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forma señalada en el mismo pagaré. Es del caso señalar que este título ejecutivo
es cobrado en los autos caratulados “Banco de Chile con Joaquín Ignacio Zúñiga
Piña Transportes y Maquinarias Agrícolas E.I.R.L”, rol C-1430-2014, seguido ante
el 2º Juzgado Civil de San Fernando, donde el deudor fue notificado, requerido de
pago y no opuso excepciones. II.- Por consiguiente, y de acuerdo a lo expuesto
precedentemente, el deudor adeuda al Banco de Chile, por concepto del pagaré
antes señalados, desde la fecha en que se constituyó mora, la suma total de
$15.000.000.-, más los intereses pactados y penales, que se devenguen desde la
fecha de la mora y hasta el día del pago efectivo, calculados y determinados en la
forma señalada en el referido documento. Por último, la deuda consta de título
ejecutivo, es actualmente exigible y su acción no se encuentra prescrita. Por otra
parte, consta de los documentos solicitados tener a la vista en un otrosí de esta
presentación, que Joaquín Ignacio Zúñiga Piña Transportes y Maquinarias
Agrícolas E.I.R.L., a fin de garantizar el cumplimiento exacto, íntegro y oportuno
de todas y cualesquiera obligación que le adeude actualmente o en el futuro,
directa o indirectamente, constituyó hipoteca de primer grado con cláusula de
garantía general a favor del Banco de Chile sobre el inmueble consistente en el
resto del sitio número 55 del Proyecto de Parcelación San José de Los Lingues,
Provincia de Colchagua, comuna de San Fernando, inscrita actualmente a nombre
de Inversiones Trauca SpA a fojas 1349 Nº 1320 del Registro de Propiedad del
Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, año 2020. La hipoteca se
inscribió a fojas 761 Nº 752 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del mismo
Conservador, correspondiente al año 2013. Consta además que Joaquín Ignacio
Zúñiga Piña Transportes y Maquinarias Agrícolas E.I.R.L., a fin de garantizar el
cumplimiento exacto, íntegro y oportuno de todas y cualesquiera obligación que le
adeude actualmente o en el futuro, directa o indirectamente, constituyó hipoteca
de primer grado con cláusula de garantía general a favor del Banco de Chile sobre
los derechos de aguas consistente en 0,19 acciones pertenecientes al Sitio
número 55 de derechos del Canal Los Lingues o Lingano y Carlino o Arrigadino,
inscrita actualmente a nombre de Inversiones Trauca SpA a fojas 182 Nº 196 del
Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de San
Fernando, año 2020. La hipoteca se inscribió a fojas 37 Nº 37 del Registro de
Página 6 - Viernes 5 de Abril de 2024 Hipotecas y Gravámenes de Aguas del mismo Conservador, correspondiente al
NOMENCLATURA : 1. [378]Actuación año 2013. Todo lo anterior, conforme a las copias de inscripción de dominio
JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Fernando
NOMENCLATURA : 1. [378]Actuación vigente y Certificado de Hipotecas y Gravámenes y de Interdicciones y
CAUSA ROL : C-2751-2021
JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Fernando
CARATULADO : BANCO DE CHILE/INVERSIONES TRAUCA SPA Prohibiciones de Enajenar que se acompañan en este acto. Por otro lado, tal
CAUSA ROL : C-2751-2021
CARATULADO : BANCO DE CHILE/INVERSIONES TRAUCA SPA como se hizo presente, el deudor personalmente obligado, Joaquín Ignacio
San Fernando, veintidós de Marzo de dos mil veinticuatro. Zúñiga Piña Transportes y Maquinarias Agrícolas E.I.R.L., no cumplió con sus
Extracto
San Fernando, veintidós de Marzo de dos mil veinticuatro. obligaciones emanadas de los títulos antes singularizados, razón por la cual mi
Extracto
representada, a fin de obtener el pago de sus acreencias, solicitó a SS. se
Este documento tiene firma electrónica
Ante el 1º Juzgado Civil de San Fernando, autos Rol Nº C-2751-2021, caratulados y su original puede ser validado en
ordenara notificar de desposeimiento a Inversiones Trauca SpA, ya
http://verificadoc.pjud.cl
“Banco de Chile con Inversiones Trauca SpA”, se ordenó notificar por avisos a
Ante el 1º Juzgado Civil de San Fernando, autos Rol Nº C-2751-2021, caratulados
individualizado, quien, como consta de los autos cuya vista se solicita traer en un
Código: KJGTXMTMEJN
“Banco de Chile con Inversiones Trauca SpA”, se ordenó notificar por avisos a
INVERSIONES TRAUCA SPA, representada legalmente por CRISTIAN ARIZTIA
otrosí, notificado judicialmente no abandonó el bien inmueble dados en garantía, ni
INVERSIONES TRAUCA SPA, representada legalmente por CRISTIAN ARIZTIA consignó el monto del capital, intereses y costas, circunstancias que se
DE CASTRO, la siguiente demanda ejecutiva de desposeimiento: José Güell
DE CASTRO, la siguiente demanda ejecutiva de desposeimiento: José Güell
Peña y Lillo, abogado, por el Banco de Chile, institución financiera del giro de su
encuentran certificadas en el expediente. Por tanto, , Sírvase S.S . Ordenar
Peña y Lillo, abogado, por el Banco de Chile, institución financiera del giro de su
denominación, cuyo gerente general es don Eduardo Ebensperger Orrego,
desposeer ejecutivamente a Inversiones Trauca SpA, representada por Cristián
denominación, cuyo gerente general es don Eduardo Ebensperger Orrego, Ariztía de Castro, ya individualizados, ya individualizados, decretando que se
ingeniero comercial, todos con domicilio para estos efectos en calle Ahumada 251,
ingeniero comercial, todos con domicilio para estos efectos en calle Ahumada 251, despache mandamiento de desposeimiento, ejecución y embargo en su contra y
piso 3, comuna y ciudad Santiago, por el Banco de Chile, en autos sobre gestión
piso 3, comuna y ciudad Santiago, por el Banco de Chile, en autos sobre gestión
preparatoria caratulados “Banco de Chile con Inversiones Trauca SpA”, Rol Nº
se le requiera para que, en el acto de intimación, abandone el citado bien raíz ante
preparatoria caratulados “Banco de Chile con Inversiones Trauca SpA”, Rol Nº el tribunal y, de no cumplir, para que pague a mí representada las sumas de
C-2751-2021, cuaderno de gestión preparatoria, a SS. respetuosamente digo: En
C-2751-2021, cuaderno de gestión preparatoria, a SS. respetuosamente digo: En $15.000.000.-, más los intereses pactados y penales a razón de la tasa máxima
la representación en que comparezco, vengo en entablar demanda ejecutiva de
la representación en que comparezco, vengo en entablar demanda ejecutiva de
desposeimiento en contra de Inversiones Trauca SpA, sociedad del giro de su
convencional permitida estipular, que se devenguen desde las respectivas fechas
desposeimiento en contra de Inversiones Trauca SpA, sociedad del giro de su de mora y hasta el día del pago efectivo, calculados y determinados en la forma
denominación, representada por Cristián Ariztía de Castro, ignoro profesión u
oficio, ambos domiciliados en Capitan Crosbie Nº 960, departamento 112, comuna u señalada en los mismos títulos ejecutivos y costas.En el primer otrosí: Se tengan
denominación, representada por Cristián Ariztía de Castro, ignoro profesión
oficio, ambos domiciliados en Capitan Crosbie Nº 960, departamento 112, comuna a la vista documentos que indica. En el segundo otrosí: Se tenga a la vista
de Las Condes, con el objeto señalado en el petitorio, conforme a los
de Las Condes, con el objeto señalado en el petitorio, conforme a los expediente que indica. En el tercer otrosí: Se tenga presente patrocinio y poder y
antecedentes de hecho y de derecho que paso a exponer: El Banco de Chile es
antecedentes de hecho y de derecho que paso a exponer: El Banco de Chile es señala forma de notificación. En el cuarto otrosí. Notificación por avisos..
dueño y legítimo tenedor del Pagaré a plazo (pesos, tasa fija) 14964 suscrito por
Joaquín Ignacio Zúñiga Piña Transportes y Maquinarias Agrícolas E.I.R.L con
dueño y legítimo tenedor del Pagaré a plazo (pesos, tasa fija) 14964 suscrito por Resolución de fecha 13 de Marzo de 2024: Se provee derechamente la demanda
Joaquín Ignacio Zúñiga Piña Transportes y Maquinarias Agrícolas E.I.R.L con de folio 01: A lo principal: Traslado; Al primer y segundo otrosies: Estese al
fecha 30 de Mayo de 2.013, por la cantidad de $15.000.000.-, suma que recibió en
́
fecha 30 de Mayo de 2.013, por la cantidad de $15.000.000.-, suma que recibió en merito de la documental incorporada a folios 14 y 27. En cuanto a los instrumentos
dinero efectivo y a su entera satisfacción, y que se obligó a pagar en una sola
́
dinero efectivo y a su entera satisfacción, y que se obligó a pagar en una sola singularizados en los numerales 1 y 2 del primer otrosi, tratandose de documentos
cuota con fecha 28 de Mayo de 2.014. Se estipuló interés a razón de una tasa
́
́
cuota con fecha 28 de Mayo de 2.014. Se estipuló interés a razón de una tasa que pueden ser acompanados por el propio demandante, no ha lugar; Al tercer
mensual de 1,24%. A contar de la fecha de vencimiento del pagaré, y hasta la
̃
mensual de 1,24%. A contar de la fecha de vencimiento del pagaré, y hasta la 2024: Advirtiendo el Tribunal que al ser resuelto el Primer Otrosi de la demanda de
fecha de su pago íntegro y efectivo, se devengaría un interés penal igual a la tasa
́
otrosi: Tengase presente; Al cuarto otrosi: Como se pide, atento a lo dispuesto
́
́
́
fecha de su pago íntegro y efectivo, se devengaría un interés penal igual a la tasa folio 01 se proveyo por error “Traslado”, en circunstancias que lo que correspondia ́ ́ ́ ́
máxima permitida estipular para este tipo de operaciones de crédito de dinero
en el articulo 54 del Codigo de Procedimiento Civil, notifiquese la demanda de
́
máxima permitida estipular para este tipo de operaciones de crédito de dinero era ordenar “Despachese”, se corrige la resolucion dictada con fecha 13 de marzo ́
́
vigente al tiempo de la mora o simple retardo. Es el caso que llegado el
́
fecha 11 de octubre de 2023, que consta en folio 1, junto con su proveido, a
vigente al tiempo de la mora o simple retardo. Es el caso que llegado el de 2024 en el sentido indicado, quedando todo lo demas en la forma ya resuelta.
vencimiento de la única cuota, 28 de Mayo de 2.014, el deudor no hizo pago de
́
INVERSIONES TRAUCA SPA, representada legalmente por CRISTIAN ARIZTIA
vencimiento de la única cuota, 28 de Mayo de 2.014, el deudor no hizo pago de Notifiquese la presente resolucion conjuntamente con aquella que provee ́
ella. En consecuencia, Joaquín Ignacio Zúñiga Piña Transportes y Maquinarias
́
́
DE CASTRO, mediante avisos redactados en extractos por la Secretaria del
ella. En consecuencia, Joaquín Ignacio Zúñiga Piña Transportes y Maquinarias derechamente la demanda. MANDAMIENTO. San Fernando, a catorce de marzo
Agrícolas E.I.R.L adeuda por concepto de capital del pagaré singularizado
tribunal o quien la Subrogue. Publiquese por cuatro veces consecutivas en el
́
Agrícolas E.I.R.L adeuda por concepto de capital del pagaré singularizado de Diario Sexta Region de esta ciudad y por una sola vez en el Diario Oficial. Para los
precedentemente, a la fecha que se constituyó en mora, la suma de
veinticuatro.
dos
mil
́
precedentemente, a la fecha que se constituyó en mora, la suma de Un Ministro de fe requerira de pago ́
$15.000.000.-, más los intereses pactados y penales, que se devenguen desde la
efectos del requerimiento, tratandose de un acto procesal distinto de la notificacion ́al ejecutado INVERSIONES TRAUCA SPA,́
$15.000.000.-, más los intereses pactados y penales, que se devenguen desde la para que pague en el ́ ́ acto a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos
fecha de la mora y hasta el día del pago efectivo, calculados y determinados en la
de la demanda, citese al demandado para el dia 29 de abril de 2024, a las 12:00
fecha de la mora y hasta el día del pago efectivo, calculados y determinados en la represente, la cantidad de $15.000.000.-, mas los intereses pactados y penales y
forma señalada en el mismo pagaré. Es del caso señalar que este título ejecutivo
horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San Fernando,
́
Este documento tiene firma electrónica
es cobrado en los autos caratulados “Banco de Chile con Joaquín Ignacio Zúñiga costas. No verificado el pago en el acto del requerimiento, trabese embargo sobre
́
́
y su original puede ser validado en diligencia que se efectuara por Receptor Judicial. Incluyase lo resuelto
́
http://verificadoc.pjud.cl
Este documento tiene firma electrónica
Piña Transportes y Maquinarias Agrícolas E.I.R.L”, rol C-1430-2014, seguido ante el inmueble resto del sitio numero 55 del Proyecto de Parcelacion San Jose de Los
y su original puede ser validado en precedentemente en el extracto respectivo. Notifiquese al demandadó
́
́
́
Código: KJGTXMTMEJN
http://verificadoc.pjud.cl
el 2º Juzgado Civil de San Fernando, donde el deudor fue notificado, requerido de personalmente o de conformidad a lo previsto en el articulo 44 del Codigo de
́
́
Código: KJGTXMTMEJN Lingues, Provincia de Colchagua, comuna de San Fernando, inscrito a fojas 1349
2024: Advirtiendo el Tribunal que al ser resuelto el Primer Otrosi de la demanda de
́
pago y no opuso excepciones. II.- Por consiguiente, y de acuerdo a lo expuesto Procedimiento Civil. Cuantia: $15.000.000.- Resolución de fecha 14 de Marzo de
́
No 1320 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raices de San
́
2024: Advirtiendo el Tribunal que al ser resuelto el Primer Otrosi de la demanda de
precedentemente, el deudor adeuda al Banco de Chile, por concepto del pagaré folio 01 se proveyo por error “Traslado”, en circunstancias que lo que correspondia ́ ́ ́
Fernando, ano 2020, y sobre derechos de aguas consistente en 0,19 acciones
̃
́
́
antes señalados, desde la fecha en que se constituyó mora, la suma total de era ordenar “Despachese”, se corrige la resolucion dictada con fecha 13 de marzo
2024: Advirtiend
folio 01 se proveyo por error “Traslado”, en circunstancias que lo que correspondia ́o el Tribunal que al ser resuelto el Primer Otrosi de la demanda dé
́
pertenecientes al Sitio numero 55 de derechos del Canal Los Lingues o Lingano y
́
Este documento tiene firma electrónica
́
y su original puede ser validado en
folio 01 se proveyo por error “Traslado”, en circunstancias que lo que correspondia ́
$15.000.000.-, más los intereses pactados y penales, que se devenguen desde la de 2024 en el sentido indicado, quedando todo lo demas en la forma ya resuelta.
́ ́
era ordenar “Despachese”, se corrige la resolucion dictada con fecha 13 de marzo
́
http://verificadoc.pjud.cl
Carlino o Arrigadino, inscrita actualmente a nombre de Inversiones Trauca SpA a
́ era ordenar “Despachese”, se corrige la resolucion dictada con fecha 13 de marzó
Código: KJGTXMTMEJN
́
́
de 2024 en el sentido indicado, quedando todo lo demas en la forma ya resuelta.
fecha de la mora y hasta el día del pago efectivo, calculados y determinados en la Notifiquese la presente resolucion conjuntamente ́ con aquella que provee
fojas 182 No 196 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes
de 2024 en el sentido indicado, quedando todo lo demas en la forma ya resuelta.
́
Notifiquese la presente resolucion conjuntamente con aquella que provee
forma señalada en el referido documento. Por último, la deuda consta de título derechamente la demanda. MANDAMIENTO. San Fernando, a catorce de marzo
́
́
̃
́
Raices de San Fernando, ano 2020, para cubrir el capital, intereses y costas,
́
Notifiquese la presente resolucion conjuntamente con aquella que provee
́
mil
dos
veinticuatr
de
ejecutivo, es actualmente exigible y su acción no se encuentra prescrita. Por otra derechamente la demanda. MANDAMIENTO. San Fernando, a catorce de marzo o.
quedando dicho bien en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional,
derechamente la demanda. MANDAMIENTO. San Fernando, a catorce de marzo
Un Ministro
dos
parte, consta de los documentos solicitados tener a la vista en un otrosí de esta de de fe requerira de pago al ejecutado INVERSIONES TRAUCA SPA,́ mil veinticuatro.
bajo su responsabilidad civil y criminal”. para cubrir el capital, intereses y costas,
de
mil
dos
veinticuatro.
presentación, que Joaquín Ignacio Zúñiga Piña Transportes y Maquinarias para que pague en el ́ acto a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos
Un Ministro de fe requerira de pago al ejecutado INVERSIONES TRAUCA SPA,
Un Ministro de fe requerira de pago al ejecutado INVERSIONES TRAUCA SPA,
́
quedando dicho bien en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional,
represente, la cantidad de $15.000.000.-, mas los intereses pactados y penales
Agrícolas E.I.R.L., a fin de garantizar el cumplimiento exacto, íntegro y oportuno para que pague en el acto a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos ý
para que pague en el acto a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos
bajo su responsabilidad civil y criminal. Rol: C-2751-2021.
́
costas. No verificado el pago en el acto del requerimiento, trabese embargo sobre
́
de todas y cualesquiera obligación que le adeude actualmente o en el futuro, represente, la cantidad de $15.000.000.-, mas los intereses pactados y penales y
represente, la cantidad de $15.000.000.-, mas los intereses pactados y penales y
́
́
directa o indirectamente, constituyó hipoteca de primer grado con cláusula de costas. No verificado el pago en el acto del requerimiento, trabese embargo sobre
́
́
́
el inmueble resto del sitio numero 55 del Proyecto de Parcelacion San Jose de Los
costas. No verificado el pago en el acto del requerimiento, trabese embargo sobre
́
Secretario subrogante
́
́
́
garantía general a favor del Banco de Chile sobre el inmueble consistente en el Lingues, Provincia de Colchagua, comuna de San Fernando, inscrito a fojas 1349
́
el inmueble resto del sitio numero 55 del Proyecto de Parcelacion San Jose de Los
́
́
el inmueble resto del sitio numero 55 del Proyecto de Parcelacion San Jose de Los
Lingues, Provincia de Colchagua, comuna de San Fernando, inscrito a fojas 1349
resto del sitio número 55 del Proyecto de Parcelación San Jos é de Los Lingues, Lingues, Provincia de Colchagua, comuna de San Fernando, inscrito a fojas 1349
́
No 1320 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raices de San
No 1320 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raices de San
́
No 1320 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raices de San
́
̃
Fernando, ano 2020, y sobre derechos de aguas consistente en 0,19 acciones
Provincia de Colchagua, comuna de San Fernando, inscrita actualmente a nombre Lorenzo Antonio Bustamante Méndez
Fernando, ano 2020, y sobre derechos de aguas consistente en 0,19 acciones
̃
̃
de Inversiones Trauca SpA a fojas 1349 Nº 1320 del Registro de Propiedad del Secretario Fernando, ano 2020, y sobre derechos de aguas consistente en 0,19 acciones
pertenecientes al Sitio numero 55 de derechos del Canal Los Lingues o Lingano y
́
PJUD pertenecientes al Sitio numero 55 de derechos del Canal Los Lingues o Lingano y
́
pertenecientes al Sitio numero 55 de derechos del Canal Los Lingues o Lingano y
Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, año 2020. La hipoteca se Veintidós de marzo de dos mil veinticuatro ́
Carlino o Arrigadino, inscrita actualmente a nombre de Inversiones Trauca SpA a
12:22 UTC-3 Carlino o Arrigadino, inscrita actualmente a nombre de Inversiones Trauca SpA a
inscribió a fojas 761 Nº 752 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del mismo Carlino o Arrigadino, inscrita actualmente a nombre de Inversiones Trauca SpA a
fojas 182 No 196 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes
fojas 182 No 196 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes
Conservador, correspondiente al año 2013. Consta además que Joaquín Ignacio fojas 182 No 196 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes
̃
Raices de San Fernando, ano 2020, para cubrir el capital, intereses y costas,
́
Raices de San Fernando, ano 2020, para cubrir el capital, intereses y costas,
́
̃
́
̃
Zúñiga Piña Transportes y Maquinarias Agrícolas E.I.R.L., a fin de garantizar el Raices de San Fernando, ano 2020, para cubrir el capital, intereses y costas,
quedando dicho bien en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional,
quedando dicho bien en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional,
cumplimiento exacto, íntegro y oportuno de todas y cualesquiera obligación que le quedando dicho bien en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional,
bajo su responsabilidad civil y criminal”. para cubrir el capital, intereses y costas,
bajo su responsabilidad civil y criminal”. para cubrir el capital, intereses y costas,
adeude actualmente o en el futuro, directa o indirectamente, constituyó hipoteca bajo su responsabilidad civil y criminal”. para cubrir el capital, intereses y costas, 2-3-4-5-240401301-02-03-04
quedando dicho bien en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional,
quedando dicho bien en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional,
de primer grado con cláusula de garantía general a favor del Banco de Chile sobre quedando dicho bien en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional,
bajo su responsabilidad civil y criminal. Rol: C-2751-2021.
bajo su responsabilidad civil y criminal. Rol: C-2751-2021.
los derechos de aguas consistente en 0,19 acciones pertenecientes al Sitio bajo su responsabilidad civil y criminal. Rol: C-2751-2021.
número 55 de derechos del Canal Los Lingues o Lingano y Carlino o Arrigadino, Secretario subrogante
Secretario subrogante
inscrita actualmente a nombre de Inversiones Trauca SpA a fojas 182 Nº 196 del Secretario subrogante
Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de San Lorenzo Antonio Bustamante Méndez
Secretario
Fernando, año 2020. La hipoteca se inscribió a fojas 37 Nº 37 del Registro de Lorenzo Antonio Bustamante Méndez Este documento tiene firma electrónica
PJUD
Lorenzo Antonio Bustamante Méndez
Secretario y su original puede ser validado en
Veintidós de marzo de dos mil veinticuatro
Hipotecas y Gravámenes de Aguas del mismo Conservador, correspondiente al PJUD 12:22 UTC-3 http://verificadoc.pjud.cl
Secretario
PJUD
año 2013. Todo lo anterior, conforme a las copias de inscripción de dominio Veintidós de marzo de dos mil veinticuatro Código: KJGTXMTMEJN
Veintidós de marzo de dos mil veinticuatro
12:22 UTC-3
12:22 UTC-3
vigente y Certificado de Hipotecas y Gravámenes y de Interdicciones y
Prohibiciones de Enajenar que se acompañan en este acto. Por otro lado, tal
como se hizo presente, el deudor personalmente obligado, Joaquín Ignacio
Zúñiga Piña Transportes y Maquinarias Agrícolas E.I.R.L., no cumplió con sus
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
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Código: KJGTXMTMEJN
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
Código: KJGTXMTMEJN
Este documento tiene firma electrónica
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en en
y su original puede ser validado
http://verificadoc.pjud.cl
http://verificadoc.pjud.cl
Código: KJGTXMTMEJN
Código: KJGTXMTMEJN