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Página 8 - Jueves 27 de Abril de 2023


                                                          Más de $20 mil millones al año
                 Diputado Eduardo Cornejo celebra



        aprobación proyecto ley que aumentará



                                presupuesto de bomberos





                                 El representante de O’Higgins valoró la modificación a la Ley General de Bancos, que hará que todas
                                          las acreencias bancarias vencidas pasen a manos de la institución de voluntarios.
               El  diputado por la  permitirá mejorar el actual  jo precisó que en la actuali-
        Región de O’Higgins, Eduar-  presupuesto que tienen para  dad las acreencias bancarias
        do Cornejo (UDI), celebró  combatir las emergencias.     vencidas o no reclamadas
        que  durante  esta  jornada  la     “Hemos aprobado un  pasan a manos del Fisco, por
        Cámara de Diputados haya  importante proyecto de ley  lo que ahora se traspasarán
        aprobado definitivamente un  que viene a hacer justicia  automáticamente a la  Jun-
        proyecto que modifica la Ley  con todos los bomberos del  ta Nacional de Cuerpos de
        General de Bancos, de mane-  país, quienes cumplen una  Bomberos de Chile. Además,
        ra que todas las acreencias  de las labores más nobles  explicó que serán considera-
        bancarias que se encuentran  en nuestra sociedad. Todos  das como acreencias los di-
        vencidas en el país -y que ya  sabemos que la institución  videndos no reclamados en
        hayan sido publicadas en el  cuenta con un presupuesto  efectivo por los accionistas,
        Diario  Oficial- pasen  a  ma-  bastante acotado, y por eso  los repartos por devolución
        nos del Cuerpo de Bomberos  todos los años se ven obliga-  de capital no  cobrados,  el
        de Chile.                   dos  a  realizar  rifas  y  hacer  resultado de la venta de ac-
               Al respecto, el parla-  colectas para costearse sus  ciones o los intereses sin re-
                                                          F. Ing.: 04/10/2022, entre otros.
        mentario gremialista explicó  propios implementos. Por  clamar
            RIT : C-740-2022
                                   GÓMEZ/CELIS
                                    eso era muy relevante apro-

        que, de acuerdo a las estima-  Proc.: Ordinario   Forma Inicio: Demanda Por lo mismo, y jun-
            RUC: 22- 2-3209571-0
        ciones del Ministerio de Ha-  bar esta gran iniciativa, y así  to  con  valorar  el  proyecto
                                     EXTRACTO NOTIFICACIÓN
        cienda, serían alrededor de  lo hemos hecho hoy”, desta-  -que pasará a ser ley una vez
              Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-740-2022, RUC: 22-2-3209571-0, caratulada GÓMEZ/CELIS
              por demanda de relación directa y regular con el niño, por resolución de fecha 6 de abril de 2023, se ha
        $20 mil millones al año los  có  el  representante del  Dis-  que el Gobierno la promul-
              ordenado  notificar  de  conformidad a lo  dispuesto en el  artículo  54  del  Código de  Procedimiento Civil,  la
        que recibiría la institución  trito 16.                  gue y publique en el Diario
              demanda, su proveído y la presente resolución mediante avisos en el Diario VI Región y en el Diario Oficial,
              DEMANDA: A doña SANDRA DEL ROSARIO CELIS CORDERO, C.I. 18.334.704-7, demanda por relación directa y
        por dicho concepto, lo que         En esa línea, Corne-  Oficial-, el parlamentario
              regular con el niño ingresada en este Tribunal el 4 de octubre del 2022, interpuesta por don JOSÉ ANTONIO
              GÓMEZ ESCOBAR, C.I. 11.144.873-6., al siguiente tenor:  EN LO PRINCIPAL: Demanda de Relación Directa y
              Regular; PRIMER OTROSÍ: Solicita Régimen Provisorio; SEGUNDO OTROSÍ: Ofrecimiento de alimentos; TERCER
              OTROSÍ:   Acompaña   Documentos;   CUARTO   OTROSÍ:   Patrocinio   y   Poder;   QUINTO  OTROSÍ  Forma  especial  de
              Notificación. S.J. de Familia JOSÉ ANTONIO GÓMEZ ESCOBAR, a S.S. vengo en interponer demanda de Relación
              Directa  y  Regular  en   contra  de   doña SANDRA  DEL  ROSARIO CELIS  CORDERO,  chilena,  soltera,  desconozco
              ocupación, cédula de identidad nº 18.334.704-7, domiciliada en Callejón Los Laureles S/N, sector Codegua,
              comuna de Chimbarongo, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, respecto de los hijos MAXIMILIANO DAMIAN
          RIT : C-740-2022           GÓMEZ/CELIS                F. Ing.: 04/10/2022
              GÓMEZ CELIS, cédula de identidad Nº 26.702.075-2 y ELIZABETH JESSENIA GÓMEZ CELIS cédula de identidad Nº
          RUC: 22- 2-3209571-0       Proc.: Ordinario           Forma Inicio: Demanda        de la UDI llamó a la Junta  operan casi con lo justo, con
              23.596.137-7, bajo el Cuidado Personal de su madre. PROVEIDO: San Fernando, once de octubre de dos mil
              veintidós. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de Relación directa y regular. Traslado. Al primer y
              segundo otrosí: Traslado. Al tercer otrosí: téngase por acompañado documentos, incorpórese jurídicamente en la   Nacional de la institución a  carros que no tienen todo lo
                                        EXTRACTO NOTIFICACIÓN
              audiencia respectiva. Al cuarto y quinto otrosí: téngase presente patrocinio y poder, y forma de notificación, sólo
              respecto de las resoluciones contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968 que no deban practicarse por el
             Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-740-2022, RUC: 22-2-3209571-0, caratulada GÓMEZ/CELIS   repartir  de  forma  “equitati-  necesario y con implementos
              estado diario. RESOLUCION: San Fernando, seis de abril de dos mil veintitrés. Como se pide, estese a lo que se
             por demanda de relación directa y regular con el niño, por resolución de fecha 6 de abril de 2023, se ha   va y justa” los recursos a lo  que prácticamente están en
              resolverá.
                                   GÓMEZ/CELIS
                                                         F. Ing.: 04/10/2022
             ordenado  notificar  de  conformidad a lo  dispuesto en el  artículo  54  del  Código de  Procedimiento Civil,  la   largo del territorio nacional,  desuso o en mal estado. Por
             RIT : C-740-2022
              Se cita a audiencia preparatoria para el día 30 de mayo de 2023 a las 11:15 horas en sala virtual (Sala N° 3), la
             demanda, su proveído y la presente resolución mediante avisos en el Diario VI Región y en el Diario Oficial,
             RUC: 22- 2-3209571-0
                                                         Forma Inicio: Demanda
                                   Proc.: Ordinario
              que se celebrará con quienes asistan afectando a los que no concurran, todas las resoluciones que se dicten en
             DEMANDA: A doña SANDRA DEL ROSARIO CELIS CORDERO, C.I. 18.334.704-7, demanda por relación directa y   considerando el déficit que  eso es fundamental que estos
              ella sin ulterior notificación. Se apercibe a la parte demandante, que de no concurrir el día y hora fijados O DE
              SOLICITAR NUEVA FECHA Y HORA, se entenderá como falta de interés en el litigio y la causa se podrá abandonar
             regular con el niño ingresada en este Tribunal el 4 de octubre del 2022, interpuesta por don JOSÉ ANTONIO   tienen distintas compañías,  recursos frescos se vean re-
                                     EXTRACTO NOTIFICACIÓN
              de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.968. Las partes podrán comparecer a través de
             GÓMEZ ESCOBAR, C.I. 11.144.873-6., al siguiente tenor:  EN LO PRINCIPAL: Demanda de Relación Directa y
               Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-740-2022, RUC: 22-2-3209571-0, caratulada GÓMEZ/CELIS
              videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el link respectivo para proceder a la conexión es el siguiente:
               por demanda de relación directa y regular con el niño, por resolución de fecha 6 de abril de 2023, se ha
             Regular; PRIMER OTROSÍ: Solicita Régimen Provisorio; SEGUNDO OTROSÍ: Ofrecimiento de alimentos; TERCER   sobre todo de la Región de  flejados en un mejoramien-
              https://zoom.us/j/94387432440 ID de reunión: 943 8743 2440 Código de acceso: 755992. San Fernando, 13
               ordenado  notificar  de  conformidad a lo  dispuesto en el  artículo  54  del  Código de  Procedimiento Civil,  la
             OTROSÍ:   Acompaña   Documentos;   CUARTO   OTROSÍ:   Patrocinio   y   Poder;   QUINTO  OTROSÍ  Forma  especial  de   O’Higgins.  to de las herramientas que
              de abril de 2023. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
               demanda, su proveído y la presente resolución mediante avisos en el Diario VI Región y en el Diario Oficial,
             Notificación. S.J. de Familia JOSÉ ANTONIO GÓMEZ ESCOBAR, a S.S. vengo en interponer demanda de Relación
               DEMANDA: A doña SANDRA DEL ROSARIO CELIS CORDERO, C.I. 18.334.704-7, demanda por relación directa y
             Directa  y  Regular  en   contra  de   doña SANDRA  DEL  ROSARIO CELIS  CORDERO,  chilena,  soltera,  desconozco      “Este es un primer  tienen los voluntarios de la
               regular con el niño ingresada en este Tribunal el 4 de octubre del 2022, interpuesta por don JOSÉ ANTONIO
             ocupación, cédula de identidad nº 18.334.704-7, domiciliada en Callejón Los Laureles S/N, sector Codegua,   paso, pero tan importante  institución, en especial las
               GÓMEZ ESCOBAR, C.I. 11.144.873-6., al siguiente tenor:  EN LO PRINCIPAL: Demanda de Relación Directa y
               Regular; PRIMER OTROSÍ: Solicita Régimen Provisorio; SEGUNDO OTROSÍ: Ofrecimiento de alimentos; TERCER
             comuna de Chimbarongo, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, respecto de los hijos MAXIMILIANO DAMIAN
           Boris Mauricio Ortega Suazo                                                       como esta aprobación es que  compañías más rurales y
               OTROSÍ:   Acompaña   Documentos;   CUARTO   OTROSÍ:   Patrocinio   y   Poder;   QUINTO  OTROSÍ  Forma  especial  de
             GÓMEZ CELIS, cédula de identidad Nº 26.702.075-2 y ELIZABETH JESSENIA GÓMEZ CELIS cédula de identidad Nº
               Notificación. S.J. de Familia JOSÉ ANTONIO GÓMEZ ESCOBAR, a S.S. vengo en interponer demanda de Relación
           Jefe Unidad
             23.596.137-7, bajo el Cuidado Personal de su madre. PROVEIDO: San Fernando, once de octubre de dos mil
           PJUD Directa  y  Regular  en   contra  de   doña SANDRA  DEL  ROSARIO CELIS  CORDERO,  chilena,  soltera,  desconozco   la institución reparta los re-  apartadas de nuestra región,
             veintidós. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de Relación directa y regular. Traslado. Al primer y
               ocupación, cédula de identidad nº 18.334.704-7, domiciliada en Callejón Los Laureles S/N, sector Codegua,
           Trece de abril de dos mil veintitrés                                              cursos de forma equitativa.  que merecen un equipamien-
             segundo otrosí: Traslado. Al tercer otrosí: téngase por acompañado documentos, incorpórese jurídicamente en la
           11:57 UTC-4
               comuna de Chimbarongo, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, respecto de los hijos MAXIMILIANO DAMIAN
             audiencia respectiva. Al cuarto y quinto otrosí: téngase presente patrocinio y poder, y forma de notificación, sólo    No  nos  olvidemos  que  mu-  to que esté a la altura de la
               GÓMEZ CELIS, cédula de identidad Nº 26.702.075-2 y ELIZABETH JESSENIA GÓMEZ CELIS cédula de identidad Nº
               23.596.137-7, bajo el Cuidado Personal de su madre. PROVEIDO: San Fernando, once de octubre de dos mil
             respecto de las resoluciones contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968 que no deban practicarse por el   chas compañías de Bombe-  labor que desempeñan”, sos-
               veintidós. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de Relación directa y regular. Traslado. Al primer y
             estado diario. RESOLUCION: San Fernando, seis de abril de dos mil veintitrés. Como se pide, estese a lo que se
               segundo otrosí: Traslado. Al tercer otrosí: téngase por acompañado documentos, incorpórese jurídicamente en la
             resolverá.                                                                      ros, sobre todo en regiones,  tuvo el diputado Cornejo.
               audiencia respectiva. Al cuarto y quinto otrosí: téngase presente patrocinio y poder, y forma de notificación, sólo
             Se cita a audiencia preparatoria para el día 30 de mayo de 2023 a las 11:15 horas en sala virtual (Sala N° 3), la
               respecto de las resoluciones contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968 que no deban practicarse por el
               estado diario. RESOLUCION: San Fernando, seis de abril de dos mil veintitrés. Como se pide, estese a lo que se
             que se celebrará con quienes asistan afectando a los que no concurran, todas las resoluciones que se dicten en
               resolverá.
             ella sin ulterior notificación. Se apercibe a la parte demandante, que de no concurrir el día y hora fijados O DE   FFRENCH-DAVIS LTDA
               Se cita a audiencia preparatoria para el día 30 de mayo de 2023 a las 11:15 horas en sala virtual (Sala N° 3), la
             SOLICITAR NUEVA FECHA Y HORA, se entenderá como falta de interés en el litigio y la causa se podrá abandonar
               que se celebrará con quienes asistan afectando a los que no concurran, todas las resoluciones que se dicten en
             de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.968. Las partes podrán comparecer a través de   PROPIEDADES
               ella sin ulterior notificación. Se apercibe a la parte demandante, que de no concurrir el día y hora fijados O DE
             videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el link respectivo para proceder a la conexión es el siguiente:
               SOLICITAR NUEVA FECHA Y HORA, se entenderá como falta de interés en el litigio y la causa se podrá abandonar
               de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.968. Las partes podrán comparecer a través de
             https://zoom.us/j/94387432440 ID de reunión: 943 8743 2440 Código de acceso: 755992. San Fernando, 13
               videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el link respectivo para proceder a la conexión es el siguiente:
             de abril de 2023. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.            CHILLAN 502 OF 21
               https://zoom.us/j/94387432440 ID de reunión: 943 8743 2440 Código de acceso: 755992. San Fernando, 13         FRANCISCO
               de abril de 2023. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.       25-26-27-230424201-02-03  SAN FERNANDO   BECERRA
         Boris Mauricio Ortega Suazo                                                               (72) 2710531 –           Empastes de libros,
            Boris Mauricio Ortega Suazo
         Jefe Unidad                                                                               (9) 93334045
            Jefe Unidad                                                                                                          tesis, otros
         PJUD                                                                                 sanfernando@buscopropiedad.cl
            PJUD
            Trece de abril de dos mil veintitrés
         Trece de abril de dos mil veintitrés                       Este documento tiene firma electrónica                    Llamar al
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                                                                    Código: EESMXEXFFSS                                     989559788
                                                                                                  EXPERIENCIA
                                                                   Este documento tiene firma electrónica
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