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Miércoles 28 de Junio de 2023 - Página 5
División El Teniente se moviliza en apoyo a
sectores afectados por inundaciones en O’Higgins
Colchones, agua, bajadores y trabajadoras
mascarillas, colaciones, de Codelco, hemos llega-
polerones, además de ma- do con ayuda a distintas
quinaria y equipamiento comunas de la región y
para remoción de barro y nos hemos puesto a dis-
agua son parte de las ges- posición de las autorida-
tiones que la cuprífera ha des locales y regionales
realizado en las comunas para seguir apoyando en
de Coltauco, Doñihue, lo que sea necesario”, de-
Machalí y Rancagua. talló Germán Sandoval.
Durante todo el También fueron
fin de semana, repre- gestionadas con empresas
sentantes de Codelco contratistas de Codelco
División El Teniente El Teniente la llegada de
realizaron gestiones dos máquinas retroexca-
para ir en apoyo de las vadoras a Rengo y Col-
comunidades afectadas tauco para realizar labo-
por las inundaciones res de despeje en la ribera
y consecuencias del del río. EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS
evento climático ocu- Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando, en causa Civil Rol C-191-2021, sobre
rrido en la región de Juicio Ejecutivo, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON COMERCIAL
O´Higgins. ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA EIRL”, por resolución 16 Mayo
En Rancagua, la 2023,complementada con fecha 13 de junio de 2023 se decretó notificar por avisos de
EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS
División entregó 15 mil conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando, en causa Civil Rol C-191-2021, sobre
mascarillas y polerones mandamiento a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia EIRL.,
Juicio Ejecutivo, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON COMERCIAL
a personas albergadas en representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia. Banco del Estado de
ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA EIRL”, por resolución 16 Mayo
el Liceo Diego Portales Chile dio en préstamo a los ejecutados la suma de $7.198.054.- op.33353995. FOGAPE.-
2023,complementada con fecha 13 de junio de 2023 se decretó notificar por avisos de
y al Policlínico Dintrans, por concepto de capital, más un interés del 1,5200% mensual, se obligó a pagar en 33
conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
mientras que, en los sec- cuotas mensuales, iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el
mandamiento a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia EIRL.,
tores de Coya y Termas de calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto se da
representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia. Banco del Estado de
Cauquenes, en la comuna expresamente por reproducido. No ha pagado sus obligaciones desde la cuota con
Chile dio en préstamo a los ejecutados la suma de $7.198.054.- op.33353995. FOGAPE.-
de Machalí, se dispuso de vencimiento al 26 Septiembre 2022, inclusive y todas las posteriores por tanto Banco del
por concepto de capital, más un interés del 1,5200% mensual, se obligó a pagar en 33
cuotas mensuales, iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el
bidones y un camión al- Estado de Chile, ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda demandando la suma
calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto se da
jibe para llegar a más de de $7.198.054.- más intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el
expresamente por reproducido. No ha pagado sus obligaciones desde la cuota con
250 familias, además de completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,5000% anual sobre el saldo del
vencimiento al 26 Septiembre 2022, inclusive y todas las posteriores por tanto Banco del
generadores de energía capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
Estado de Chile, ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda demandando la suma
eléctrica. más las costas. 6 de Febrero de 2023, se provee la demanda: A lo principal: Por
de $7.198.054.- más intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el
En Coltauco, interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,5000% anual sobre el saldo del
pagaré, bajo el apercibimiento del número 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
equipos de El Teniente Civil, custódiese una vez acompañado materialmente; Al segundo y quinto otrosí:
capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
acudieron hasta el alber- Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado, con
más las costas. 6 de Febrero de 2023, se provee la demanda: A lo principal: Por
gue dispuesto por la mu- citación; Al cuarto otrosí: como se pide.- Cuantía: $7.198.054.- MANDAMIENTO. Con
interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
nicipalidad para hacer fecha 12 Mayo 2023, de acuerdo al artículo 84 del Código Procedimiento se dejó sin
pagaré, bajo el apercibimiento del número 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
Civil, custódiese una vez acompañado materialmente; Al segundo y quinto otrosí:
entrega de 30 colchones, efecto mandamiento de folio 1 ordenando se confeccione nuevo mandamiento de
Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado, con
además de aportar con ejecución y embargo.- San Fernando, a 12 Mayo 2023.- Un ministro de Fe requerirá de
citación; Al cuarto otrosí: como se pide.- Cuantía: $7.198.054.- MANDAMIENTO. Con
24.000 mascarillas, 4.000 pago a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en calidad representante de
fecha 12 Mayo 2023, de acuerdo al artículo 84 del Código Procedimiento se dejó sin
litros de agua y 400 cola- COMERCIAL ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA EIRL, en calidad de
efecto mandamiento de folio 1 ordenando se confeccione nuevo mandamiento de
ciones, que fueron repar- deudor principal y por otra parte a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en
ejecución y embargo.- San Fernando, a 12 Mayo 2023.- Un ministro de Fe requerirá de
tidas tanto a las familias calidad de aval y codeudora solidaria, para que en el acto de intimidación pague al
pago a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en calidad representante de
allí presentes como a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de
COMERCIAL ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA EIRL, en calidad de
quienes permanecían en $7.198.054.- más los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta
deudor principal y por otra parte a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en
los sectores más afecta- la fecha de pago efectivo, más la comisión de 0,5000% anual sobre el saldo del capital
calidad de aval y codeudora solidaria, para que en el acto de intimidación pague al
BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de
dos de Coltauco y Doñi- garantizado, a favor de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas. No
$7.198.054.- más los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta
hue, en coordinación con verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
la fecha de pago efectivo, más la comisión de 0,5000% anual sobre el saldo del capital
los equipos municipales deudor, quedando estos en su poder calidad de depositario provisional, bajo su
garantizado, a favor de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas. No
respectivos. responsabilidad legal. Rol:C-191-2.023.- RESOLUCION. San Fernando, 16 Mayo 2023.
verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
Por la tarde del Proveyendo escrito de folio 41, se resuelve: A lo principal: De conformidad con lo
deudor, quedando estos en su poder calidad de depositario provisional, bajo su
dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda de
lunes, el gerente de Sus- fecha 02 Febrero 2023, a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia
responsabilidad legal. Rol:C-191-2.023.- RESOLUCION. San Fernando, 16 Mayo 2023.
tentabilidad y Asuntos EIRL, y a su representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia mediante
Proveyendo escrito de folio 41, se resuelve: A lo principal: De conformidad con lo
Externos de la División, avisos redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o quien la Subrogue.
dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda de
Germán Sandoval, sos- Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por
fecha 02 Febrero 2023, a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia
EIRL, y a su representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia mediante
tuvo un encuentro con el una sola vez en el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose
avisos redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o quien la Subrogue.
alcalde de Coltauco, Félix de un acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el
Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por
Sánchez, para apoyar con día 06 de Julio de 2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de
100 palas, 100 pares de CONSTANZA MORA GONZÁLEZ una sola vez en el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose
Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo
de un acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el
botas, una motobomba y Nutrición y Dietética resuelto precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: Como se pide, apercíbase
día 06 de Julio de 2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de
otros equipamientos para en los términos solicitados. Por resolución 13 Junio 2023 se complementó resolución de
Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo
labores de remoción de - Certificación en Lactancia materna fecha 16 Mayo 2023 en el sentido que se complementa que la notificación de acuerdo al
resuelto precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: Como se pide, apercíbase
barro y agua en el sector. artículo 54 del Código Procedimiento Civil, también es a don Rolando Alvaro Delgado de
en los términos solicitados. Por resolución 13 Junio 2023 se complementó resolución de
“Como Codel- y alimentación complementaria. la Iglesia, en su calidad de aval y codeudor solidario.- OLGA PEÑA
fecha 16 Mayo 2023 en el sentido que se complementa que la notificación de acuerdo al
co tenemos muy presen- - Diplomado en Salud Materno Infantil FERNANDEZ.SECRETARIA SUBROGANTE.-
artículo 54 del Código Procedimiento Civil, también es a don Rolando Alvaro Delgado de
te aportar valor social a - Certificación de Abordaje Nutricional Trastorno la Iglesia, en su calidad de aval y codeudor solidario.- OLGA PEÑA
nuestras comunidades. En del Espectro autista FERNANDEZ.SECRETARIA SUBROGANTE.- 28-29-1-4-230627301-02-03-04
momentos de emergencia
como la que estamos vi- - Certificación Salud Digestiva
viendo, el compromiso de - Certificación Nutrición Clínica Pediátrica Olga Patricia Peña Fernández
División El Teniente se Secretario
redobla, porque sabemos Contacto: +569 580 065 18 PJUD Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
que nuestros vecinos y Dirección: Av. Bernardo O’Higgins #429, Diecinueve de junio de dos mil veintitrés http://verificadoc.pjud.cl
15:37 UTC-4
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vecinas nos necesitan. En Clínica Reactivate - San Fernando Código: DBNXXFJZKRY y su original puede ser validado en
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