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Página 4 - Miércoles 29 de Noviembre de 2023
Extracto
Región de O´Higgins
EXTRACTO
CHILE/VIAL”, se ordenó notificar por avisos a Jaime Joaquín Vial Fontannaz, la siguiente Diputada Carla Morales
Ante el 2º Juzgado Civil de San Fernando, autos Rol Nº C-952-, caratulados “BANCO DE
gestión preparatoria de desposeimiento: Paula Arancibia Rodríguez, abogado, por el
Banco de Chile, cuyo gerente general es don Eduardo Ebensperger Orrego, ambos con pide agilizar entrega
domicilio para estos efectos en calle Bandera 577, piso 10, comuna y ciudad Santiago, a
SS. respetuosamente digo: Vengo en deducir demanda en juicio ejecutivo en contra de
Jaime Joaquín Vial Fontannaz, ignoro profesión u oficio, con domicilio en Fundo Santa de ayudas a
Berta S/N, comuna de Chimbarongo y/o en La Llavería 11615, comuna de Vitacura, de
acuerdo a los antecedentes de hecho y fundamentos de derechos que paso a exponer: I.-
Título ejecutivo y fecha de mora El Banco que represento es dueño y legítimo tenedor
del Pagaré Línea de Crédito Automática en Cuenta Corriente Plazo Indefinido Nº agricultores afectados
120801789, suscrito por Jaime Joaquín Vial Fontannaz, con fecha 21 de Noviembre de
2000 por la cantidad de $7.807.611.-, suma que el demandado recibió en préstamo, en
dinero efectivo y a su entera satisfacción y que se obligó a pagar en una sola cuota el 21 por inundaciones
de Diciembre de 2022. Se estableció que esa obligación no sería reajustable y, que a
contar desde el día de la fecha del pagaré inclusive, la obligación devengaría intereses en
razón de la Tasa Base Banco de Chile de 30 días para Colocaciones a 1 día Banca de La parlamentaria indicó que los agricultores aún no han recibido el apoyo
Personas recargada en 0,60 puntos sobre el saldo deudor diario de la cuenta corriente de estatal necesario para recuperarse de las pérdidas sufridas.
crédito en el mes respectivo. En caso de mora o simple retardo en el pago de capital y/o
los intereses de esta obligación, se devengará también un interés penal igual al máximo
convencional recién antes referido, el que regirá desde la mora o simple retardo hasta el
día de su pago efectivo. Se estipuló que todas las obligaciones que emanan del pagaré
son indivisibles conforme a los artículos 1.526 Nº 4 y 1.528 del Código Civil, se liberó al
tenedor de la obligación de protesto, y se constituyó para todos los efectos legales
hábiles, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la ejecución, si así no lo
domicilio en la comuna de San Fernando, sometiéndose a la jurisdicción de sus
hiciere. Atendido que me afecta la causal de recusación prevista en el artículo 196 N° 5
Tribunales. Es del caso que los demandados, llegado el día de vencimiento de la única
del Código Orgánico de Tribunales, en relación con la parte demandante Banco de Chile,
cuota, a saber, 21 de Diciembre de 2022, no hizo pago de ella. II.- Monto adeudado a la
póngase en conocimiento dicha circunstancia a las partes para los efectos previstos en el
fecha de la mora La suma total de $7.807.611.-, más los intereses pactados y penales,
art culo 125 del Código de Procedimiento Civil.- Cuantía: $7.807.611.- Proveyó don JOSÉ
que se devenguen desde la fecha de la mora y hasta el día del pago efectivo, calculados y
MIGUEL VALENZUELA, Juez del Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. (jm).
Resolución de fecha 21 de Agosto de 2023: De conformidad con lo dispuesto en el
determinados en la forma señalada en el referido documento. III.- Ejecutividad del título
Por último, la deuda consta de un título ejecutivo, es actualmente exigible y su acción no
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su proveído y
requiérase de pago a don JAIME JOAQUIN VIAL FONTANNA, cédula de identidad N°
se encuentra prescrita. Por tanto, Sírvase S.S. : Tener por entablada la presente
12.862.113-K, mediante avisos redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o
demanda ejecutiva en contra de Jaime Joaquín Vial Fontannaz, ya individualizado,
quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región
ordenando se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo por un total
de esta ciudad, y por una sola vez en el Diario Oficial. Comparezca al respectivo
de $7.807.611.-, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses
requerimiento de pago, el ejecutado en la Secretaría del tribunal al tercer día después de
correspondientes, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas.. EN
la última publicación de la notificación por avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento
EL PRIMER OTROSÍ: señala bienes para embargo y designa depositario provisional; EN
de tenerlo por opuesto sin más trámite a la diligencia. Notifíquese por el estado diario de
EL SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documento y custodia; EN EL TERCER OTROSÍ:
hoy. MANDAMIENTO. San Fernando, veintinueve de Mayo de dos mil veintitrés.- Un
Acredita personería; EN EL CUARTO OTROSÍ: Se tenga presente. EN EL QUINTO
Ministro de Fe requerirá de pago a don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ, para que en La diputada Carla Morales pre- con preocupación que pasan y pasan los
OTROSÍ: Confiere patrocinio y poder. EN EL SEXTO OTROSÍ: Se exhorte. Resolución de
el acto de intimación pague a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos representen la
fecha 29 de Mayo de 2023: A lo principal: despáchese; Al primer otrosí: téngase presente
suma de $7.807.611, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses sentó un oficio solicitando información meses y aún hay familias en la incertidum-
bienes muebles y depositario provisional; Al segundo otrosí: por acompañado pagaré bajo
correspondientes, con costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese sobre las fechas de entrega de recursos bre, no saben cuándo podrían recibir esta
apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil; Al tercer otrosí:
embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder en calidad de de rehabilitación y reactivación para los ayuda comprometida por el Ministerio de
téngase presente personería y por acompañada con citación, Al cuarto otrosí: téngase
depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-952-2023.-Demás agricultores afectados por las inundacio- Agricultura”, expresó la parlamentaria.
presente; Al quinto otrosí: Téngase presente patrocinio y poder conferidos, y en cuanto al
antecedentes, Secretaría del Tribunal.
correo electrónico juanguell@gmail.com, téngase presente solo para las notificaciones nes en la región de O’Higgins. En este contexto, la congresista
estrictamente necesarias; y Al sexto otros : Como se pide, exhórtese al Juzgado de Letras La parlamentaria envió un es- agregó que “he solicitado a la autoridad
de turno de Santiago, en los términos señalados por el ejecutante, hasta la traba del crito formal a la autoridad competente, competente informar sobre las fechas
embargo, remitiéndose interconexión las piezas pertinentes para su diligenciamiento.- Sin
Ximena Luz Guzmán Torres
Secretario expresando su profunda preocupación previstas de entrega de los recursos de
perjuicio de aportar materialmente título ejecutivo en original, en el plazo de treinta días
PJUD por la situación crítica que enfrentan rehabilitación, detallando el mecanismo
hábiles, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la ejecución, si así no lo
hábiles, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la ejecución, si así no lo
Tres de noviembre de dos mil veintitrés los agricultores en la zona centro sur del y medio de entrega de la ayuda. También
hiciere. Atendido que me afecta la causal de recusación prevista en el artículo 196 N° 5
16:37 UTC-3
hiciere. Atendido que me afecta la causal de recusación prevista en el artículo 196 N° 5
Este documento tiene firma electrónicapecíficamente en la mencionada he requerido confirmación de la disponi-
del Código Orgánico de Tribunales, en relación con la parte demandante Banco de Chile, país, es
del Código Orgánico de Tribunales, en relación con la parte demandante Banco de Chile,
http://verificadoc.pjud.cl región, debido a las lluvias e inundacio-
y su original puede ser validado en
póngase en conocimiento dicha circunstancia a las partes para los efectos previstos en el bilidad de recursos y la intención de pro-
póngase en conocimiento dicha circunstancia a las partes para los efectos previstos en el
art culo 125 del Código de Procedimiento Civil.- Cuantía: $7.807.611.- Proveyó don JOSÉ nes experimentadas durante el invierno porcionar ayuda a los agricultores afecta-
art culo 125 del Código de Procedimiento Civil.- Cuantía: $7.807.611.- Proveyó don JOSÉ
Código: FPXMXJESPRE
MIGUEL VALENZUELA, Juez del Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. (jm). de este año.
MIGUEL VALENZUELA, Juez del Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. (jm). dos, para que ellos por fin puedan tener
Resolución de fecha 21 de Agosto de 2023: De conformidad con lo dispuesto en
Resolución de fecha 21 de Agosto de 2023: De conformidad con lo dispuesto en el el Según información recopilada una claridad sobre qué esperar”.
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su proveído
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su proveído y y por la diputada Morales, cientos de agri- En la misma línea, Morales pi-
requiérase de pago a don JAIME JOAQUIN VIAL FONTANNA, cédula de identidad N°
requiérase de pago a don JAIME JOAQUIN VIAL FONTANNA, cédula de identidad N°
12.862.113-K, mediante avisos redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o cultores en la región aún no han recibido dió información detallada sobre la pla-
12.862.113-K, mediante avisos redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o
quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región ión el apoyo necesario para recuperarse de nificación y los mecanismos que se des-
quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Reg
de esta ciudad, y por una sola vez en el Diario Oficial. Comparezca al respectivo las pérdidas sufridas, incluyendo la mer-
de esta ciudad, y por una sola vez en el Diario Oficial. Comparezca al respectivo plegarán para la distribución equitativa y
requerimiento de pago, el ejecutado en la Secretaría del tribunal al tercer día después de
requerimiento de pago, el ejecutado en la Secretaría del tribunal al tercer día después de ma de forraje, trigo, producción de hue- eficiente de las ayudas a los agricultores.
de tenerlo por opuesto sin más trámite a la diligencia. Notifíquese por el estado diario de 06-07-08
la última publicación de la notificación por avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento
la última publicación de la notificación por avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento vos, entre otros. Finalmente, solicitó detalles so-
de tenerlo por opuesto sin más trámite a la diligencia. Notifíquese por el estado diario de “Pareciera que hay una descoor- bre los esfuerzos realizados para comuni-
hoy. MANDAMIENTO. San Fernando, veintinueve de Mayo de dos mil veintitrés.- Un 305-
hoy. MANDAMIENTO. San Fernando, veintinueve de Mayo de dos mil veintitrés.- Un
Ministro de Fe requerirá de pago a don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ, para que en dinación total en la información proporcio-
suma de $7.807.611, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses -29-1-231123
Ministro de Fe requerirá de pago a don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ, para que en car a los agricultores sobre la disponibi-
el acto de intimación pague a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos representen la nada tanto a los agricultores como a quie-
el acto de intimación pague a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos representen la lidad de ayuda y los procedimientos que
suma de $7.807.611, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses nes somos autoridades en la región. Veo deben seguir para acceder a ella.
correspondientes, con costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese
correspondientes, con costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese 25-28
embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder en calidad de
embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder en calidad de
depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-952-2023.-Demás
depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-952-2023.-Demás
antecedentes, Secretaría del Tribunal.
antecedentes, Secretaría del Tribunal. MISA DE RECORDACIÓN
CON MOTIVO DE CUMPLIRSE EL 1ER ANIVERSARIO DEL
Ximena Luz Guzmán Torres FALLECIMIENTO DE NUESTRA QUERIDA MADRE, ABUELITA
Ximena Luz Guzmán Torres
Secretario
Secretario Y BISABUELA .
PJUD
PJUD Tres de noviembre de dos mil veintitrés Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
16:37 UTC-3
Tres de noviembre de dos mil veintitrés http://verificadoc.pjud.cl
16:37 UTC-3 ADA CRISTINA ARRIAGADA TAPIA
Código: FPXMXJESPRE
Q.E.P.D.
SE OFICIARÁ UNA MISA EL DÍA MIÉRCOLES 6 DE DICIEMBRE A
LAS 19:00 HRS EN IGLESIA SAN AGUSTÍN DE SAN FERNANDO .
AGRADECE SU COMPAÑÍA
LA FAMILIA
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