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Viernes 9 de Septiembre de 2022 - Página 5


                                                                                RIT : C-667-2019        CHÁVEZ/SOTO             F. Ing.: 12/07/2019
            INDAP y BancoEstado llevan adelante la iniciativa                   RUC: 19- 2-1437648-5    Proc.: Ordinario        Forma Inicio: Demanda
           Educación financiera                                                   Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-667-2019, RUC: 19-2-1437648-5, caratulada CHÁVEZ/SOTO
                                                                                                           EXTRACTO NOTIFICACIÓN

                                                                                  por Alimentos Menores, por resolución de fecha 25 de agosto de 2022, se ha ordenado notificar de conformidad
             dirigida a pequeños                                                  a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, por avisos en el Diario VI Región, por ser un
                                                                                  Diario del lugar donde se sigue el Juicio y que también corresponde al de la Capital de la Provincia de Colchagua
                                                                                  DEMANDA: a doña MARÍA JESÚS SOTO CARO, C.I. 17.127.797-3, demanda por Alimentos Menores ingresada
                                                                                  en este Tribunal el 12 de julio del 2019, interpuesta por don ANTONIO ISAAC CHAVEZ TORRES, al siguiente
                                                                                  tenor: En lo principal, Demanda de Alimentos Menores, primer otrosí: acompaña documentos, segundo otrosí:
                        agricultores                                              solicita Alimentos Provisorios; tercer otrosí, beneficio de asistencia judicial; cuarto otrosí: Patrocinio y Poder,
                                                                                  propone  forma   de  notificación.  S.J.   de  Familia.  ANTONIO   ISAAC  CHAVEZ   TORRES  deduce   demanda   de
                                                                                  alimentos menores en contra de la madre de mi hijo Brallan Issac Chavez Soto, doña  MARÍA JESÚS SOTO
                                                                                  CARO a fin de que se ordene por su S.S. concederla en todas sus partes condenando a la demandada al pago de
                                                                                  pensión de alimentos. PROVEÍDO San Fernando, trece de mayo del dos mil veintidós. Al escrito “solicitud que se
               Planificación, en-                                                 indica” se resuelve: A lo principal: Como se pide. Al otrosí: Como se pide, reprográmese la audiencia decreta en
                                                                                  autos y cítese a audiencia preparatoria para el día 19 de julio de 2022 a las 09:45 horas en sala virtual (Sala N°
        deudamiento, registro de                                                  3), la que se celebrará con quienes asistan afectando a los que no concurran, todas las resoluciones que se
        ingresos y gastos como ac-                                                dicten en ella sin ulterior notificación. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la ley
                                                                                  19.968. RESOLUCION 25 DE AGOSTO DE 2022: San Fernando, veinticuatro de agosto del dos mil veintidós. Al
        ciones permanentes para                                                   escrito “solicitud que se indica” se resuelve: A lo principal: como se pide, se reprograma la audiencia decretada
        visualizar  si sus  emprendi-                                             en autos y se cita a audiencia preparatoria para el día 08 de noviembre de 2022 a las 09.00 horas en sala virtual
                                                                                  (Sala N° 3), la que se celebrará con quienes asistan afectando a los que no concurran, todas las resoluciones que
        mientos son viables econó-                                                se dicten en ella sin ulterior notificación. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la ley
        micamente, fueron algunos                                                 19.968. La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). Para este objeto, las
        de los temas que un grupo                                                 partes (en caso de no tener asesoría letrada), los abogados y los programas deberán informar a este Tribunal una
                                                                                  dirección de correo electrónico para conectarse a la videoconferencia y un número telefónico (red fija o celular)
        de pequeños agricultores y                                                dentro de tercer día de notificada la presente resolución. El ID y el link respectivo para proceder a la conexión es
        agricultoras de Las Cabras                                                el siguiente:  https://zoom.us/j/99160638145  ID de reunión: 991 6063 8145 Código de acceso: 993718. Se
                                                                                  sugiere que las partes se conecten a la dirección señalada con una antelación de 10 minutos de la audiencia
        y Peumo abordaron en el                                                   fijada , para verificar técnicamente la correcta realización de la misma, más la acreditación y validación de la
        inicio del ciclo de charlas                                               identidad de los participantes. Debido a las características de cada causa, puede existir un retraso en el inicio de
                                                                                  la audiencia, razón por la cual las partes deberán esperar su comienzo dentro de la plataforma Zoom referida
        sobre educación financiera                                                anteriormente. Se advierte a las partes desde ya, que conforme lo dispuesto en el artículo 29 inciso 2 de la ley
        que INDAP y BancoEstado                                                   19.968, cuentan con plenas facultades para solicitar a los órganos, servicios públicos o terceras personas la
        implementarán en diferentes                                               respuesta a los oficios solicitados en la audiencia preparatoria que se celebre y que hayan sido admitidos por el
                                                                                  tribunal, a fin de que puedan ser presentados como medios de prueba en la audiencia del juicio. MINUTA DE
        regiones del país. El propó-                                              PRUEBAS   OFRECIDAS   Y   DILIGENCIAS   SOLICITADAS:   Como   forma   de   agilizar   la   tramitación,   favorecer   la
        sito de estos talleres es capa-                                           bilateralidad de la audiencia; se informa a las partes, que con una antelación de dos días hábiles a la fecha de
                                                                                  audiencia,   deberán   ingresar   a   la   carpeta   judicial   en   formato   PDF   EDITABLE,   una   minuta   que   contenga   la
        citar a productores y produc-                                             individualización de los medios de prueba a rendir en la audiencia de juicio. Dicha minuta, en los casos que
        toras agrícolas en asuntos                                                proceda, deberá consignar: Individualización  completa de los testigos (nombre, domicilio) Dirección, correo
        financieros básicos para que                                              electrónico   de   las   instituciones   a   las   que   se   solicite   oficios.   Si   se   trata   de   otras   causas;   indicar   la
                                                                                  resolución/escrito/informe,   que   la   parte   incorporará   bajo   su   responsabilidad   como   prueba   documental.
        utilicen de mejor forma las                                               INFORMACIÓN SOBRE ASISTENCIA O CONEXIÓN A LAS AUDIENCIAS. Los intervinientes que no puedan acceder a
        herramientas financieras.  del jefe de Operaciones (S)  do abordamos este tema lo   video conferencia, cuentan con la opción de concurrir personalmente al tribunal el día de la audiencia, siempre
                                                                                  que la normativa de la autoridad sanitaria lo permita y cumpliendo con las medidas de resguardo de la vida y
               El ciclo de charlas  de INDAP O’Higgins, Luis  hacemos pensando en quie-  salud establecidas por aquella. CAUSALES DE JUSTIFICACIÓN DE NO ASISTENCIA A AUDIENCIAS. Sin perjuicio de
        se enmarca en un convenio  Felipe Marambio.     nes serán nuestra audiencia   lo anterior, se tendrá por justificada la inasistencia a la audiencia y se reprogramará en los siguientes casos: a)
                                                                                  Cuando la persona considere que su comparecencia al Juzgado la puede poner en una situación de riesgo para
        de colaboración entre ambas     La jefa (S) de  y en tener un lenguaje cer-  su salud, no obstante, las medidas adoptadas por el Tribunal en ese sentido (mascarillas, guantes, control de
                                                                       RIT : C-667-2019
                                                                                                                      F. Ing.: 12/07/2019
                                                                                               CHÁVEZ/SOTO
        instituciones y contará con  Asistencia de INDAP, Mó-  cano, que nos puedan enten-  temperatura, distanciamiento social, etc.). b) Si la persona pertenece a la población de riesgo determinada como
                                                                                                                      Forma Inicio: Demanda
                                                                                               Proc.: Ordinario
                                                                       RUC: 19- 2-1437648-5
        la participación de profesio-  nica  Ketter  resaltó  que  la  der. Eso es importante: que   tal por la autoridad sanitaria respecto del COVID-19 (coronavirus) c) Si la persona tiene su domicilio dentro de
                                                                                  las comunas que han sido declaradas en cuarentena obligatoria por la autoridad sanitaria. La parte que se
        nales de la División Asisten-  implementación de estas  esta información quede, que   encuentre en alguna de las situaciones de las letras a), b) y c) deberá ponerlo en conocimiento del tribunal a más
                                                                         demandado deberá informar al Tribunal todo cambio de domicilio, de empleador y de lugar en que labore o
                                                                         preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido. El demandado que no
        cia Financiera de INDAP y  charlas busca entregar más  sea útil en el tiempo para que   tardar con un día de anticipación a la audiencia fijada, por cualquier medio idóneo (teléfono del tribunal,
                                                                                  whatsapp, Oficina Judicial Virtual (clave única del Estado). Si la persona interesada, que no cuente con medios
                                                                         dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias mensuales a
        de Banco Estado Microem-  y mejores herramientas y  cuando deban decidir, estén   RIT : C-667-2019  CHÁVEZ/SOTO         F. Ing.: 12/07/2019
                                                                         beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152. OBLIGACIÓN DE
                                                                                  para comparecer por video conferencia, no justifica su inasistencia, y no asiste al tribunal, la audiencia se
                                                                         LAS PARTES, DEMANDANTE Y DEMANDADO DE INFORMAR TELÉFONO, CORREO ELECTRÓNICO, WHATSAPP, COMO
                                                                                  realizará de igual forma, con la parte que asista, haciéndose efectivo el apercibimiento del art. 59 de la Ley
        presas. Las capitaciones  conocimientos a los pe-  informados, hagan las pre-  RUC: 19- 2-1437648-5  Proc.: Ordinario   Forma Inicio: Demanda
                                                                                      RIT : C-667-2019  23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más eficiente las notificaciones,
                                                                         FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART.
                                                                                                            CHÁVEZ/SOTO
                                                                                                                                  F. Ing.: 12/07/2019
                                                                                  19.968. OBLIGACIÓN DE DEMANDADO DE INFORMAR CAMBIO DE DOMICILIO Y FORMA DE NOTIFICACIÓN. El
        están dirigidas a pequeños  queños agricultores “Para  guntas correctas y busquen   demandado deberá informar al Tribunal todo cambio de domicilio, de empleador y de lugar en que labore o
                                                                         disminuir recarga a Carabineros de
                                                                                      RUC: 19- 2-1437648-5
                                                                                                                                  Forma Inicio: Demanda
                                                                                                            Proc.: Ordinario
                                                                         Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios de notificación alternativos; y en el evento de no hacerlo, las
        agricultores y agricultoras  que administren mejor sus  lo más conveniente para   preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido. El demandado que no
                                                                         restantes notificaciones, en los casos que corresponda, simplemente se efectuarán por el estado diario que se
                                                                                  dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias mensuales a
        que  participan  del  Progra-  recursos, poder invertir y  ellos”.  publica en el tribunal. Esta obligación deberá cumplirse al momento de efectuar cualquier presentación en la  Este documento tiene firma electrónica
                                                                                        demandado deberá informar al Tribunal todo cambio de domicilio, de empleador y de lugar en que labore o
                                                                                                                                         y su original puede ser validado en
                                                                                  beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152. OBLIGACIÓN DE
                                                                                                                                         http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                        preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido. El demandado que no
        ma de Desarrollo Local  desarrollar sus proyectos”.     En el transcurso   LAS PARTES, DEMANDANTE Y DEMANDADO DE INFORMAR TELÉFONO, CORREO ELECTRÓNICO, WHATSAPP, COMO   a
                                                                         causa.   RESPECTO   DE   LA   DESIGNACIÓN   DE   ABOGADO   A   LA   PARTE   DEMANDADA.   Habiéndose   efectuado
                                                                                        dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias mensuales
                                                                         designación de abogado a la parte demandada en su oportunidad, se insta a la parte demandada que deberá
                                                                                                                                         Código: HRTEXBDXMLD
        (Prodesal) y del Programa  Ketter agregó que “Nuestros  de esta primera charla tam-  FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART. 23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más eficiente las notificaciones,
                                                                                        beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152. OBLIGACIÓN DE
                                                                         ponerse en contacto con su abogado designado, a fin de que pueda ejercer, si estima pertinente, su derecho a
                                                                                        LAS PARTES, DEMANDANTE Y DEMANDADO DE INFORMAR TELÉFONO, CORREO ELECTRÓNICO, WHATSAPP, COMO
        de Desarrollo Territorial  usuarios tienen que desa-  bién hubo espacio para un   disminuir recarga a Carabineros de
                                                                         contestar la demanda y/o demandar reconvencionalmente en forma escrita, teniendo presente que ésta debe
                                                                                  Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios de notificación alternativos; y en el evento de no hacerlo, las
                                                                                        FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART. 23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más eficiente las notificaciones,
                                                                         estar a lo menos con 5 días de anticipación  a la fecha
                                                                                        disminuir recarga a Carabineros de  de la audiencia que se fije en su oportunidad, o
        Indígena (PDTI), dos de los  rrollar esa capacidad: saber  espacio de conversación en   restantes notificaciones, en los casos que corresponda, simplemente se efectuarán por el estado diario que se
                                                                         excepcionalmente en forma verbal dentro del mismo plazo, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la ley
                                                                                        Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios de notificación alternativos; y en el evento de no hacerlo, las
        principales instrumentos a  invertir, dónde y con quién  el que los profesionales y di-  publica en el tribunal. Esta obligación deberá cumplirse al momento de efectuar cualquier presentación en la
                                                                         19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE SAN FERNANDO. Se hace presente a
                                                                                  causa.   RESPECTO   DE   LA   DESIGNACIÓN   DE   ABOGADO   A   LA   PARTE   DEMANDADA.   Habiéndose   efectuado
                                                                                        restantes notificaciones, en los casos que corresponda, simplemente se efectuarán por el estado diario que se
        través de los que INDAP  invertir, conocer cuáles son  rectivos dieron respuestas a   designación de abogado a la parte demandada en su oportunidad, se insta a la parte demandada que deberá
                                                                                        publica en el tribunal. Esta obligación deberá cumplirse al momento de efectuar cualquier presentación en la
                                                                         las partes la siguiente información para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San
                                                                                        causa.   RESPECTO   DE   LA   DESIGNACIÓN   DE   ABOGADO   A   LA   PARTE   DEMANDADA.   Habiéndose   efectuado
                                                                         Fernando, Whatsapp +569 3942 0388; Email: corporacionjudicial1@gmail.com; Horario de atención: Lunes a
        entrega asesoría y fomento  sus mejores posibilidades en  diversas consultas e inquie-  ponerse en contacto con su abogado designado, a fin de que pueda ejercer, si estima pertinente, su derecho a
                                                                                        designación de abogado a la parte demandada en su oportunidad, se insta a la parte demandada que deberá
                                                                         viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00 hrs y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla,
                                                                                  contestar la demanda y/o demandar reconvencionalmente en forma escrita, teniendo presente que ésta debe
        a la pequeña agricultura del  la banca para elegir su mejor  tudes de los productores.  estar a lo menos con 5 días de anticipación  a la fecha de la audiencia que se fije en su oportunidad, o
                                                                                        ponerse en contacto con su abogado designado, a fin de que pueda ejercer, si estima pertinente, su derecho a
                                                                         Nancagua, Chimbarongo. INFORMACIÓN RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el
                                                                                        contestar la demanda y/o demandar reconvencionalmente en forma escrita, teniendo presente que ésta debe
                                                                         poder por parte del abogado patrocinante, especialmente en período de excepción constitucional por Pandemia
        país.                   opción financiera”.            María   Miranda    excepcionalmente en forma verbal dentro del mismo plazo, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la ley
                                                                                        estar a lo menos con 5 días de anticipación  a la fecha de la audiencia que se fije en su oportunidad, o
                                                                         derivada por propagación de COVID 19, dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar
               En esta primera         Carmen Díaz, de   vive en el sector La Ceba-  19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE SAN FERNANDO. Se hace presente a
                                                                                        excepcionalmente en forma verbal dentro del mismo plazo, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la ley
                                                                         previamente, que el profesional a quien se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer
                                                                                  las partes la siguiente información para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San
                                                                                        19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE SAN FERNANDO. Se hace presente a
                                                                         en   juicio.   INFORMACIÓN   SOBRE   FORMAS  DE  ATENCIÓN   ALTERNATIVAS   DEL   TRIBUNAL   DE   FAMILIA   DE   SAN
        jornada participaron cerca  Banco Estado Microem-  da, en Las Cabras; es flori-  Fernando, Whatsapp +569 3942 0388; Email: corporacionjudicial1@gmail.com; Horario de atención: Lunes a
                                                                                        las partes la siguiente información para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San
                                                                         FERNANDO:   Plataforma:   Canal   Digital   PJUD   A   través   del   enlace:  https://conecta.pjud.cl/  Mediante   Correo
                                                                                        Fernando, Whatsapp +569 3942 0388; Email: corporacionjudicial1@gmail.com; Horario de atención: Lunes
        de 30 productores y produc-  presas O’Higgins destacó  cultora y cultiva tulipanes,   viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00 hrs y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla,   a
                                                                         electrónico del Tribunal (solo para remitir escritos) jfsanfernando@pjud.cl INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA
                                                                                        viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00 hrs y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla,
                                                                                  Nancagua, Chimbarongo. INFORMACIÓN RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el
        toras agrícolas de las comu-  la participación de los agri-  liliums y gladiolos, entre   poder por parte del abogado patrocinante, especialmente en período de excepción constitucional por Pandemia
                                                                         JUDICIAL VIRTUAL (OJV). Se instruye a las partes, que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave
                                                                                        Nancagua, Chimbarongo. INFORMACIÓN RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el
                                                                         Única   del   Estado,   proporcionada   y   administrada   por   el   Servicio   de   Registro   Civil   e   Identificación.   Las
                                                                                        poder por parte del abogado patrocinante, especialmente en período de excepción constitucional por Pandemia
        nas de Peumo y Las Cabras  cultores y agricultoras y el  otras flores. Valoró la infor-  derivada por propagación de COVID 19, dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar
                                                                         presentaciones efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual, se entenderán suscritas por el usuario que las
                                                                                        derivada por propagación de COVID 19, dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar
                                                                                  previamente, que el profesional a quien se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer
        que reciben asistencias y  interés mostrado por los  mación recibida y destacó la   en   juicio.   INFORMACIÓN   SOBRE   FORMAS  DE  ATENCIÓN   ALTERNATIVAS   DEL   TRIBUNAL   DE   FAMILIA   DE   SAN
                                                                         remite, sin necesidad de contener su firma manuscrita material. Al otrosí: Téngase presente. NOTIFICACIÓN DE
                                                                                        previamente, que el profesional a quien se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer
                                                                         LAS   PARTES.   Notifíquese   a   la   parte   demandante,   por   intermedio   de   su   abogado,   vía   correo   electrónico.
                                                                                        en   juicio.   INFORMACIÓN   SOBRE   FORMAS  DE  ATENCIÓN   ALTERNATIVAS   DEL   TRIBUNAL   DE   FAMILIA   DE   SAN
        apoyos del Prodesal, quienes  asistentes: “Eso quedó de  utilidad  de  saber  sobre  los   FERNANDO:   Plataforma:   Canal   Digital   PJUD   A   través   del   enlace:  https://conecta.pjud.cl/  Mediante   Correo
                                                                                        FERNANDO:   Plataforma:   Canal   Digital   PJUD   A   través   del   enlace:  https://conecta.pjud.cl/  Mediante   Correo
                                                                         NOTIFÍQUESE A LA DEMANDADA la demanda y sus proveídos, doña MARÍA JESÚS SOTO CARO, RUN. 17127797-3,
        escucharon las exposicio-  manifiesto en las consultas  costos asociados al solicitar   electrónico del Tribunal (solo para remitir escritos) jfsanfernando@pjud.cl INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA
                                                                         POR AVISOS en el Diario VI Región y en el Diario Oficial, debiendo confeccionarse el correspondiente extracto por
                                                                                        electrónico del Tribunal (solo para remitir escritos) jfsanfernando@pjud.cl INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA
                                                                                  JUDICIAL VIRTUAL (OJV). Se instruye a las partes, que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave
                                                                                        JUDICIAL VIRTUAL (OJV). Se instruye a las partes, que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave
                                                                         el Ministro de Fe del Tribunal. Siendo responsabilidad de la parte demandante realizar las gestiones pertinentes
        nes de Carmen Díaz, jefa  que plantearon, preguntas  un crédito, llevar un registro   Única   del   Estado,   proporcionada   y   administrada   por   el   Servicio   de   Registro   Civil   e   Identificación.   Las
                                                                                        Única   del   Estado,   proporcionada   y   administrada   por   el   Servicio   de   Registro   Civil   e   Identificación.   Las
                                                                         para efectuar las publicaciones ordenadas en autos para la realización de la notificación dentro de los plazos
                                                                                  presentaciones efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual, se entenderán suscritas por el usuario que las
        comercial regional  de  Ban-  atingentes, el interés ma-  de ingresos y egresos. anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante, que de no concurrir el día y hora fijados, se entenderá
                                                                                        presentaciones efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual, se entenderán suscritas por el usuario que las
                                                                                  remite, sin necesidad de contener su firma manuscrita material. Al otrosí: Téngase presente. NOTIFICACIÓN DE
                                                                                        remite, sin necesidad de contener su firma manuscrita material. Al otrosí: Téngase presente. NOTIFICACIÓN DE
                                                                         como falta de interés en el litigio y la causa se podrá abandonar de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo
        coEstado Micro Empresas;  nifestado  al llegar acá  a     Rigoberto Zúñiga   LAS   PARTES.   Notifíquese   a   la   parte   demandante,   por   intermedio   de   su   abogado,   vía   correo   electrónico.
                                                                                        LAS   PARTES.   Notifíquese   a   la   parte   demandante,   por   intermedio   de   su   abogado,   vía   correo   electrónico.
                                                                         13 de la ley 19.968. OBLIGACIÓN DIRIGIDA AL PERSONAL A CARGO DE LA NOTIFICACIÓN. Conjuntamente con la
        de la jefa (S) de la División  tiempo, en participar y en la  es un pequeño agricultor de   NOTIFÍQUESE A LA DEMANDADA la demanda y sus proveídos, doña MARÍA JESÚS SOTO CARO, RUN. 17127797-3,
                                                                                        NOTIFÍQUESE A LA DEMANDADA la demanda y sus proveídos, doña MARÍA JESÚS SOTO CARO, RUN. 17127797-3,
                                                                         notificación decretada, se deberá solicitar a la parte demandada algún medio tecnológico de notificación (Correo
                                                                                        POR AVISOS en el Diario VI Región y en el Diario Oficial, debiendo confeccionarse el correspondiente extracto por
        de Asistencia Financiera de  atención que pusieron”. La  Peumo que produce planti-  POR AVISOS en el Diario VI Región y en el Diario Oficial, debiendo confeccionarse el correspondiente extracto por
                                                                         electrónico o teléfono), para futuras notificaciones, de acuerdo lo dispuesto en el art. 23 de la Ley 19.968,
                                                                                        el Ministro de Fe del Tribunal. Siendo responsabilidad de la parte demandante realizar las gestiones pertinentes
                                                                                  el Ministro de Fe del Tribunal. Siendo responsabilidad de la parte demandante realizar las gestiones pertinentes
                                                                         bajo apercibimiento de efectuar futuras notificaciones por estado diario. En virtud de lo dispuesto en el artículo
        INDAP, Mónica Ketter; y  ejecutiva agregó que “Cuan-  nes y almácigos con semi-  para efectuar las publicaciones ordenadas en autos para la realización de la notificación dentro de los plazos
                                                                                        para efectuar las publicaciones ordenadas en autos para la realización de la notificación dentro de los plazos
                                                                         11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las comunicaciones entre el Poder Judicial y las
                                                                                        anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante, que de no concurrir el día y hora fijados, se entenderá
                                                        llas  certificadas  de  frutales   anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante, que de no concurrir el día y hora fijados, se entenderá
                                                                         instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad de cada institución mantener actualizado
                                                                                  como falta de interés en el litigio y la causa se podrá abandonar de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo
                                                                                        como falta de interés en el litigio y la causa se podrá abandonar de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo
                                                                         dicho correo electrónico. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor.
                                                        y hortalizas. Consultado   13 de la ley 19.968. OBLIGACIÓN DIRIGIDA AL PERSONAL A CARGO DE LA NOTIFICACIÓN. Conjuntamente con la
                                                                                        13 de la ley 19.968. OBLIGACIÓN DIRIGIDA AL PERSONAL A CARGO DE LA NOTIFICACIÓN. Conjuntamente con la
                                                                                        notificación decretada, se deberá solicitar a la parte demandada algún medio tecnológico de notificación (Correo
                                                                         Firma Juez que encabeza el pie de firma digital. San Fernando, 31 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de
                                                        por la jornada declara estar   notificación decretada, se deberá solicitar a la parte demandada algún medio tecnológico de notificación (Correo
                                                                                        electrónico o teléfono), para futuras notificaciones, de acuerdo lo dispuesto en el art. 23 de la Ley 19.968,
                                                                         Familia de San Fernando.
                                                                                  electrónico o teléfono), para futuras notificaciones, de acuerdo lo dispuesto en el art. 23 de la Ley 19.968,
                                                                                        bajo apercibimiento de efectuar futuras notificaciones por estado diario. En virtud de lo dispuesto en el artículo
                                                        “Feliz, porque sirve mucho.   bajo apercibimiento de efectuar futuras notificaciones por estado diario. En virtud de lo dispuesto en el artículo
                                                                                        11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las comunicaciones entre el Poder Judicial y las
                                                        A esta edad uno se complica   11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las comunicaciones entre el Poder Judicial y las
                                                                                        instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad de cada institución mantener actualizado
                                                                                  instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad de cada institución mantener actualizado
                                                                                        dicho correo electrónico. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor.
                                                        la vida para pensar en estas   dicho correo electrónico. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor.
                                                                                        Firma Juez que encabeza el pie de firma digital. San Fernando, 31 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de
                                                                      Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                        cosas, por eso sirve harto y   Firma Juez que encabeza el pie de firma digital. San Fernando, 31 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de
                                                                                        Familia de San Fernando.
                                                                      Jefe Unidad
                                                        es muy bueno”.  PJUD      Familia de San Fernando.                                            7-8-9-220906301-02-03
                                                               El ciclo continuará
                                                                      Treinta y uno de agosto de dos mil veintidós
                                                                      18:33 UTC-4
                                                        el 13 de septiembre en San   Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                        Vicente de Tagua Tagua   Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                                                     Jefe Unidad
                                                                                     PJUD
                                                        (O’Higgins), Quillota (Val-  Jefe Unidad
                                                        paraíso) el 28 de septiem-  PJUD  Treinta y uno de agosto de dos mil veintidós
                                                                                     18:33 UTC-4
                                                                                Treinta y uno de agosto de dos mil veintidós
                                                        bre; también, se desarrolla-  18:33 UTC-4
                                                        rán jornadas en la Región                                               Este documento tiene firma electrónica
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                                                        (Maule).                                                                Código: HRTEXBDXMLD
                                                                                                                                           Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                                                                           http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                         Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                                                                         Código: HRTEXBDXMLD
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