Page 9 - 30-diciembre-2024
P. 9
Lunes 30 de Diciembre de 2024 - Página 9
Santa Cruz
SAMU trae al mundo a un bebé
prematuro en plena Navidad
Equipo de móvil ayudó a traer al mundo al pequeño Dylan durante un traslado de emergencia en la Región de O’Higgins.
Un especial regalo de 33+5 semanas de embarazo pre- respiratorios. cando un desenlace feliz en de un momento tan significati-
Navidad recibieron los miem- sentaba trabajo de parto avanza- El recién nacido y una jornada navideña atípica. vo para la familia, expresando
bros del equipo interventor del do y dilatación mayor a 5 cm. su madre fueron finalmente El equipo destacó la coordina- que “este nacimiento es nuestro
móvil SAMU de Santa Cruz, Debido a la ausencia de derivados al Hospital de San ción y profesionalismo de todos regalo de Navidad y un recor-
compuesto por Claudio Céspe- un especialista en ginecología y Fernando, donde recibieron los involucrados, subrayando la datorio del impacto humano de
des, Bárbara Peralta y Domini- la necesidad de un cupo neona- atención especializada, mar- satisfacción de haber sido parte nuestra labor”.
que Duchens, quienes junto a la tal por la prematurez del bebé y
matrona Daniela Reyes del Hos- una patología renal asociada, se
pital de Santa Cruz y el personal decidió trasladarla al Hospital
de turno del Centro Regulador Dr. Franco Ravera Zunino de N NOTIFICACION POR AVISOS.-
.
A
-
S
C
S
O
O
N
A
I
T
P
R
O
O
V
I
I
C
I
F
(CR), encabezado por el Dr. Fe- Rancagua.
lipe Vergara, la EU Jaime Lira Sin embargo, el trabajo Ante 1 Juzgado de Letras Rengo, causa Civil Rol C-793-2023, Juicio Ejecutivo,
°
y radio operadores, llevaron a de parto se aceleró, obligando caratulados BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON CONTRERAS
“
B
D
O
E
C
L
D
O
T
A
A
E
N
S
N
I
H
T
L
O
C
E
C
C
A
N
S
D
“
E
O
R
R
E
R
C
O
O
I
R
E
A
M
S
E
R
,
G
A
D
I
cabo un parto en una ambulan- al equipo médico a actuar con G GRAIDE SERGIO MARCO , resoluci n 31 Julio 2023, folio 36, se decret
ó
Secretario (s).-
ó
”
”
N NOTIFICACION POR AVISOS.-
O
A
V
I
O
R
.
-
S
O
S
I
C
A
T
I
F
N
P
C
I
O
ó
í
cia durante un traslado de emer- rapidez en condiciones reduci- notificar por avisos de conformidad con art culo 54 y 443 inciso Primero del C digo
í
de Procedimiento Civil, la demanda, su prove do y mandamiento a la parte
gencia el 25 de diciembre. das dentro de la ambulancia. Ante 1 Juzgado de Letras Rengo, causa Civil Rol C-793-2023, Juicio Ejecutivo,
°
demandada de don SERGIO MARCO ANTONIO CONTRERAS GRAIDE, RUT
En un escenario ines- Gracias al apoyo de la matro- caratulados BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON CONTRERAS
E
A
L
T
T
S
R
O
R
C
A
N
A
E
D
E
D
H
O
C
I
C
L
E
O
C
N
O
E
N
D
S
“
B
“
°
N 14.202.240-0. Banco del Estado de Chile dio en pr stamo al ejecutado la suma la
é
Edson Marcelo Alvarado Díaz
perado pero lleno de esperanza, na Daniela Reyes, quien mos- G GRAIDE SERGIO MARCO , resoluci n 31 Julio 2023, folio 36, se decret
A
ó
M
R
E
E
,
O
I
C
O
A
R
R
G
S
I
D
ó
”
”
cantidad de 1.982,700000 Unidades de Fomento, por su equivalencia en pesos
Secretario
el procedimiento del equipo in- tró una admirable templanza notificar por avisos de conformidad con art culo 54 y 443 inciso Primero del C digo
í
ó
moneda legal a la fecha de dicha escritura. El deudor (a) se oblig a pagar la
PJUD
órte
í
terventor comenzó tras la acti- y adaptabilidad, nació Dylan, de Procedimiento Civil, la demanda, su prove do y mandamiento a la pa
Diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro
expresada cantidad en 360 cuotas mensuales, a contar del d a primero del cuarto mes
í
vación de un traslado secunda- un bebé prematuro que llegó al demandada de don SERGIO MARCO ANTONIO CONTRERAS GRAIDE, RUT
09:34 UTC-3
N 14.202.240-0. Banco del Estado de Chile dio en pr stamo al ejecutado la suma la
al de la fecha de la escritura, por medio de igual n meros de dividendos o cuotas
°
é
ú
rio desde el Hospital de Santa mundo en excelentes condicio- cantidad de 1.982,700000 Unidades de Fomento, por su equivalencia en pesos
mensuales, vencidos y sucesivos, comprendi ndose en ellos la amortizaci n y una tasa
ó
é
Cruz, donde una mujer cursando nes y sin signos de problemas moneda legal a la fecha de dicha escritura. El deudor (a) se oblig a pagar la
ó
de inter s real, anual y vencida de 4,2%.-Es del caso S.S. que el deudor (a) no ha
é
expresada cantidad en 360 cuotas mensuales, a contar del d a primero del cuarto mes
í
dado cumplimiento a las obligaciones emanadas de la referida escritura de mutuo,
al de la fecha de la escritura, por medio de igual n meros de dividendos o cuotas
ú
por cuanto no pag los dividendos N 82 en adelante, correspondiente a los meses de
º
ó
mensuales, vencidos y sucesivos, comprendi ndose en ellos la amortizaci n y una tasa
é
ó
febrero de 2022 y siguientes. Al d a 16 de marzo de 2023, la parte deudora adeuda
í
é
de inter s real, anual y vencida de 4,2%.-Es del caso S.S. que el deudor (a) no ha
un saldo insoluto de 1.686,846736 UF., intereses devengados a la fecha 3,089745
dado cumplimiento a las obligaciones emanadas de la referida escritura de mutuo,
á
UF., m s 14 dividendos impagos que suman 145,965016 UF., m s inter s penal de
º
á por cuanto no pag los dividendos N 82 en adelante, correspondiente a los meses deó
é
í
febrero de 2022 y siguientes. Al d a 16 de marzo de 2023, la parte deudora adeuda
5,499303 UF., lo que da un total adeudado de 1.841,4008 UF., equivalente a la
un saldo insoluto de 1.686,846736 UF., intereses devengados a la fecha 3,089745
misma fecha a la suma de $65.540.443.- seg n la equivalencia en pesos de
ú
UF., m s 14 dividendos impagos que suman 145,965016 UF., m s inter s penal de á
é
á
á
$35.592,710000 por cada Unidad de Fomento, m s costas. A lo principal: desp chese;
á
5,499303 UF., lo que da un total adeudado de 1.841,4008 UF., equivalente a la
al primer otros : t ngase por acompa ado y mant ngase en custodia; al segundo
é
í
é
ñ
misma fecha a la suma de $65.540.443.- seg n la equivalencia en pesos de
ú
otros : t ngase presente, debiendo darse cumplimiento a lo dispuesto en el art culo
í
é
$35.592,710000 por cada Unidad de Fomento, m s costas. A lo principal: desp chese; í
á
á
449 del C digo de Procedimiento Civil, que dice relaci n al orden de prelaci n; al
ó
al primer otros : t ngase por acompa ñ é ó ado y mant ngase en custodia; al segundo ó
í
é
tercer otros : t nganse por acompa ado el documento que indica con citaci n; y al
íé
otros : t ngase presente, debiendo darse ñcumplimiento a lo dispuesto en el art culoí ó
é
í
449 del C digo de Procedimiento Civil, que dice relaci D A M I E N T O . ó
í
M
é
ó
cuarto y quinto otros es: t ngase presente. MANDAMIENTO. Un Ministro de Fe
N n al orden de prelaci n; aló
A
tercer otros : t nganse por acompa ado el documento que indica con citaci n; y al
ñ
íé
ó
proceder a requerir de pago a la parte demandada de don SERGIO MARCO
á
E
.
N
N
I
M
A
D
é
cuarto y quinto otros es: t ngase presente. MANDAMIENTO. Un Ministro de Fe
T
M
A
í
O
ANTONIO CONTRERAS GRAIDE, ya individualizado, para que en el acto de su
á
proceder a requerir de pago a la parte demandada de don SERGIO MARCO
intimaci n pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos
ó
ANTONIO CONTRERAS GRAIDE, ya individualizado, para que en el acto de su
represente la suma de UF.1.841,4008.- m s los intereses penales m ximos y costas,
á
á
ó
intimaci n pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos
equivalentes en moneda nacional al d a 16 de marzo de 2023 a la suma de
í
represente la suma de UF.1.841,4008.- m s los intereses penales m ximos y costas,
á
á
$65.540.443, m s intereses y costas.- No verificado el pago en el acto de su
á
equivalentes en moneda nacional al d a 16 de marzo de 2023 a la suma de
í
intimaci n, tr bese embargo en bienes suficientes de la parte deudora, quedando ste
$65. ó540.443, m s intereses y costas.- No verificado el pago en el acto de suá é
á
intimaci n, tr bese embargo en bienes suficientes de la parte deudora, quedando ste
á
é
en su poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal.- Rol:
ó
en su poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal.- Rol:
R
U
C
N
O
O
L
C-793-2023 RESOLUCION. A lo principal: Atendido el m rito de autos, ha lugar a
S
E
I
é
O
S
U
L
R
O
I
C-793-2023 RESOLUCION. A lo principal: Atendido el m rito de autos, ha lugar a
N
C
E
é
ó
lo solicitado y notif quese la demanda de autos, su resoluci n y el mandamiento, a la
í
lo solicitado y notif quese la demanda de autos, su resoluci n y el mandamiento, a la
ó
í
parte demandada de don SERGIO MARCO ANTONIO CONTRERAS GRAIDE,
parte demandada de don SERGIO MARCO ANTONIO CONTRERAS GRAIDE,
RUT N 14.202.240-0, por medio de avisos, ello de conformidad con lo dispuesto en
°
RUT N 14.202.240-0, por medio de avisos, ello de conformidad con lo dispuesto en
°
el art. 54 y 443 inciso Primero del C digo de Procedimiento Civil, debiendo llevarse
ó
el art. 54 y 443 inciso Primero del C digo de Procedimiento Civil, debiendo llevarse
ó
a efecto el requerimiento de pago a trav s de receptor judicial el d a siguiente h bil
é
í
é
a efecto el requerimiento de pago a trav s de receptor judicial el d a siguient í á áe h bil
de la notificaci n, en dependencias del Tribunal, a las 09:00 horas y si ste recayere
ó
é
ó
é
de la notificaci n, en dependencias del Tribunal, a las 09:00 horas y si ste recayere
en d a s bado o festivo, se realizar el primer d a h bil siguiente, a la hora se alada.- ñ
á
á
í
ñ
á
í
en d a s bado o festivo, se realizar el primer d a h bil siguiente, a la hora se alada.-
á
í
á
í
á
ó
á
Con el fin de efectuar la notificaci n y requerimiento anterior, h ganse tres
Con el fin de efectuar la notificaci n y requerimiento anterior, h ganse tres
ó
á
publicaciones en un diario de la Comuna, de la provincia o de la regi n, como ó
ó
publicaciones en un diario de la Comuna, de la provincia o de la regi n, como
é
í
tambi n en el Diario Oficial, siendo sta los d as primero o quince de cualquier mes
é
tambi n en el Diario Oficial, siendo sta los d as primero o quince de cualquier mes
é
é
í
o al d a siguiente; y al otros: no encontr ndose notificada la parte demandada, es
í
á
o al d a siguiente; y al otros: no encontr ndose notificada la parte demandada, es
í
á
que se resuelve, que no ha lugar, por ahora a lo solicitado.
que se resuelve, que no ha lugar, por ahora a lo solicitado.
EDSON ALVARADO DÍAZ
EDSON ALVARADO DÍAZ
Secretario (s).-
REVISE TODOS Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
Este documento tiene firma electrónica
LOS AVISOS LEGALES EN Edson Marcelo Alvarado Díaz Código: EVTKXRMXEBT
y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
Secretario
Código: EVTKXRMXEBT
WWW.DIARIOSEXTAREGION.CL PJUD Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
Diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro
http://verificadoc.pjud.cl
09:34 UTC-3
Y SOPORTE PAPEL Código: EVTKXRMXEBT
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
Código: EVTKXRMXEBT