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terceras personas, esto es, don QUINTIN AQUILES ASTETE ANDERSON, y en
ó
í
virtud de lo dispuesto en el art culo 2428 del C digo Civil y de los art culos 758 yí
Civil, por la actual presentaci n se deduceó
siguientes del C digo de Procedimientoó
demanda ejecutiva de desposeimiento en contra de dicha persona natural, ya
individualizada, a objeto de que pague a mi representada la deuda que dan cuenta el
pagar y contrato de hipoteca ené
que funda la presente demanda. Por su lado, consta
á
que mi representada, ha cumplido cabal y oportunamente con sus obligaciones para con
DIARIO OFICIAL los d as primero o quince deí
publicaci n que debe hacerse en el ó
el deudor, toda vez que le otorg el pr stamo a que nos hemos referido y, sin embargo,ó
é
cada mes, o al d a siguiente si no se ha publicado en las fechas indicadas. í
POR
ó
dicha parte no cumpli con su obligaci n correlativa de pagar la cantidad adeudada conó
TANTO, A US. PIDO: Se sirva acceder a lo solicitado.- SEPTIMO OTROSI:
é
m s sus intereses correspondientes. Las obligaciones de que da cuenta el pagar antesá
Ruego a U.S., apercibir al demandado para que dentro del tercero d a h bil computadoí
singularizado es l quida, actualmente exigible y las respectiva acci n ejecutiva no seí
ó
desde la fecha de su requerimiento de pago, designe domicilio dentro de los l mitesí
encuentran prescrita. Asimismo, la firma del suscriptor puesta en el pagar antesé
urbano del lugar de funcionamiento del Tribunal, bajo apercibimiento del art culo 53 delí
singularizado fue autorizada, por un Notario P blico, por lo que el t tulo en contra delú
í
C digo de Procedimiento Civil, esto es, la notificaci n por el estado diario de todas yó
ó
deudor y, consecuentemente, en contra del poseedor es de car cter ejecutivo.- á
POR
cada una de las resoluciones comprendidas en el art culo 48 del mismo C digo.- í
POR
y de conformidad con lo previsto en los art culosí
TANTO, en m rito de lo expuesto é
TANTO, A US. PIDO: Se sirva acceder a lo solicitado.- OCTAVO OTROS :Í
2407, 2408, 2428, 2429 del C digo Civil y 758 y siguientes del C digo de Procedimientoó
ó
Solicito a U.S., se sirva tener presente que se alo para la traba del embargoñ
el
Civil, en relaci n con lo dispuesto por el art culo 434 del mismo cuerpo legal, ó
í
PIDO A
inmueble singularizado en lo principal, inmueble denominado Lote 14, ubicado en calle
U.S.: Se sirva tener por presenta demanda ejecutiva de desposeimiento hipotecario en
camino Santa Alejandra de Amisus n mero 026 correspondiente al Lote 393 Manzanaú
contra de don QUINTIN AQUILES ASTETE ANDERSON, ya individualizado, en
412, resultante de la subdivisi n del Lote A del resto de una propiedad denominadaó
su calidad de poseedor del inmueble hipotecado en favor de mi representada que fue
Fundo Los Eucaliptus, ubicada en Isla de Briones, Puente Negro, comuna de San
singularizada en el cuerpo de esta presentaci n, y ordenar se despache en su contraó
Fernando. La propiedad se encuentra inscrita actualmente a nombre de don QUINTIN
mandamiento de desposeimiento y embargo del bien ra z referido en el cuerpo de estaí
ó
presentaci n; darle la tramitaci n legal y en definitiva, acoger la presente demanda,ó
AQUILES ASTETE ANDERSON, a FOJAS 4376, NUMERO 4589́
de Propiedad del A O 2016Ñ
SAN
disponiendo se desposea al demandado de dicho inmueble hipotecado y se proceda a la
FERNANDO.- Asimismo, s rvase U.S., tener presente que designo como í
depositario
p blica subasta del inmueble hipotecado a efectos de que con su producido se pague elú
provisional de la propiedad hipotecada al propio demandado y bajo su respectiva
cr dito que motiva esta demanda, ascendente a la suma total é
$20.964.636.- (veinte
responsabilidad, tanto civil, como criminal. POR TANTO, A US. PIDO: Tener
millones novecientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta y seis pesos), m s losá
presente el bien se alado para la traba del embargo, el depositario provisional de lañ
intereses corrientes y moratorios pactados y costas.- PRIMER OTROSI: En estos
propiedad hipotecada y as disponerlo.- í
Ruego a U.S., disponer
NOVENO OTROS :Í
autos ya se encuentran materialmente agregados al proceso algunos de los documentos
se tenga a la vista la causa Rol C-1321-2017, caratulada "COOPERATIVA DE
ó
que siguen, los que solicito se tengan por acompa ados a esta demanda, con citaci n y/oñ
AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA con ASTETE ANDERSON,
en la forma legal que corresponda: 1.- Copia simple de la escritura de Constituci n deó efectuar las publicaciones legales, cuyo n mero ser de 3 veces, sin perjuicio de unaú del Conservador de Bienes Ra ces de í á ó del Registro
Hipoteca y Prohibici n, celebrada entre mi representada y el deudor personal, con fechaó QUINTIN AQUILES", de ste Tribunal, sobre gesti n preparatoria de notificaci n deé ó ó
23 de Abril del a o 2013, en la Notar a de Talca, de don Carlos Demetrio Hormaz balñ í á desposeimiento. POR TANTO, A US. PIDO: Tener a la vista la causa indicada.-
Troncoso; 2.- Certificado de hipotecas y grav menes e interdicciones y prohibiciones queá DECIMO OTROS :Í Tener presente que mi personer a para comparecer ení
Martes 15 de Junio de 2021 - Página 7
acredita que el inmueble cuyo desposeimiento se persigue se encuentra dado en hipoteca representaci n de la Cooperativa de Ahorro y Cr dito Oriente Limitada, consta deó é
y cuenta con una prohibici n, una medida precautoria inscrita en favor de mió Escritura P blica de mandato judicial, de fecha 05 de Febrero de 2015, otorgada anteú
representada; 3.- Copia autorizada de la inscripci n de dominio ó con vigencia de fojas Notario P blico Interino de Talca Do a Patricia Katy Mar a Mihovilovic Lemaitre, cuyaú ñ í
4376 N ° 4589, del Registro de Propiedad del a o 2016ñ del Conservador de Bienes copia autorizada se encuentra archivada en la Secretaria de este Tribunal. POR
Ra ces de í San Fernando, que acredita que el inmueble hipotecado se encuentra bajo TANTO, A US. PIDO: Tenerlo presente. DECIMOPRIMERO OTROSI: Ruego a
posesi n inscrita de la persona natural en contra de la que se dirige la gesti n de laó ó U.S., tener por exhibida escritura p blica de mandato judicialú , singularizada en el otrosí
í
ó
especie; 4.- Copia autorizada de la inscripci n de dominio de fojas ó 618 N ° 675, del anterior, donde consta mi personer a para comparecer representaci n de la Cooperativa
Registro de Propiedad del a o 2012ñ del Conservador de Bienes Ra ces de í San de Ahorro y Cr dito Oriente Limitada en los t rminos del art culo 6 del C digo deé é í ° ó
ñ
ó
Fernando, que acredita que el inmueble hipotecado se encontraba en forma primitiva Procedimiento Civil.- Asimismo, solicito a U.S., tener por acompa ada, con citaci n,
ó
ó
bajo la posesi n inscrita del deudor personal; 5.- Copia autorizada de la inscripci n de copia digitalizada de esa misma escritura referida y que se encuentra custodiada en la
dominio de fojas 2199 N ° 2316, del Registro de Propiedad del a o 2014ñ del Secretaria del Tribunal. POR TANTO, A US. PIDO: Tenerlo presente.
Conservador de Bienes Ra ces de í San Fernando, que acredita que el inmueble DECIMOSEGUNDO OTROSI: S rvase U.S., tener presente que en mi calidad deí
hipotecado se encontraba en forma precedente bajo posesi n inscrita de la personaó abogado habilitado para el ejercicio de la profesi n asumo personalmente el patrocinio yó
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í
jur dica que fue el primer tercer poseedor; 6.- Copia autorizada de la escritura p blica poder para la tramitaci n de esta causa. ó POR TANTO, A US. PIDO: Tenerlo
de compraventa de fecha 17 de Julio de 2014, otorgada ante el Notario P blico Suplenteú presente. RESOLUCION: A Folio N 2° . San Fernando, nueve de Abril de dos mil
”
”
veintiuno. Proveyendo derechamente escrito Demanda en causa iniciada de folio 1, se
de San Fernando, don Fernando Contador Huerta, por medio de la cual el deudor resuelve: A lo principal: Desp chese. á Al primer otros : í T ngase por acompa adosé ñ
í
ó
personal vendi el inmueble hipotecado a la persona jur dica que fue el primer tercer
poseedor; 7.- Copia autorizada de la escritura p blica de compraventa de fecha 22 deú documentos, con citaci n. ó Al segundo otros :í No ha lugar en la forma solicitada. Sin
diciembre del a o 2016, otorgada ante la Notario P blico Interina de la Primera Notariañ ú perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del art culo 6 de la Ley de Tramitaci n ó í
í
ó
ó
de San Fernando, do a Carla Salazar Meza, por medio de la cual el primer tercerñ Electr nica 20.886, y atendida la situaci n sanitaria que aqueja al pa s producto del
poseedor vendi el inmueble hipotecado a la persona natural en contra de la que seó Covid 19, se dar curso a la presente demanda, sin perjuicio de lo cual, el ejecutanteá
dirige en la actualidad la gesti n de la especie; y 8.- ó Fotocopia del pagar é N 06-013-° deber entregar en custodia de este Tribunal, el t tulo ejecutivo respectivo de formaá í
0096273-4, suscrito con fecha 17 de Mayo de 2013, por el deudor personal don material, dentro de d cimo quito d a h bil contado desde aquel en que concluya elé í á
RICARDO PATRICIO ASTETE ANDERSON, singularizado en lo principal, el estado de excepci n constitucional actualmente vigente, para cumplir con lo dispuesto enó
cual se encuentra acompa ado en el cuaderno de gesti n preparatoria de la especie y enñ ó la norma reci n citada, bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda. é Al
la causa ejecutiva caratulada Cooperativa de Ahorro y Cr dito Oriente Limitada con“ é tercer otros , cuarto, quinto y sexto otros :í í De conformidad con lo dispuesto en el
Astete Anderson, Ricardo Patricio , Causa Rol C-350-2015, del Primer Juzgado de” art culo 54 del C digo de Procedimiento Civil, notif quese la demanda de fecha 06 deí ó í
Letras de Talca.- POR TANTO, A US. PIDO: Se sirva tener por acompa ados, conñ abril de 2021, su prove do y mandamiento de fecha 09 de abril de 2021, al demandadoí
citaci n, los singularizados documentos.ó - SEGUNDO OTROSI: Encontr ndose elá Quint n Aquiles Astete Andersen, mediante avisos redactados en extractos por laí
í
í
t tulo ejecutivo original acompa ado y bajo custodia en la causa seguida en contra delí ñ Secretar a del Tribunal o quien la Subrogue. Publ quese por cuatro veces consecutivas
deudor personal, solicito de US., se sirva traer a la vista el referido instrumento con el en el Diario Sexta Regi n de esta ciudad y por una sola vez en el Diario Oficial. Paraó
juicio respectivo, para los efectos de proveer la demanda de lo principal. Dicha causa los efectos del requerimiento de pago y trat ndose de un acto procesal distinto de laá
corresponde a la causa Rol C-350-2015, caratulada Cooperativa de Ahorro y“ notificaci n de la demanda, c tese al demandado para el d a 06 de julio de 2021 a lasó í í
Cr dito Oriente Limitada con Astete Anderson, Ricardo Patricio , del Primeré ” 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San Fernando,
Juzgado de Letras de Talca.- En subsidio de lo anterior, dirigir oficio a dicha causa diligencia que se efectuar por Receptor Judicial. Incl yase lo resuelto precedentementeá ú
a fin de que se le remita el referido documento al Tribunal de U.S.- POR TANTO; A en el extracto respectivo. Al s ptimo otros : é í Considerando que la demandada no se
US. PIDO: Se sirva acceder a lo solicitado, trayendo a la vista el instrumento indicado. encuentra notificada, no ha lugar a lo solicitado. Al octavo y d cimo, d cimo primeré é
En subsidio, ordenando oficiar al efecto.- TERCER OTROSI: Consta de autos que la y duod cimo otros : é í T ngase presente. é Al noveno otros :í No ha lugar por innecesario.
gesti n preparatoria de la especie le fue notificada al demandado de conformidad a loó Cuant a: í $20.964.636.- Firma Digitalmente Juez Titular que se indica en pie de
dispuesto en el art culo 54 del C digo de Procedimiento Civil, atendida la imposibilidadí ó p gina.á En San Fernando, a nueve de Abril de dos mil veintiuno, se notific por eló
de determinar su domicilio, aspecto ratificado por oficios, b squedas en nuevosú estado diario, la resoluci n precedente.ó A Folio N 3:° REPOSICI N.- S. J. L. EN LOÓ
domicilios y otras gestiones varias realizadas en forma activa y frustrada por este CIVIL DE SAN FERNANDO (1 ) JOSE ANTONIO VARGAS GUANGUA, ° por
litigante, todo ello consta y se visualiza en el cuaderno de gesti n preparatoria.ó la parte ejecutante, en los autos sobre juicio ejecutivo de desposeimiento, caratulados
Seguidamente, no consta que la demandada hubiere designado abogado patrocinante ni “COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA con
mandatario judicial con poder suficiente, no compareciendo al proceso se alandoñ ASTETE ANDERSON, QUINTIN AQUILES", Rol C-1321-2017, Cuaderno
domicilio dentro del radio urbano del Tribunal de U.S., por lo que, la notificaci n deó Principal, a U.S., respetuosamente digo: Que dentro de plazo vengo en deducir recurso
la demanda ejecutiva solo es posible de efectuar mediante avisos. En de reposici n en contra de la resoluci n pronunciada por V.S., con fecha ó ó 09 de abril
consecuencia, de conformidad a lo dicho y atento al m rito de autos, solicito a S.S., queé del a o 2021, nicamente en su segundo otros ,ñ ú í que se lee en Folio N 2 del ramo°
se ordene practicar la notificaci n de la demanda ejecutiva y el requerimiento de pago aló principal, que no da lugar a lo solicitado, y ordena a la ejecutante hacer entrega en
demandado, en la forma dispuesta por el art culo 54 del C digo de Procedimiento Civil.-í ó custodia de este Tribunal, del t tulo ejecutivo respectivo de forma material, dentro deí
POR TANTO, A US. PIDO: Se sirva ordenar se notifique la demanda, su prove do yí d cimo quito d a h bil contado desde aquel en que concluya el estado de excepci né í á ó
se requiera de pago al demandado mediante avisos.- CUARTO OTROS :Í En el constitucional actualmente vigente, para cumplir con lo dispuesto en lo dispuesto en el
í
ó
evento de acceder a la notificaci n por avisos, solicitada en el tercer otros de este art culo 6 de la Ley N 20.886, bajo apercibimiento de tener por no presentada laí °
í
ó
ó
ó
escrito, ruego a U.S., que la resoluci n que recaiga en esta petici n, se sirva citar al demanda, en circunstancias que debi haber ordenado traer a la vista el t tulo ejecutivo
demandado a concurrir a la Secretaria del Tribunal a la audiencia del quinto d a h bil aí á original, o en subsidio, ordenar oficiar al efecto, como se pasa a explicar: 1.- El de la
las 12:00 horas, contado desde la ltima publicaci n a comparecer ante la se oraú ó ñ especie es un juicio ejecutivo de desposeimiento seguido en contra del tercer poseedor.
Secretaria del Tribunal o de quien haga legalmente sus veces, a efectos de que se le Lo anterior, amparado en la acci n que concede la ley a mi mandante (acreedoró
practique el correspondiente requerimiento de pago. POR TANTO, A US. PIDO: Se hipotecario) para perseguir la finca hipotecada cuando se encuentra en poder de un
sirva acceder a lo solicitado.- QUINTO OTROSÍ: En el evento de acceder a la tercer poseedor.- 2.- En el segundo otros de la demanda de Folio N 1, esta parteí °
ñ
í
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ó
notificaci n por avisos, solicitada en el tercer otros de este escrito, pido a U.S., ordenar expuso que el t tulo ejecutivo original se encontraba acompa ado y bajo custodia en la
que los avisos se publiquen en extracto redactado por la se ora Secretaria del Tribunal oñ causa seguida en contra del deudor personal. Dicha causa corresponde a la causa Rol
de quien haga sus veces, pues su publicaci n ntegra es excesivamente dispendiosa. óí POR C-350-2015, caratulada Cooperativa de Ahorro y Cr dito Oriente Limitada con“ é
TANTO, A US. PIDO: Se sirva acceder a lo solicitado.- SEXTO OTROSÍ: Ruego Astete Anderson, Ricardo Patricio , del Primer Juzgado de Letras de Talca.-”
a US., se alar el ñ DIARIO SEXTA REGI N DE SAN FERNANDO“ Ó ” para Atendido lo expuesto, en el segundo otros de la demanda de Folio N 1, se solicito aí °
efectuar las publicaciones legales, cuyo n mero ser de 3 veces, sin perjuicio de unaú á U.S., se sirva traer a la vista el referido instrumento con el juicio respectivo, para los
publicaci n que debe hacerse en el ó DIARIO OFICIAL los d as primero o quince deí efectos de proveer la demanda de lo principal. En subsidio de lo anterior, dirigir oficio a
cada mes, o al d a siguiente si no se ha publicado en las fechas indicadas. í POR dicha causa a fin de que se le remita el referido documento al Tribunal de U.S.- 3.-
TANTO, A US. PIDO: Se sirva acceder a lo solicitado.- SEPTIMO OTROSI: Frente a lo anterior, V.S., ordeno e impuso en forma equivoca a la ejecutante la
Ruego a U.S., apercibir al demandado para que dentro del tercero d a h bil computadoí á siguiente carga procesal, esto es, hacer entrega en custodia de este Tribunal, del t tuloí
desde la fecha de su requerimiento de pago, designe domicilio dentro de los l mitesí ejecutivo respectivo de forma material, dentro de d cimo quito d a h bil contado desdeé í á
urbano del lugar de funcionamiento del Tribunal, bajo apercibimiento del art culo 53 delí aquel en que concluya el estado de excepci n constitucional actualmente vigente, paraó
í
°
ó
ó
C digo de Procedimiento Civil, esto es, la notificaci n por el estado diario de todas y cumplir con lo dispuesto en lo dispuesto en el art culo 6 de la Ley N 20.886, bajo
í
á
í
ó
cada una de las resoluciones comprendidas en el art culo 48 del mismo C digo.- POR apercibimiento de tener por no presentada la demanda. 4.- As las cosas, encontr ndose
ú
í
TANTO, A US. PIDO: Se sirva acceder a lo solicitado.- OCTAVO OTROS :Í el t tulo ejecutivo original en otra causa, bajo custodia de otro Tribunal de la Rep blica,
Solicito a U.S., se sirva tener presente que se alo para la traba del embargoñ el en una jurisdicci n diversa, resulta imposible dar cumplimiento a lo dispuesto en eló
inmueble singularizado en lo principal, inmueble denominado Lote 14, ubicado en calle segundo otros . Asimismo, cabe acudir a la m xima jur dica que reconoce que: í á í “ nadie
camino Santa Alejandra de Amisus n mero 026 correspondiente al Lote 393 Manzanaú est obligado a lo imposible .á ” Por ello, en la demanda de Folio N 1 fue acompa ada° ñ
412, resultante de la subdivisi n del Lote A del resto de una propiedad denominadaó una fotocopia del referido pagar .- En este contexto, atendido lo expuesto en formaé
Fundo Los Eucaliptus, ubicada en Isla de Briones, Puente Negro, comuna de San precedente y encontr ndose en tramitaci n la causa ejecutiva referida, resulta pertinenteá ó
Fernando. La propiedad se encuentra inscrita actualmente a nombre de don QUINTIN ordenado traer a la vista el t tulo ejecutivo original, o en subsidio, ordenar oficiar alí
AQUILES ASTETE ANDERSON, a FOJAS 4376, NUMERO 4589́ del Registro efecto.- POR TANTO; SOLICITO A U.S.: Reponer la resoluci n de ó 09 de abril de
de Propiedad del A O 2016Ñ del Conservador de Bienes Ra ces de í SAN 2021, nicamente en su segundo otros ,ú í que se lee en Folio N 2 ° del cuaderno
FERNANDO.- Asimismo, s rvase U.S., tener presente que designo como í depositario principal, y en consecuencia, dejarla sin efecto, en lo relativo a la carga procesal
provisional de la propiedad hipotecada al propio demandado y bajo su respectiva impuesta a la ejecutante de hacer entrega en custodia de este Tribunal, del t tuloí
responsabilidad, tanto civil, como criminal. POR TANTO, A US. PIDO: Tener ejecutivo respectivo de forma material, dentro de d cimo quito d a h bil contado desdeé í á
presente el bien se alado para la traba del embargo, el depositario provisional de lañ aquel en que concluya el estado de excepci n constitucional actualmente vigente, bajoó
propiedad hipotecada y as disponerlo.- í NOVENO OTROS :Í Ruego a U.S., disponer apercibimiento de tener por no presentada la demanda, dejando sin efecto tal
se tenga a la vista la causa Rol C-1321-2017, caratulada "COOPERATIVA DE exigencia, o disponiendo en su reemplazo traer a la vista el t tulo ejecutivoí
AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA con ASTETE ANDERSON, original, o en subsidio, ordenar oficiar al efecto.- RESOLUCION: A Folio N 4.°
QUINTIN AQUILES", de ste Tribunal, sobre gesti n preparatoria de notificaci n deé ó ó San Fernando, diecis is de Abril de dos mil veintiuno. é T ngase por cumplido loé 15-16-17-18-210614301-02-03-04
desposeimiento. POR TANTO, A US. PIDO: Tener a la vista la causa indicada.- ordenado a folio 3, del cuaderno 3 de desposeimiento. Proveyendo escrito Reposici n“ ó”
DECIMO OTROS :Í Tener presente que mi personer a para comparecer ení de folio 3, se resuelve: Ha lugar a la reposici n, se modifica resoluci n de fecha 09 deó ó
representaci n de la Cooperativa de Ahorro y Cr dito Oriente Limitada, consta deó é abril de 2021 de folio 2, s lo en cuanto a lo resuelto al segundo otros de la presentaci nó í ó
Escritura P blica de mandato judicial, de fecha 05 de Febrero de 2015, otorgada anteú de folio 1 y en su lugar se provee: No ha lugar en la forma solicitada. Sin perjuicio de lo
Notario P blico Interino de Talca Do a Patricia Katy Mar a Mihovilovic Lemaitre, cuyaú ñ í anterior, acomp ese copia autorizada del pagar en cuesti n. Quedando todo lo dem sáñ é ó á
copia autorizada se encuentra archivada en la Secretaria de este Tribunal. POR en la forma ya resuelta. Firma digitalmente Juez Titular que se indica en pie de
TANTO, A US. PIDO: Tenerlo presente. DECIMOPRIMERO OTROSI: Ruego a p gina. á En San Fernando, a diecis is de Abril de dos mil veintiuno, é se notific poró
U.S., tener por exhibida escritura p blica de mandato judicialú , singularizada en el otrosí el estado diario, la resoluci n precedente.ó A Folio N 5:° ACOMPA A COPIASÑ
anterior, donde consta mi personer a para comparecer representaci n de la Cooperativaí ó AUTORIZADAS. S. J. L. (1 San Fernando) JOS ANTONIO VARGAS° É CONTINÚA PÁGINA 8
de Ahorro y Cr dito Oriente Limitada en los t rminos del art culo 6 del C digo deé é í ° ó GUANGUA, abogado, por la ejecutante, en autos ejecutivos, sobre cobro de pagar ,é
Procedimiento Civil.- Asimismo, solicito a U.S., tener por acompa ada, con citaci n,ñ ó caratulados COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE“
copia digitalizada de esa misma escritura referida y que se encuentra custodiada en la LIMITADA U ORIENCOOP LIMITADA CON ASTETE ANDERSON ,” Causa
Secretaria del Tribunal. POR TANTO, A US. PIDO: Tenerlo presente. Rol N C-1321-2017º , cuaderno principal, a US. respetuosamente digo: Que en este
DECIMOSEGUNDO OTROSI: S rvase U.S., tener presente que en mi calidad deí acto, vengo en acompa ar copias autorizadas del pagar N 06-013-0096273-4, y as darñ é ° í
abogado habilitado para el ejercicio de la profesi n asumo personalmente el patrocinio yó cumplimiento con la resoluci n de fecha 16 de Abril de 2021. ó POR TANTO,
poder para la tramitaci n de esta causa. ó POR TANTO, A US. PIDO: Tenerlo RUEGO A US., tener cumplido lo ordenado con fecha 16 de Abril de 2021.
RESOLUCION: A Folio N 6: San Fernando, veintiocho de Mayo de dos mil°
presente. RESOLUCION: A Folio N 2° . San Fernando, nueve de Abril de dos mil
veintiuno. Proveyendo derechamente escrito Demanda en causa iniciada de folio 1, se” ” veintiuno Al escrito de folio 5, Acompa a documentos , se provee:“ ñ ” T ngase poré
acompa ados con citaci n los documentos referidos, y en consecuencia, por cumplido loñ
ó
resuelve: A lo principal: Desp chese. á Al primer otros : í T ngase por acompa adosé ñ
documentos, con citaci n. ó Al segundo otros :í No ha lugar en la forma solicitada. Sin ordenado con fecha 16 de abril de 2021. Firma Digitalmente Juez Titular que se
indica en pie de p gina.á
perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del art culo 6 de la Ley de Tramitaci ní ó veintiuno, se notific por el estado diario, la resoluci n precedente.ó En San Fernando, a veintiocho de Mayo de dos mil
ó
Electr nica 20.886, y atendida la situaci n sanitaria que aqueja al pa s producto deló ó í CUADERNO DE
Covid 19, se dar curso a la presente demanda, sin perjuicio de lo cual, el ejecutanteá APREMIO. A Folio N 1.° MANDAMIENTO. San Fernando, a nueve de abril de dos
mil veintiuno.- Un Ministro de fe requerir de pago a la ejecutado, don á QUINTIN
AQUILES ASTETE ANDERSEN, para que pague en el acto a COOPERATIVA
DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA, o a quien sus derechos
represente la suma de $20.964.636, m s reajustes, intereses y costas.- No verificado elá
pago en el acto del requerimiento, tr bese embargo sobre el inmueble denominado Loteá
14, ubicado en calle camino Santa Alejandra de Amisus n mero 026 correspondiente alú