Investigadora UOH colabora en publicaciones académicas ligadas al Derecho Tributario

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En las iniciativas, la Dra. María Pilar Navarro, del Instituto de Ciencias Sociales, aportó desde su experiencia en esta área legal.

La investigadora Postdoctoral del Instituto de Ciencias Sociales de la Universidad de O’Higgins (UOH), Dra. María Pilar Navarro, participó en el panel de expertos del informe “Identificación de Reformas Legales para alcanzar la meta de carbono neutralidad en Chile al 2050”, y escribió un capítulo del libro Interpretación de la Ley Tributaria, titulado “¿Una redundancia normativa del legislador?”, participaciones que van acorde con el espíritu investigativo y de vinculación de la casa de estudios.

El informe fue liderado por el Observatorio Ley de Cambio Climático Chile de la Universidad de Chile, y tuvo como objetivo reflexionar sobre el rol del derecho en el cumplimiento de los objetivos que se ha propuesto la humanidad, en miras a estabilizar el clima del planeta.

Asimismo, el proyecto planteó como hipótesis de trabajo, el hecho de que para alcanzar la Carbono Neutralidad en 2050 se requieren reformas legales de diversos cuerpos normativos relacionados con diversos sectores. Por ello, el estudio propuso identificar las reformas legales que deben acompañar la consecución de la neutralidad carbónica al 2050, en conformidad con los compromisos internacionales asumidos por el país, y que no han sido considerados en el actual Proyecto de Ley Marco de Cambio Climático.

Al respecto de su participación en el informe, la Dra. María Pilar Navarro sostuvo que “me correspondió participar en el Panel de Expertos, aportando desde mi experiencia en la investigación en materia de tributación ambiental. Esta área en Chile recién comienza a desarrollarse, ya que el primer tributo con una finalidad marcadamente ambiental se estableció en Chile en el año 2014, con la reforma tributaria de la Ley N° 20.780, que estableció el impuesto a las emisiones de fuentes fijas. Si bien es cierto se pueden identificar tributos que bien podrían incluirse en la calificación de ambiental, lo cierto que es estos últimos no han sido diseñados pensando en una finalidad ambiental: que los contribuyentes abandonen sus conductas contaminantes y busquen soluciones más limpias. En este sentido, lo que se buscó mediante la participación de profesionales del mundo de la práctica, de la academia y de las ONG fue recabar las distintas visiones desde cada una de las áreas de experiencia de los participantes”.

En relación a la autoría del capítulo “¿Una redundancia normativa del legislador?” del libro Interpretación de la Ley Tributaria, la investigadora comenta que fue una obra colectiva en la que se presentaron cuatro pilares de análisis: el primero, un enfoque de interpretación a nivel constitucional y de teoría general del Derecho; el segundo, enfrenta un análisis de las actuales corrientes de interpretación del Derecho Tributario; el tercero, vincula las normas de interpretación con la norma general antielusión; y finalmente, se aborda la interpretación de la ley tributaria desde un punto de vista práctico.

En este contexto, según explica la Dra. María Pilar Navarro, su trabajo consistió en realizar “un análisis de los dos mecanismos de interpretación de carácter administrativo que contempla el Código Tributario: uno genérico, regulado en el artículo 6, letra A, N° 1 del Código Tributario, y otro, incluido en dicho texto legal a través de la reforma tributaria del año 2014, que se aplica en materia de abuso de las formas jurídicas y simulación, consagrado en su artículo 26 bis. El examen busca identificar si ambos mecanismos se superponen, es decir, tienen un ámbito de aplicación concurrente o no, para lo cual resulta relevante analizar las razones del establecimiento de esta segunda consulta y las particularidades de sus requisitos de procedencia y de sus efectos”.

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