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Página 4 - Viernes 24 de Noviembre de 2023 EDICIÓN DIARIO ONLINE www.diariosextaregion.cl
Extracto
EXTRACTO Academia de Boxeo
Ante el 2º Juzgado Civil de San Fernando, autos Rol Nº C-952-, caratulados “BANCO DE
CHILE/VIAL”, se ordenó notificar por avisos a Jaime Joaquín Vial Fontannaz, la siguiente
gestión preparatoria de desposeimiento: Paula Arancibia Rodríguez, abogado, por el San Fernando
Banco de Chile, cuyo gerente general es don Eduardo Ebensperger Orrego, ambos con
domicilio para estos efectos en calle Bandera 577, piso 10, comuna y ciudad Santiago, a
SS. respetuosamente digo: Vengo en deducir demanda en juicio ejecutivo en contra de
Jaime Joaquín Vial Fontannaz, ignoro profesión u oficio, con domicilio en Fundo Santa celebró con gran
Berta S/N, comuna de Chimbarongo y/o en La Llavería 11615, comuna de Vitacura, de
acuerdo a los antecedentes de hecho y fundamentos de derechos que paso a exponer: I.-
Título ejecutivo y fecha de mora El Banco que represento es dueño y legítimo tenedor
del Pagaré Línea de Crédito Automática en Cuenta Corriente Plazo Indefinido Nº velada su noveno
120801789, suscrito por Jaime Joaquín Vial Fontannaz, con fecha 21 de Noviembre de
2000 por la cantidad de $7.807.611.-, suma que el demandado recibió en préstamo, en
dinero efectivo y a su entera satisfacción y que se obligó a pagar en una sola cuota el 21 aniversario
de Diciembre de 2022. Se estableció que esa obligación no sería reajustable y, que a
contar desde el día de la fecha del pagaré inclusive, la obligación devengaría intereses en
razón de la Tasa Base Banco de Chile de 30 días para Colocaciones a 1 día Banca de
Personas recargada en 0,60 puntos sobre el saldo deudor diario de la cuenta corriente de nte un gran mar-
crédito en el mes respectivo. En caso de mora o simple retardo en el pago de capital y/o co de público se
los intereses de esta obligación, se devengará también un interés penal igual al máximo Adisputó el pasado
convencional recién antes referido, el que regirá desde la mora o simple retardo hasta el
día de su pago efectivo. Se estipuló que todas las obligaciones que emanan del pagaré viernes la gran gala de bo-
son indivisibles conforme a los artículos 1.526 Nº 4 y 1.528 del Código Civil, se liberó al xeo olímpico amateur en el
tenedor de la obligación de protesto, y se constituyó para todos los efectos legales
hábiles, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la ejecución, si así no lo gimnasio municipal de San
domicilio en la comuna de San Fernando, sometiéndose a la jurisdicción de sus
hiciere. Atendido que me afecta la causal de recusación prevista en el artículo 196 N° 5 Fernando, evento que fue
Tribunales. Es del caso que los demandados, llegado el día de vencimiento de la única
del Código Orgánico de Tribunales, en relación con la parte demandante Banco de Chile, organizado por la Acade-
cuota, a saber, 21 de Diciembre de 2022, no hizo pago de ella. II.- Monto adeudado a la
póngase en conocimiento dicha circunstancia a las partes para los efectos previstos en el mia de Boxeo de esta ciu-
fecha de la mora La suma total de $7.807.611.-, más los intereses pactados y penales,
art culo 125 del Código de Procedimiento Civil.- Cuantía: $7.807.611.- Proveyó don JOSÉ dad, en conmemoración de
que se devenguen desde la fecha de la mora y hasta el día del pago efectivo, calculados y
MIGUEL VALENZUELA, Juez del Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. (jm).
determinados en la forma señalada en el referido documento. III.- Ejecutividad del título
Resolución de fecha 21 de Agosto de 2023: De conformidad con lo dispuesto en el su noveno aniversario.
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su proveído y La velada reunió
Por último, la deuda consta de un título ejecutivo, es actualmente exigible y su acción no
se encuentra prescrita. Por tanto, Sírvase S.S. : Tener por entablada la presente
requiérase de pago a don JAIME JOAQUIN VIAL FONTANNA, cédula de identidad N° a púgiles de Academia San
12.862.113-K, mediante avisos redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o Fernando, Chépica Bo-
demanda ejecutiva en contra de Jaime Joaquín Vial Fontannaz, ya individualizado,
quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región xing Club, Independiente
ordenando se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo por un total
de esta ciudad, y por una sola vez en el Diario Oficial. Comparezca al respectivo
de $7.807.611.-, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses
requerimiento de pago, el ejecutado en la Secretaría del tribunal al tercer día después de de Talca y Andes Boxing
correspondientes, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas.. EN
la última publicación de la notificación por avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento Gym, quienes se reunie-
EL PRIMER OTROSÍ: señala bienes para embargo y designa depositario provisional; EN
de tenerlo por opuesto sin más trámite a la diligencia. Notifíquese por el estado diario de ron en esta importantísima
EL SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documento y custodia; EN EL TERCER OTROSÍ:
hoy. MANDAMIENTO. San Fernando, veintinueve de Mayo de dos mil veintitrés.- Un jornada de boxeo interre-
Acredita personería; EN EL CUARTO OTROSÍ: Se tenga presente. EN EL QUINTO
Ministro de Fe requerirá de pago a don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ, para que en gional.
OTROSÍ: Confiere patrocinio y poder. EN EL SEXTO OTROSÍ: Se exhorte. Resolución de
el acto de intimación pague a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos representen la
fecha 29 de Mayo de 2023: A lo principal: despáchese; Al primer otrosí: téngase presente
suma de $7.807.611, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses Los resultados de
bienes muebles y depositario provisional; Al segundo otrosí: por acompañado pagaré bajo
correspondientes, con costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese los siete combates que fue-
apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil; Al tercer otrosí:
embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder en calidad de ron pactados para esta ve-
téngase presente personería y por acompañada con citación, Al cuarto otrosí: téngase
depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-952-2023.-Demás lada fueron los siguientes:
presente; Al quinto otrosí: Téngase presente patrocinio y poder conferidos, y en cuanto al
antecedentes, Secretaría del Tribunal.
correo electrónico juanguell@gmail.com, téngase presente solo para las notificaciones Categoría 80 kilos: Rena- Categoría +92 kilos: Jona- como la mejor pelea de la
estrictamente necesarias; y Al sexto otros : Como se pide, exhórtese al Juzgado de Letras to Riquelme (Taller Mu- than Verdugo (Andes Bo- noche.
de turno de Santiago, en los términos señalados por el ejecutante, hasta la traba del nicipal) venció a Martin xing Gym) venció a Guido Categoría 63.5 kilos: Se-
Ximena Luz Guzmán Torres
embargo, remitiéndose interconexión las piezas pertinentes para su diligenciamiento.- Sin
Secretario perjuicio de aportar materialmente título ejecutivo en original, en el plazo de treinta días López (Taller Municipal) Olivos (Chépica) por deci- bastián Soto (Talca) ven-
PJUD por RSC. sión unánime. ció a Luinyerth Cavallo
hábiles, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la ejecución, si así no lo
hábiles, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la ejecución, si así no lo
Tres de noviembre de dos mil veintitrés Categoría 67 kilos: Lucas Categoría 63.5 kilos: Mai- (Andes Boxing Gym) por
hiciere. Atendido que me afecta la causal de recusación prevista en el artículo 196 N° 5
16:37 UTC-3
hiciere. Atendido que me afecta la causal de recusación prevista en el artículo 196 N° 5
del Código Orgánico de Tribunales, en relación con la parte demandante Banco de Chile, Varela (Chépica) venció col López (Andes Bo- puntos.
Este documento tiene firma electrónica
del Código Orgánico de Tribunales, en relación con la parte demandante Banco de Chile,
y su original puede ser validado en
póngase en conocimiento dicha circunstancia a las partes para los efectos previstos en el a Lucas Gonzaldi (Aca- xing Gym) venció a Pablo Categoría 60 kilos: Matías
póngase en conocimiento dicha circunstancia a las partes para los efectos previstos en el
http://verificadoc.pjud.cl
art culo 125 del Código de Procedimiento Civil.- Cuantía: $7.807.611.- Proveyó don JOSÉ demia San Fernando) por Chambe (Talca) por deci- Rubina (Andes Boxing
art culo 125 del Código de Procedimiento Civil.- Cuantía: $7.807.611.- Proveyó don JOSÉ
Código: FPXMXJESPRE
MIGUEL VALENZUELA, Juez del Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. (jm). RSC. sión unánime, considerada Gym) venció a Fernando
MIGUEL VALENZUELA, Juez del Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. (jm).
Resolución de fecha 21 de Agosto de 2023: De conformidad con lo dispuesto en
Resolución de fecha 21 de Agosto de 2023: De conformidad con lo dispuesto en el el Lobos (Chépica) por pun-
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su proveído y y tos.
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su proveído
requiérase de pago a don JAIME JOAQUIN VIAL FONTANNA, cédula de identidad N°
requiérase de pago a don JAIME JOAQUIN VIAL FONTANNA, cédula de identidad N°
12.862.113-K, mediante avisos redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o Yeferson Garrido (Talca),
12.862.113-K, mediante avisos redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o
de esta ciudad, y por una sola vez en el Diario Oficial. Comparezca al respectivo 06-07-08
quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Reg
quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región ión actual campeón chileno
de esta ciudad, y por una sola vez en el Diario Oficial. Comparezca al respectivo juvenil venció a José Jime-
requerimiento de pago, el ejecutado en la Secretaría del tribunal al tercer día después de 305-
requerimiento de pago, el ejecutado en la Secretaría del tribunal al tercer día después de nes (Andes Boxing Gym)
la última publicación de la notificación por avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento
la última publicación de la notificación por avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento por puntos.
de tenerlo por opuesto sin más trámite a la diligencia. Notifíquese por el estado diario de
de tenerlo por opuesto sin más trámite a la diligencia. Notifíquese por el estado diario de 25-28-29-1-231123 Además, con mo-
hoy. MANDAMIENTO. San Fernando, veintinueve de Mayo de dos mil veintitrés.- Un
hoy. MANDAMIENTO. San Fernando, veintinueve de Mayo de dos mil veintitrés.- Un tivo del noveno aniversario
Ministro de Fe requerirá de pago a don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ, para que en
Ministro de Fe requerirá de pago a don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ, para que en
el acto de intimación pague a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos representen la
el acto de intimación pague a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos representen la de la Academia de Boxeo
suma de $7.807.611, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses
suma de $7.807.611, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses San Fernando, se hizo en-
correspondientes, con costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese
correspondientes, con costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese trega de un reconocimien-
embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder en calidad de
embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder en calidad de to al presidente de la insti-
depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-952-2023.-Demás
depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-952-2023.-Demás tución, Pedro Flores, quien
antecedentes, Secretaría del Tribunal.
antecedentes, Secretaría del Tribunal.
recibió un galvano por su
destacada trayectoria de-
Ximena Luz Guzmán Torres portiva a nivel local, regio-
Ximena Luz Guzmán Torres nal y nacional de manos
Secretario
Secretario
PJUD
PJUD Tres de noviembre de dos mil veintitrés Este documento tiene firma electrónica del profesor de esta ciudad,
y su original puede ser validado en
16:37 UTC-3
Tres de noviembre de dos mil veintitrés http://verificadoc.pjud.cl Eduardo Sanhueza.
16:37 UTC-3
Código: FPXMXJESPRE En la oportuni-
dad la empresa Repuestos
Arana hizo entrega de un
FRANCISCO BECERRA trofeo a la Academia de
Boxeo San Fernando por
el noveno aniversario de la
Llamar al 989559788 institución y por su valiosa
labor de formar a nuevos
pugilistas de la zona.
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
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Código: FPXMXJESPRE
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