós la subasta, certificará en la causa correspondiente, las consignaciones que se hayan
19:25 UTC-4
realizado, individualizando al postor, monto y número de cupón de pago. Verificado lo
anterior se remitirá a los postores que cumplan con las exigencias precedentemente
señaladas un correo electrónico por la Ministro de fe de este Tribunal, indicando el día,
hora y forma en que se llevará a cabo el remate por videoconferencia. El adjudicatario
deberá suscribir el acta de remate mediante firma con su clave única de lo cual se dejará
constancia en el acta de remate, mientras que el Juez y ministro de fe suscribirán el acta
con firma electrónica avanzada. Concluida la subasta, la Ministro de fe del tribunal enviará
un correo electrónico al adjudicatario con el acta de remate, quien deberá ingresarla en la
causa a través de la Oficina Judicial Virtual, en la causa correspondiente, a más tardar el
día siguiente a la realización del remate, bajo apercibimiento de dejar sin efecto dicha
diligencia. La garantía para aquellos postores que no se adjudiquen el bien subastado
será devuelta mediante giro de cheque. Una vez emitido dicho cheque, la Ministro de Fe
1º Juzgado Civil de Rancagua, causa Rol V-138-2022, en autos de declaración del Tribunal remitirá un correo electrónico al postor no adjudicatario, indicando día y hora
1º Juzgado Civil de Rancagua, causa Rol V-138-2022, en autos de declaración
de interdicción y nombramiento de curador de bienes, caratulados “Guerrero/”, para proceder a su retiro por el interesado. Deberán conectarse por videoconferencia a
de interdicción y nombramiento de curador de bienes, caratulados “Guerrero/”,
sentencia definitiva de fecha 26 de julio de 2022 declaró la interdicción través de la plataforma digital zoom, Link de conexión: https://zoom.us/j/2616659749?
sentencia definitiva de fecha 26 de julio de 2022 declaró la interdicción
definitiva de Iris de Lourdes Lara Rodríguez, C.I. 6.121.538-7, quedando pwd=MFljK0Zkd2VEQkp6eUc3NDB4ckFIQT09 ID de reunión: 261 665 9749 Código
de acceso: 212121. Demás antecedentes y bases causa rol N° C-113-2020 caratulada
definitiva de Iris de Lourdes Lara Rodríguez, C.I. 6.121.538-7, quedando
privada de la libre administración de sus bienes, nombrándose a Carlos “AGRICOLA E INMOBILIARIA LAS PERDICES LTDA con ACEVEDO”.
privada de la libre administración de sus bienes, nombrándose a Carlos
Mauricio Guerrero Lara, C.I. 11.724.032-0, como curador definitivo de la
Mauricio Guerrero Lara, C.I. 11.724.032-0, como curador definitivo de la
persona y sus bienes, eximiéndolo de rendir fianza, con obligación de La Secretaria
persona y sus bienes, eximiéndolo de rendir fianza, con obligación de
confeccionar inventario conforme al artículo 380 del Código Civil. La Secretaria.
confeccionar inventario conforme al artículo 380 del Código Civil. La Secretaria.
Clara Luz Vásquez Riquelme
Clara Luz Vásquez Riquelme
Secretario Secretario
PJUD PJUD 039233119064
Dieciséis de agosto de dos mil veintidós
Dieciséis de agosto de dos mil veintidós
13-14-15-220912301-02-03 Ximena Luz Guzmán Torres
19:25 UTC-4 19:25 UTC-4 13-14-15-16-21-220912106-07-08-09-10
Secretario
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http://verificadoc.pjud.cl 19:12 UTC-4
Código: GXXXXXNHWMW
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