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Página 6 - Jueves 5 de Octubre de 2023
En edificio consistorial develan placa en
homenaje a fallecido concejal Carlos Guzmán
En un acto de home- có el compromiso de Guzmán
naje y reconocimiento al con- con la comunidad lo cual le
cejal Carlos Guzmán Vásquez, hizo ganarse el respeto y cari-
el Alcalde Pablo Silva Pérez, ño de la gente.
NOTIFICACION POR AVISO.-
“Teníamos una deu-
concejales y familiares, de-
Ante 2° Juzgado de Letras San Fernando, causa Civil Rol C-253-2023, Juicio Ejecutivo,
velaron este martes una placa da, porque desde el propio
caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON PLANYD SOLUCIONES
conmemorativa que confirma Concejo nos habían solicita-
SPA”, resolución 7 Septiembre 2023, se decretó notificar por avisos de conformidad con
que, a partir de este miércoles, do colocar a la sala de espera
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y requiérase de
la sala de espera de los ediles de concejales el nombre de
pago PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6 representada por don PATRICIO
del edificio consistorial lleva-
EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5, en su calidad de deudor principal
don Carlos Guzmán, y eso
y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5 en su
se cumplió ayer con la pre-
rá su nombre.
calidad de Aval y codeudor solidario. Banco del Estado de Chile dio en préstamo al
En la emotiva cere-
sencia de su familia. Una ce-
ejecutado la suma de $5.041.835.-, por concepto de capital, más un interés del 1.85%
monia, el jefe comunal desta-
remonia muy emotiva con la
Mensual, que el deudor se obligó a pagar en 24 cuotas, mensuales y sucesivas de
$269.298.- cada una, salvo la última de $269.301.- cuotas que incluyen intereses y serán
pagaderas todos los días 20 de cada mes a contar del día 20 de Julio de 2020 y así
sucesivamente. El deudor no pagó desde la cuota con vencimiento 20 de Octubre de 2022,
NOTIFICACION POR AVISO.-
inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile hace exigible la
Ante 2° Juzgado de Letras San Fernando, causa Civil Rol C-253-2023, Juicio Ejecutivo,
totalidad de la deuda, demandando la suma de $5.632.791.-, más los intereses pactados
caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON PLANYD SOLUCIONES
devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión
SPA”, resolución 7 Septiembre 2023, se decretó notificar por avisos de conformidad con
NOTIFICACION POR AVISO.-
legal del 20,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y requiérase de
Ante 2° Juzgado de Letras San Fernando, causa Civil Rol C-253-2023, Juicio Ejecutivo,
pago PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6 representada por don PATRICIO
Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. 21 Febrero 2023. A lo
caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON PLANYD SOLUCIONES
EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5, en su calidad de deudor principal
principal: despáchese; Al primer otrosí: téngase por acompañado pagaré bajo
SPA”, resolución 7 Septiembre 2023, se decretó notificar por avisos de conformidad con
y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5 en su
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y requiérase de
apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil; Al segundo otrosí:
calidad de Aval y codeudor solidario. Banco del Estado de Chile dio en préstamo al
pago PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6 representada por don PATRICIO
téngase presente respecto de los bienes muebles, y en cuanto a los incorporales, corporales
ejecutado la suma de $5.041.835.-, por concepto de capital, más un interés del 1.85%
EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5, en su calidad de deudor principal
e inmuebles no ha lugar por ahora, y respecto del depositario provisional, téngase presente;
Mensual, que el deudor se obligó a pagar en 24 cuotas, mensuales y sucesivas de
y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5 en su
Al tercer otrosí: téngase presente personería y por acompañada con citación; Al cuarto
$269.298.- cada una, salvo la última de $269.301.- cuotas que incluyen intereses y serán
calidad de Aval y codeudor solidario. Banco del Estado de Chile dio en préstamo al
otrosí: téngase presente correo electrónico cbarriosibarra@yahoo.com, solo respecto de las
ejecutado la suma de $5.041.835.-, por concepto de capital, más un interés del 1.85%
pagaderas todos los días 20 de cada mes a contar del día 20 de Julio de 2020 y así
Mensual, que el deudor se obligó a pagar en 24 cuotas, mensuales y sucesivas de
sucesivamente. El deudor no pagó desde la cuota con vencimiento 20 de Octubre de 2022,
resoluciones que deban notificarse personalmente o por cédula; y Al quinto otrosí: téngase
$269.298.- cada una, salvo la última de $269.301.- cuotas que incluyen intereses y serán
inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile hace exigible la
presente.- 17 Marzo 2023 se solicitó rectificación de demanda y nueva confección de
pagaderas todos los días 20 de cada mes a contar del día 20 de Julio de 2020 y así
totalidad de la deuda, demandando la suma de $5.632.791.-, más los intereses pactados
mandamiento en el sentido que en el párrafo séptimo y en el párrafo decimo en la parte
sucesivamente. El deudor no pagó desde la cuota con vencimiento 20 de Octubre de 2022,
devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión
petitoria de la demanda, se indicó erróneamente la suma de $5.632.791.- debiendo decir lo
inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile hace exigible la
legal del 20,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para
correcto la suma de $4.575.659. Con fecha 24 Mayo 2023, se rectificó demanda en el
totalidad de la deuda, demandando la suma de $5.632.791.-, más los intereses pactados
Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. 21 Febrero 2023. A lo
sentido que en el párrafo tercero al final de éste de la demanda dice “20 de Julio de 2020”
devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión
principal: despáchese; Al primer otrosí: téngase por acompañado pagaré bajo
legal del 20,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para
debiendo decir lo correcto “20 de Julio de 2022”. MANDAMIENTO. San Fernando, 21 de
apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil; Al segundo otrosí:
Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. 21 Febrero 2023. A lo
Marzo 2023.- Un Ministro de Fe requerirá de pago a “PLANYD SOLUCIONES SPA”,
téngase presente respecto de los bienes muebles, y en cuanto a los incorporales, corporales
principal: despáchese; Al primer otrosí: téngase por acompañado pagaré bajo
representada legalmente por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARÍAS, quien
e inmuebles no ha lugar por ahora, y respecto del depositario provisional, téngase presente;
apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil; Al segundo otrosí:
además tiene la calidad de Aval y Codeudor Solidario, para que en el acto de intimación
Al tercer otrosí: téngase presente personería y por acompañada con citación; Al cuarto
téngase presente respecto de los bienes muebles, y en cuanto a los incorporales, corporales
otrosí: téngase presente correo electrónico cbarriosibarra@yahoo.com, solo respecto de las
e inmuebles no ha lugar por ahora, y respecto del depositario provisional, téngase presente;
pague al BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos represente, la suma de
resoluciones que deban notificarse personalmente o por cédula; y Al quinto otrosí: téngase
Al tercer otrosí: téngase presente personería y por acompañada con citación; Al cuarto
$4.575.659.- por concepto de capital, más la comisión legal anual del 20,00% sobre el saldo
otrosí: téngase presente correo electrónico cbarriosibarra@yahoo.com, solo respecto de las
presente.- 17 Marzo 2023 se solicitó rectificación de demanda y nueva confección de
de capital garantizado por el Fondo de Garantía para pequeños empresarios (FOGAPE),
resoluciones que deban notificarse personalmente o por cédula; y Al quinto otrosí: téngase
mandamiento en el sentido que en el párrafo séptimo y en el párrafo decimo en la parte
más intereses convencionales y penales pactados, y costas. No verificado el pago en el acto
presente.- 17 Marzo 2023 se solicitó rectificación de demanda y nueva confección de
petitoria de la demanda, se indicó erróneamente la suma de $5.632.791.- debiendo decir lo
de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su
mandamiento en el sentido que en el párrafo séptimo y en el párrafo decimo en la parte
correcto la suma de $4.575.659. Con fecha 24 Mayo 2023, se rectificó demanda en el
poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-253-
petitoria de la demanda, se indicó erróneamente la suma de $5.632.791.- debiendo decir lo
sentido que en el párrafo tercero al final de éste de la demanda dice “20 de Julio de 2020”
correcto la suma de $4.575.659. Con fecha 24 Mayo 2023, se rectificó demanda en el
2023. RESOLUCION. San Fernando, 7 Septiembre 2023. De conformidad con lo
debiendo decir lo correcto “20 de Julio de 2022”. MANDAMIENTO. San Fernando, 21 de
sentido que en el párrafo tercero al final de éste de la demanda dice “20 de Julio de 2020”
dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su
Marzo 2023.- Un Ministro de Fe requerirá de pago a “PLANYD SOLUCIONES SPA”,
debiendo decir lo correcto “20 de Julio de 2022”. MANDAMIENTO. San Fernando, 21 de
proveído y requiérase de pago a PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6
representada legalmente por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARÍAS, quien
Marzo 2023.- Un Ministro de Fe requerirá de pago a “PLANYD SOLUCIONES SPA”,
además tiene la calidad de Aval y Codeudor Solidario, para que en el acto de intimación
representada por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5,
representada legalmente por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARÍAS, quien
pague al BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos represente, la suma de
además tiene la calidad de Aval y Codeudor Solidario, para que en el acto de intimación
en su calidad de deudor principal y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS,
$4.575.659.- por concepto de capital, más la comisión legal anual del 20,00% sobre el saldo
pague al BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos represente, la suma de
Rut N° 11.995.810-5 en su calidad de Aval y codeudor solidario, mediante avisos
$4.575.659.- por concepto de capital, más la comisión legal anual del 20,00% sobre el saldo
de capital garantizado por el Fondo de Garantía para pequeños empresarios (FOGAPE),
redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
de capital garantizado por el Fondo de Garantía para pequeños empresarios (FOGAPE),
más intereses convencionales y penales pactados, y costas. No verificado el pago en el acto
cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
más intereses convencionales y penales pactados, y costas. No verificado el pago en el acto
de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su
Diario Oficial. Comparezca al respectivo requerimiento de pago, el ejecutado en la
de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su
poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-253-
poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-253-
Secretaría del tribunal al tercer día después de la última publicación de la notificación por que estamos saldando deu- mawi, Miguel González Feliú
2023. RESOLUCION. San Fernando, 7 Septiembre 2023. De conformidad con lo
2023. RESOLUCION. San Fernando, 7 Septiembre 2023. De conformidad con lo
avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento de tenerlo por opuesto sin más trámite a la 4-5-6-10-231003201-02-03-04 das con don Carlos, compar- y funcionarios municipales,
dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su
dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su
proveído y requiérase de pago a PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6
diligencia. San Fernando, 27 de Septiembre 2023.- timos con su esposa, hijos, se destacó la calidad humana
proveído y requiérase de pago a PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6
representada por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5, nietos y hermano”, dijo Silva y vocación de servidor públi-
representada por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5,
en su calidad de deudor principal y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS,
en su calidad de deudor principal y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS,
Rut N° 11.995.810-5 en su calidad de Aval y codeudor solidario, mediante avisos Pérez. co del fallecido edil Guzmán
Rut N° 11.995.810-5 en su calidad de Aval y codeudor solidario, mediante avisos
redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por La ceremonia que para atender las demandas de
Ximena Luz Guzmán Torres redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
Secretario cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el contó con la presencia de los la comunidad y alentar el de-
Diario Oficial. Comparezca al respectivo requerimiento de pago, el ejecutado en la
Diario Oficial. Comparezca al respectivo requerimiento de pago, el ejecutado en la
PJUD concejales Marta Cádiz, Ro- sarrollo de la capital de Col-
Secretaría del tribunal al tercer día después de la última publicación de la notificación por
Secretaría del tribunal al tercer día después de la última publicación de la notificación por
Veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés bert Arias, José Elías Rish- chagua.
avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento de tenerlo por opuesto sin más trámite a la
15:49 UTC-3 avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento de tenerlo por opuesto sin más trámite a la
diligencia. San Fernando, 27 de Septiembre 2023.-
diligencia. San Fernando, 27 de Septiembre 2023.-
FRANCISCO
Ximena Luz Guzmán Torres
Ximena Luz Guzmán Torres
Secretario
Secretario Este documento tiene firma electrónica BECERRA
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Veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés
15:49 UTC-3
Llamar al 989559788
Veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés
15:49 UTC-3 Código: LNGZXXXDJFD
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