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NOTIFICACION POR AVISO.-
Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando, causa Civil Rol C-1984-2022, Juicio
Ejecutivo, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON AC ENERGIA &
Página 8 - Jueves 14 de Septiembre de 2023
CONSTRUCCION SPA”, resolución 14 Junio 2023, se decretó notificar por avisos de
conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
Provincia de Colchagua
mandamiento a don ALEJANDRO ESTEBAN CELIS CELIS, en su calidad de
Delegada Presidencial invita a celebrar
representante legal de AC ENERGIA & CONSTRUCCION SPA.- Banco del Estado de
Chile dio en préstamo a la ejecutada con fecha 17 Junio de 2020, la suma de
$30.000.000.- por concepto de capital, más interés del 0,2900% Mensual, que el deudor
Fiestas Patrias con responsabilidad
se obligó a pagar en 42 cuotas mensuales iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento
se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto
se da expresamente por reproducido.- El deudor ha dejado de pagar desde la cuota con
“Sin excesos y donde la responsabilidad, autocuidado y precaución, deben ser constantes en estos días de festejos”, manifestó Marta Pizarro Inzunza.
vencimiento al día 16 Mayo 2022, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del
Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma
organizadas por los municipios y de prevención de accidentes,
Este viernes comenza-
rán a funcionar en la provincia colchagüinos se realizarán hasta de manera que los festejos se
de $19.341.199.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta
de Colchagua las distintas acti-
realicen de manera segura y mi-
el martes 19 de septiembre.
el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,0000% anual sobre el saldo del
tigando cualquier incidente que
vidades que se han programado
Por ello es que la De-
para las celebraciones de Fiestas legación Presidencial junto a pueda surg
capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), ir.
Patrias, que este año, se exten-
Carabineros y los municipios
Al respecto, la Delega-
más las costas de esta causa. 28 Septiembre 2022. A lo principal: Por interpuesta
derán por cinco días, ya que de la provincia han desarrollado da Presidencial de Colchagua,
demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado pagaré, bajo
muchas de las fondas y ramadas un completo plan de seguridad Marta Pizarro Inzunza, entregó
el apercibimiento del numeral 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil,
custódiese una vez acompañado materialmente; Al segundo y quinto otrosí: Téngase
presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado documento,
NOTIFICACION POR AVISO.-
con citación; Al cuarto otrosí: como se pide. Cuantía: $19.341.199.- MANDAMIENTO. San
Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando, causa Civil Rol C-1984-2022, Juicio
Fernando, 28 Septiembre 2022. Un Ministro de Fe requerirá de pago a ALEJANDRO
Ejecutivo, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON AC ENERGIA &
ESTEBAN CELIS CELIS, en representación de AC ENERGÍA & CONSTRUCCIÓN SPA,
CONSTRUCCION SPA”, resolución 14 Junio 2023, se decretó notificar por avisos de
conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
en calidad de deudor principal, para que en el acto de intimación pague a BANCO DE
mandamiento a don ALEJANDRO ESTEBAN CELIS CELIS, en su calidad de
ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de $19.341.199, más
representante legal de AC ENERGIA & CONSTRUCCION SPA.- Banco del Estado de
los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta la fecha de pago
Chile dio en préstamo a la ejecutada con fecha 17 Junio de 2020, la suma de
$30.000.000.- por concepto de capital, más interés del 0,2900% Mensual, que el deudor
efectivo, más la comisión de 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado, a favor una serie de recomendaciones a para que usted pueda disfrutar
NOTIFICACION POR AVISO.-
se obligó a pagar en 42 cuotas mensuales iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento
de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas. No verificado el pago en el la ciudadanía, “donde la respon- de forma tranquila. Pero tam-
Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando, causa Civil Rol C-1984-2022, Juicio
se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto
bién es un compromiso de to-
sabilidad, autocuidado y pre-
Ejecutivo, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON AC ENERGIA &
acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos caución, deben ser constantes dos la seguridad, por eso es el
se da expresamente por reproducido.- El deudor ha dejado de pagar desde la cuota con
CONSTRUCCION SPA”, resolución 14 Junio 2023, se decretó notificar por avisos de
vencimiento al día 16 Mayo 2022, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del
en su poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal.- Rol: C- en estos días de festejos”. llamado a ser responsables, no
conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma
“Debemos tomar las solo por la integridad personal,
mandamiento a don ALEJANDRO ESTEBAN CELIS CELIS, en su calidad de
1.984-2.022.- RESOLUCION. San Fernando 14 Junio 2023. A lo principal: De máximas medidas de precau- sino también de las familias que
de $19.341.199.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta
representante legal de AC ENERGIA & CONSTRUCCION SPA.- Banco del Estado de
Chile dio en préstamo a la ejecutada con fecha 17 Junio de 2020, la suma de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, ción al conducir. Lo primero, circulan en carreteras con ni-
el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,0000% anual sobre el saldo del
$30.000.000.- por concepto de capital, más interés del 0,2900% Mensual, que el deudor
capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
notifíquese la demanda de fecha 23 septiembre 2022, su proveído y mandamiento de no hacerlo bajo los efectos del ños, donde un auto con un con-
se obligó a pagar en 42 cuotas mensuales iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento
más las costas de esta causa. 28 Septiembre 2022. A lo principal: Por interpuesta
alcohol o drogas. Estar atento ductor en estado de ebriedad, se
se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto
fecha 28 septiembre 2022, a don ALEJANDRO ESTEBAN CELIS CELIS, en su calidad de a las condiciones de la ruta, convierte en un arma letal“, de-
demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado pagaré, bajo
se da expresamente por reproducido.- El deudor ha dejado de pagar desde la cuota con
el apercibimiento del numeral 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil,
representante legal de AC ENERGIA & CONSTRUCCION SPA, mediante avisos especialmente cuando está llo- talló el Prefecto de Carabineros
vencimiento al día 16 Mayo 2022, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del
custódiese una vez acompañado materialmente; Al segundo y quinto otrosí: Téngase
Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma
redactados en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por viendo. Respetar las normas de Colchagua, coronel Eduardo
del tránsito, usar el cinturón de Palma.
de $19.341.199.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta
presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado documento,
cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en seguridad tanto del conductor, Cumplimiento de ho-
el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,0000% anual sobre el saldo del
con citación; Al cuarto otrosí: como se pide. Cuantía: $19.341.199.- MANDAMIENTO. San
capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
Fernando, 28 Septiembre 2022. Un Ministro de Fe requerirá de pago a ALEJANDRO
el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto como del resto de los pasajeros rarios de funcionamiento, can-
más las costas de esta causa. 28 Septiembre 2022. A lo principal: Por interpuesta
del vehículo, y no distraerse tidad de guardias privados en
ESTEBAN CELIS CELIS, en representación de AC ENERGÍA & CONSTRUCCIÓN SPA,
demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado pagaré, bajo
procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el día 26 julio utilizando el teléfono móvil eventos masivos y permisos y
en calidad de deudor principal, para que en el acto de intimación pague a BANCO DE
el apercibimiento del numeral 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil,
2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San cuando se conduce”, dijo la au- condiciones de venta de alcohol
ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de $19.341.199, más
custódiese una vez acompañado materialmente; Al segundo y quinto otrosí: Téngase
presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado documento,
los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta la fecha de pago
Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto toridad. y alimentos, son algunas de las
con citación; Al cuarto otrosí: como se pide. Cuantía: $19.341.199.- MANDAMIENTO. San
efectivo, más la comisión de 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado, a favor También es importan- fiscalizaciones que los servicios
precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: No ha lugar por ahora. Con fecha te que “planifique sus viajes y públicos junto a Carabineros ya
Fernando, 28 Septiembre 2022. Un Ministro de Fe requerirá de pago a ALEJANDRO
de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas. No verificado el pago en el
ESTEBAN CELIS CELIS, en representación de AC ENERGÍA & CONSTRUCCIÓN SPA,
21 Agosto 2023 se solicitó cambio de fecha del requerimiento. Con fecha 23 Agosto 2023, salidas a actividades, tomando se están realizando en los diver-
acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos
en calidad de deudor principal, para que en el acto de intimación pague a BANCO DE
en cuenta la situación de las ru-
sos lugares dispuestos para rea-
en su poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal.- Rol: C-
ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de $19.341.199, más
se resuelve: Como se pide, para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un tas, locomoción y horarios dis- lizar las celebraciones de Fies-
1.984-2.022.- RESOLUCION. San Fernando 14 Junio 2023. A lo principal: De
los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta la fecha de pago
acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el 21 ponibles, y estar atentos a las tas Patrias.
efectivo, más la comisión de 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado, a favor
conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil,
de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas. No verificado el pago en el
notifíquese la demanda de fecha 23 septiembre 2022, su proveído y mandamiento de
Septiembre 2023, 12:00 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de condiciones y el pronóstico me- “Además, hacemos un
teorológico, ya que se esperan especial llamado a no utilizar
acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos
fecha 28 septiembre 2022, a don ALEJANDRO ESTEBAN CELIS CELIS, en su calidad de
San Fernando, ubicado Luis Amesti N°1550, diligencia que se efectuará por Receptor lluvias, aunque débiles, desde la hilo curado al encumbrar volan-
en su poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal.- Rol: C-
representante legal de AC ENERGIA & CONSTRUCCION SPA, mediante avisos
1.984-2.022.- RESOLUCION. San Fernando 14 Junio 2023. A lo principal: De
Judicial. Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto respectivo. XIMENA tarde del sábado al mediodía del tines, ya que su uso, además de
redactados en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil,
domingo”, manifestó la Delega-
estar prohibido, es muy peligro-
notifíquese la demanda de fecha 23 septiembre 2022, su proveído y mandamiento de
cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en
HINOJOSA ABARCA. SECRETARIA SUBROGANTE.- da Presidencial. so, ya que puede ocasionar la-
fecha 28 septiembre 2022, a don ALEJANDRO ESTEBAN CELIS CELIS, en su calidad de
el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto “Asimismo como pea- mentables accidentes, especial-
representante legal de AC ENERGIA & CONSTRUCCION SPA, mediante avisos
procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el día 26 julio tones debemos ser responsables mente en niñas y niños”, dijo la
redactados en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San al transitar, estando atentos en Delegada Presidencial.
cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en
Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto todo momento de las condicio- “Celebremos sin exce-
el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto
procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el día 26 julio
Ximena Andrea Hinojosa Abarca precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: No ha lugar por ahora. Con fecha nes del tránsito, especialmente sos. No abuse en el consumo de
2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San
21 Agosto 2023 se solicitó cambio de fecha del requerimiento. Con fecha 23 Agosto 2023,
Secretario 12-13-14-15-230911201-02-03-04 si lo hacemos de noche. Y es- alcohol ni de alimentos, ya que
Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto
se resuelve: Como se pide, para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un pecialmente, evite trasladarse puede causarles accidentes o
PJUD precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: No ha lugar por ahora. Con fecha
acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el 21 bajo los efectos del alcohol o problemas de salud. Asimismo,
21 Agosto 2023 se solicitó cambio de fecha del requerimiento. Con fecha 23 Agosto 2023,
Treinta de agosto de dos mil veintitrés Septiembre 2023, 12:00 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de
16:41 UTC-4 se resuelve: Como se pide, para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un drogas”, señaló Pizarro. consuma sólo en locales autori-
San Fernando, ubicado Luis Amesti N°1550, diligencia que se efectuará por Receptor Al respecto, carabi- zados”, subrayó.
acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el 21
Septiembre 2023, 12:00 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de
Judicial. Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto respectivo. XIMENA neros estará desplegado con “Queremos que esta
San Fernando, ubicado Luis Amesti N°1550, diligencia que se efectuará por Receptor
HINOJOSA ABARCA. SECRETARIA SUBROGANTE.- operativos de control vehicular festividad no se convierta en
Judicial. Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto respectivo. XIMENA en las principales arterias de la una tragedia que después ten-
HINOJOSA ABARCA. SECRETARIA SUBROGANTE.-
provincia, como las rutas 90, gamos que lamentar. Como
I-45, I-86 o I-72, entre otras. Gobierno, el Presidente Gabriel
Ximena Andrea Hinojosa Abarca “Vamos a estar pre- Boric nos ha mandatado a estar
Secretario
Ximena Andrea Hinojosa Abarca
Este documento tiene firma electrónica sentes en las diferentes rutas desplegados con los servicios y
PJUD Secretario y su original puede ser validado en
PJUD
Treinta de agosto de dos mil veintitrés http://verificadoc.pjud.cl haciendo controles. Hemos con- las policías en todos los lugares
16:41 UTC-4 seguido mucho más insumos de actividades masivas, para
Treinta de agosto de dos mil veintitrés
16:41 UTC-4
Código: XFKQXHYENQJ para hacer alcotest en los puntos resguardar la seguridad de sus
de mayor aglomeración de vehí- asistentes”, finalizó la Delegada
culos. Vamos a estar presentes Marta Pizarro Inzunza.
Este documento tiene firma electrónica
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
http://verificadoc.pjud.cl
Código: XFKQXHYENQJ
Código: XFKQXHYENQJ