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NOTIFICACION POR AVISO.-
                                   Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando, causa Civil Rol C-1984-2022, Juicio

                                   Ejecutivo,   caratulados  “BANCO   DEL   ESTADO   DE   CHILE   CON   AC   ENERGIA   &
                                                                                                                 Martes 12 de Septiembre de 2023 - Página 5
                                   CONSTRUCCION SPA”,  resolución 14 Junio 2023, se decretó notificar por avisos de
                                   conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
                                                                                             Acuerdo permitirá que vecinos
                                   mandamiento   a   don  ALEJANDRO   ESTEBAN   CELIS   CELIS,   en   su   calidad   de
                                                                                        obtengan descuentos en sus compras
                                   representante legal de AC ENERGIA & CONSTRUCCION SPA.-   Banco del Estado de
                                                                                       Municipalidad
                                   Chile   dio   en   préstamo   a   la   ejecutada   con   fecha   17   Junio   de   2020,   la   suma   de
                                   $30.000.000.- por concepto de capital, más interés del 0,2900% Mensual, que el deudor
                                   se obligó a pagar en 42 cuotas mensuales iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento
                                                                                   de Chimbarongo
                                   se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto
                                   se da expresamente por reproducido.- El deudor ha dejado de pagar desde la cuota con
                                   vencimiento al día 16 Mayo 2022, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del
                                                                               firmó convenio con
                                   Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma
                                   de $19.341.199.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta
                                                                                farmacia Principal
                                   el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,0000% anual sobre el saldo del
                                   capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
                                   más las costas de esta causa.       28 Septiembre 2022. A lo principal: Por interpuesta
                                   demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado pagaré, bajo
                                   el  apercibimiento  del  numeral   3 del  artículo  346  del  Código  de  Procedimiento  Civil,
                                   custódiese una vez acompañado materialmente; Al segundo y quinto otrosí: Téngase
                                   presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado documento,
                                                                                             NOTIFICACION POR AVISO.-
                                   con citación; Al cuarto otrosí: como se pide. Cuantía: $19.341.199.- MANDAMIENTO. San
                                                                      Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando, causa Civil Rol C-1984-2022, Juicio
                                   Fernando, 28 Septiembre 2022. Un Ministro de Fe requerirá de pago a ALEJANDRO
                                                                      Ejecutivo,   caratulados  “BANCO   DEL   ESTADO   DE   CHILE   CON   AC   ENERGIA   &
                                   ESTEBAN CELIS CELIS, en representación de AC ENERGÍA & CONSTRUCCIÓN SPA,
                                                                      CONSTRUCCION SPA”,  resolución 14 Junio 2023, se decretó notificar por avisos de
                                                                      conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
                                   en calidad de deudor principal, para que en el acto de intimación pague a BANCO DE
                                                                      mandamiento   a   don  ALEJANDRO   ESTEBAN   CELIS   CELIS,   en   su   calidad   de
                                   de 8:30 a 13:30 y de 15 a 17
              Un beneficioso e im-  ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de $19.341.199, más
                                                                      representante legal de AC ENERGIA & CONSTRUCCION SPA.-   Banco del Estado de
                                                                      Chile   dio   en   préstamo   a   la   ejecutada   con   fecha   17   Junio   de   2020,   la   suma   de
       portante convenio fue firma-  los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta la fecha de pago
                                   horas.
                                                                      $30.000.000.- por concepto de capital, más interés del 0,2900% Mensual, que el deudor
                                          Una vez ingresada
       do en las últimas horas entre    efectivo, más la comisión de 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado, a favor
                                                                                             NOTIFICACION POR AVISO.-
                                                                      se obligó a pagar en 42 cuotas mensuales iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento
                                   a la base de datos, requisito
       la Municipalidad de Chimba-  de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas. No verificado el pago en el
                                                                         Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando, causa Civil Rol C-1984-2022, Juicio
       rongo y la farmacia Principal  fundamental, la persona po-     se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto
                                                                         Ejecutivo,   caratulados  “BANCO   DEL   ESTADO   DE   CHILE   CON   AC   ENERGIA   &
                                   acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos
                                                                      se da expresamente por reproducido.- El deudor ha dejado de pagar desde la cuota con
                                                                         CONSTRUCCION SPA”,  resolución 14 Junio 2023, se decretó notificar por avisos de
       de esa comuna, cuyo objetivo  drá acceder a los  siguientes    vencimiento al día 16 Mayo 2022, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del
                                   en su poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal.- Rol: C-
                                                                         conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
       principal  es  que  los  vecinos,  descuentos en la farmacia   Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma
                                                                         mandamiento   a   don  ALEJANDRO   ESTEBAN   CELIS   CELIS,   en   su   calidad   de
                                   Principal:
       vecinas y especialmente adul-  1.984-2.022.-  RESOLUCION.   San   Fernando   14   Junio   2023.  A   lo   principal:   De
                                                                      de $19.341.199.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta
                                                                         representante legal de AC ENERGIA & CONSTRUCCION SPA.-   Banco del Estado de
                                                                         Chile   dio   en   préstamo   a   la   ejecutada   con   fecha   17   Junio   de   2020,   la   suma   de
                                                                      el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,0000% anual sobre el saldo del
       tos  mayores  puedan  obtener    conformidad   con   lo   dispuesto   en   el   artículo   54   del   Código   de   Procedimiento   Civil,
                                          -Hombres y mujeres
                                                                         $30.000.000.- por concepto de capital, más interés del 0,2900% Mensual, que el deudor
                                                                      capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
       descuentos en sus compras.  notifíquese la demanda de fecha 23 septiembre 2022, su proveído y mandamiento de
                                   con 60 o más años de edad,
                                                                         se obligó a pagar en 42 cuotas mensuales iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento
              “La intención no es  pagarán 12% menos en el va-        más las costas de esta causa.       28 Septiembre 2022. A lo principal: Por interpuesta
                                                                         se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto
                                   fecha 28 septiembre 2022, a don ALEJANDRO ESTEBAN CELIS CELIS, en su calidad de
                                                                      demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado pagaré, bajo
                                                                         se da expresamente por reproducido.- El deudor ha dejado de pagar desde la cuota con
       otra que conseguir que nues-  lor de medicamentos e insu-      el apercibimiento  del  numeral  3 del  artículo  346  del Código  de  Procedimiento  Civil,
                                   representante   legal   de   AC   ENERGIA   &   CONSTRUCCION   SPA,   mediante   avisos
                                                                         vencimiento al día 16 Mayo 2022, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del
       tra gente pueda aminorar  mos médicos; en perfumería,          custódiese una vez acompañado materialmente; Al segundo y quinto otrosí: Téngase
                                                                         Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma
                                   redactados en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
       el impacto económico en la  10% menos en el precio; en la      presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado documento,
                                                                         de $19.341.199.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta
                                                                         el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,0000% anual sobre el saldo del
       compra de sus remedios, par-  cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en
                                                                      con citación; Al cuarto otrosí: como se pide. Cuantía: $19.341.199.- MANDAMIENTO. San
                                   compra de pañales para adul-
                                                                         capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
       ticularmente. Ahora, si eso  tos, 7% y en leche para adul-     Fernando, 28 Septiembre 2022. Un Ministro de Fe requerirá de pago a ALEJANDRO
                                   el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto
                                                                         más las costas de esta causa.       28 Septiembre 2022. A lo principal: Por interpuesta
       podemos extenderlo a otras  tos tendrán 5% de ahorro.          ESTEBAN CELIS CELIS, en representación de AC ENERGÍA & CONSTRUCCIÓN SPA,
                                                                         demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado pagaré, bajo
                                   procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el día 26 julio
                                                                      en calidad de deudor principal, para que en el acto de intimación pague a BANCO DE
                                                                         el  apercibimiento  del  numeral   3 del  artículo  346  del Código  de  Procedimiento  Civil,
                                          -Las mujeres menores
       necesidades que cubre una    2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San
                                                                         custódiese una vez acompañado materialmente; Al segundo y quinto otrosí: Téngase
                                                                      ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de $19.341.199, más
       farmacia, fantástico... es un  de 60 años, en tanto, podrán    los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta la fecha de pago
                                                                         presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado documento,
                                   Fernando,   diligencia   que   se   efectuará   por   Receptor   Judicial.   Inclúyase   lo   resuelto
       ahorro importante”, precisó a  economizar 12% en la compra     efectivo, más la comisión de 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado, a favor
                                                                         con citación; Al cuarto otrosí: como se pide. Cuantía: $19.341.199.- MANDAMIENTO. San
                                   precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: No ha lugar por ahora.  Con fecha
                                                                         Fernando, 28 Septiembre 2022. Un Ministro de Fe requerirá de pago a ALEJANDRO
       diario Sexta Región el alcalde  de medicamentos; en anticon-   de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas. No verificado el pago en el
                                                                         ESTEBAN CELIS CELIS, en representación de AC ENERGÍA & CONSTRUCCIÓN SPA,
                                                                      acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos
                                   ceptivos el descuento será de
       Marco Contreras.            21 Agosto 2023 se solicitó cambio de fecha del requerimiento. Con fecha 23 Agosto 2023,
                                                                         en calidad de deudor principal, para que en el acto de intimación pague a BANCO DE
                                                                         ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de $19.341.199, más
              Para poder acceder  5%  y  en  productos  de  perfu-    en su poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal.- Rol: C-
                                   se resuelve: Como se pide, para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un
                                                                         los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta la fecha de pago
       al  beneficio  lo  primero  que  mería, 10%.                   1.984-2.022.-  RESOLUCION.   San   Fernando   14   Junio   2023.  A   lo   principal:   De
                                   acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el 21
                                                                         efectivo, más la comisión de 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado, a favor
       deben hacer los vecinos, es        El compromiso fue           conformidad   con   lo   dispuesto   en   el   artículo   54   del   Código   de   Procedimiento   Civil,
                                                                         de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas. No verificado el pago en el
                                   Septiembre 2023, 12:00 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de
                                                                      notifíquese la demanda de fecha 23 septiembre 2022, su proveído y mandamiento de
                                                                         acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos
       inscribirse en “la Casa  de la  rubricado por Cornelio Bra-    fecha 28 septiembre 2022, a don ALEJANDRO ESTEBAN CELIS CELIS, en su calidad de
                                                                         en su poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal.- Rol: C-
       Mujer”, ubicada en calle Mi-  San Fernando, ubicado Luis Amesti N°1550, diligencia que se efectuará por Receptor
                                   vo, propietario de la farmacia
                                                                      representante   legal   de   AC   ENERGIA   &   CONSTRUCCION   SPA,   mediante   avisos
                                                                         1.984-2.022.-  RESOLUCION.   San   Fernando   14   Junio   2023.  A   lo   principal:   De
                                   Judicial.   Inclúyase   lo   resuelto   precedentemente   en   el   extracto   respectivo.  XIMENA
       raflores, lado sur del Centro  local, y el alcalde de Chimba-  redactados en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
                                                                         conformidad   con   lo   dispuesto   en   el   artículo   54   del   Código   de   Procedimiento   Civil,
                                                                         notifíquese la demanda de fecha 23 septiembre 2022, su proveído y mandamiento de
       Parvulario, de lunes a jueves,  rongo, Marco Contreras.        cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en
                                   HINOJOSA ABARCA. SECRETARIA SUBROGANTE.-
                                                                         fecha 28 septiembre 2022, a don ALEJANDRO ESTEBAN CELIS CELIS, en su calidad de
                                                                      el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto
                                                                         representante   legal   de   AC   ENERGIA   &   CONSTRUCCION   SPA,   mediante   avisos
                                                                      procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el día 26 julio
                                                                         redactados en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
                   FARMACIAS DE TURNO                                 2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San
                                                                         cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en
                                                                      Fernando,   diligencia   que   se   efectuará   por   Receptor   Judicial.   Inclúyase   lo   resuelto
                                                                         el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto
                      SEPTIEMBRE 2023                                 precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: No ha lugar por ahora.  Con fecha
                                                                         procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el día 26 julio
                               Ximena Andrea Hinojosa Abarca
                                                                         2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San
                               Secretario
            DIAS  FARMACIA      DIRECCIÓN                             21 Agosto 2023 se solicitó cambio de fecha del requerimiento. Con fecha 23 Agosto 2023,   12-13-14-15-230911201-02-03-04
                                                                         Fernando,   diligencia   que   se   efectuará   por   Receptor   Judicial.   Inclúyase   lo   resuelto
                                                                      se resuelve: Como se pide, para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un
                               PJUD                                      precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: No ha lugar por ahora.  Con fecha
            11-12 Dr. Simi          M. Rodríguez #976                 acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el 21
                                                                         21 Agosto 2023 se solicitó cambio de fecha del requerimiento. Con fecha 23 Agosto 2023,
                               Treinta de agosto de dos mil veintitrés
                                                                      Septiembre 2023, 12:00 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de
                                                                         se resuelve: Como se pide, para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un
                               16:41 UTC-4
            13-14 Salcobrand    M. Rodríguez #901                     San Fernando, ubicado Luis Amesti N°1550, diligencia que se efectuará por Receptor
                                                                         acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el 21
                                                                         Septiembre 2023, 12:00 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de
            15-16 Lourdes         M. Rodríguez #796                   Judicial.   Inclúyase   lo   resuelto   precedentemente   en   el   extracto   respectivo.  XIMENA
                                                                         San Fernando, ubicado Luis Amesti N°1550, diligencia que se efectuará por Receptor
                                                                      HINOJOSA ABARCA. SECRETARIA SUBROGANTE.-
            17-18 Farmas        M. Larraín #1499                         Judicial.   Inclúyase   lo   resuelto   precedentemente   en   el   extracto   respectivo.  XIMENA
            19-20 Farmaxol   M. Rodríguez #939                           HINOJOSA ABARCA. SECRETARIA SUBROGANTE.-
            21-22 Lourdes         M. Rodríguez #1079               Ximena Andrea Hinojosa Abarca
            23-24 Cruz Verde    M. Rodriguez #787                  Secretario                                      Este documento tiene firma electrónica
                                                                       Ximena Andrea Hinojosa Abarca
                                                                   PJUD Secretario
            25-26 Dr. Simi      O’Higgins #716                     Treinta de agosto de dos mil veintitrés         y su original puede ser validado en
                                                                       PJUD
                                                                                                                   http://verificadoc.pjud.cl
                                                                   16:41 UTC-4
            27-28 Noly             Chillán #645-A1                     Treinta de agosto de dos mil veintitrés     Código: XFKQXHYENQJ
                                                                       16:41 UTC-4
            29-30 Farmafast   Chillán #1020
                                                                                                                           Este documento tiene firma electrónica
                                                                                                                                 Este documento tiene firma electrónica
                                                                                                                           y su original puede ser validado en
                                                                                                                                 y su original puede ser validado en
                                                                                                                           http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                 http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                           Código: XFKQXHYENQJ
                                                                                                                                 Código: XFKQXHYENQJ
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