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Miércoles 5 de Octubre de 2022 - Página 9
RIT : C-1039-2021
RIT : C-1039-2021 ARRIETA/ARRIETA F. Ing.: 11/11/2021
ARRIETA/ARRIETA
F. Ing.: 11/11/2021
RUC: 21- 2-2625979-9
Proc.: Ordinario
Forma Inicio: Demanda
RUC: 21- 2-2625979-9 Proc.: Ordinario Forma Inicio: Demanda
NOTIFICACIÓN
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-1039-2021, RUC: 21-2-2625979-9, caratulada
Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-1039-2021, RUC: 21-2-2625979-9, caratulada
ARRIETA/ARRIETA por cese de alimentos, por resolución de fecha 10 de agosto de 2022, se ha ordenado
ARRIETA/ARRIETA por cese de alimentos, por resolución de fecha 10 de agosto de 2022, se ha ordenado
notificar de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su
notificar de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su
proveído y la presente resolución mediante avisos en el Diario VI Región y en el Diario Oficial, DEMANDA: A don
proveído y la presente resolución mediante avisos en el Diario VI Región y en el Diario Oficial, DEMANDA: A don
IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, C.I. 19.494.130-7, demanda por cese de alimentos ingresada en este
IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, C.I. 19.494.130-7, demanda por cese de alimentos ingresada en este
Tribunal el 11 de noviembre del 2021, interpuesta por don JORGE RAÚL ARRIETA SARAVIA, C.I. 6.887.004-6,
Tribunal el 11 de noviembre del 2021, interpuesta por don JORGE RAÚL ARRIETA SARAVIA, C.I. 6.887.004-6,
al siguiente tenor: EN LO PRINCIPAL: Demanda de cese de alimentos; PRIMER OTROSÍ: Solicita cese provisorio;
al siguiente tenor: EN LO PRINCIPAL: Demanda de cese de alimentos; PRIMER OTROSÍ: Solicita cese provisorio;
SEGUNDO OTROSÍ: solicitud que indica; TERCER OTROSÍ: acompaña documento; CUARTO OTROSÍ: Forma de
SEGUNDO OTROSÍ: solicitud que indica; TERCER OTROSÍ: acompaña documento; CUARTO OTROSÍ: Forma de
notificación; QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. S.J. de Familia JORGE RAÚL ARRIETA SARAVIA, C.I. 6.887.004-
notificación; QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. S.J. de Familia JORGE RAÚL ARRIETA SARAVIA, C.I. 6.887.004-
6, con domicilio en Población Pampa Nueva Sur, Bernardino Guerra N° 0214, comuna de Arica, a S.S. Que vengo
6, con domicilio en Población Pampa Nueva Sur, Bernardino Guerra N° 0214, comuna de Arica, a S.S. Que vengo
en interponer demanda de cese de alimentos, en contra de don IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, chileno,
en interponer demanda de cese de alimentos, en contra de don IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, chileno,
ignoro profesión u oficio, cédula nacional de identidad N° 19.494.130-7, con domicilio en Villa Los Cantaros,
ignoro profesión u oficio, cédula nacional de identidad N° 19.494.130-7, con domicilio en Villa Los Cantaros,
Pasaje Las Araucarias 29, Comuna de San Fernando, Región de O´Higgins. PROVEIDO: San Fernando,
Pasaje Las Araucarias 29, Comuna de San Fernando, Región de O´Higgins. PROVEIDO: San Fernando,
veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. A LO PRINCIPAL: Por interpuesta demanda de cese de alimentos.
veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. A LO PRINCIPAL: Por interpuesta demanda de cese de alimentos.
Traslado. AL PRIMER OTROSÍ: Traslado. AL SEGUNDO OTROSÍ: Como se pide. AL TERCER OTROSÍ: Téngase por
Traslado. AL PRIMER OTROSÍ: Traslado. AL SEGUNDO OTROSÍ: Como se pide. AL TERCER OTROSÍ: Téngase por
Región de O´Higgins acompañado. Incorpórese jurídicamente en la oportunidad procesal respectiva. AL CUARTO OTROSÍ: Téngase
acompañado. Incorpórese jurídicamente en la oportunidad procesal respectiva. AL CUARTO OTROSÍ: Téngase
presente forma de notificación, sólo respecto de las resoluciones contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968
presente forma de notificación, sólo respecto de las resoluciones contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968
Abiertas postulaciones a que no deban practicarse por el estado diario. AL QUINTO OTROSÍ: Téngase presente el patrocinio y poder.
que no deban practicarse por el estado diario. AL QUINTO OTROSÍ: Téngase presente el patrocinio y poder.
RESOLUCION: San Fernando, nueve de agosto del dos mil veintidós. EL TRIBUNAL RESUELVE LO SIGUIENTE: Vistos
RESOLUCION: San Fernando, nueve de agosto del dos mil veintidós. EL TRIBUNAL RESUELVE LO SIGUIENTE: Vistos
y oído: Advirtiendo el tribunal que al día de hoy y habiéndose realizado diferentes gestiones por parte del
y oído: Advirtiendo el tribunal que al día de hoy y habiéndose realizado diferentes gestiones por parte del
abogado de la parte demandante, la parte demandada no se encuentra emplazada del presente juicio. Teniendo
recursos FNDR que permitirán abogado de la parte demandante, la parte demandada no se encuentra emplazada del presente juicio. Teniendo
en consideración la petición formulada en audiencia por el abogado demandante y en virtud de las facultades
en consideración la petición formulada en audiencia por el abogado demandante y en virtud de las facultades
que otorga el art. 11 de la Ley 19.968, se suspende la presente audiencia preparatoria y se fija para su
que otorga el art. 11 de la Ley 19.968, se suspende la presente audiencia preparatoria y se fija para su
continuación, para del día 20 de Octubre de 2022, a las 09:45 horas, sala 1, bajo apercibimiento del artículo 21,
continuación, para del día 20 de Octubre de 2022, a las 09:45 horas, sala 1, bajo apercibimiento del artículo 21,
inciso 1º y 59 de la Ley 19.968. Bajo apercibimiento del artículo 59 de la Ley 19.968, esto es, que en caso que
potenciar actividad minera a inciso 1º y 59 de la Ley 19.968. Bajo apercibimiento del artículo 59 de la Ley 19.968, esto es, que en caso que
no concurra cualquiera de las partes, se entenderán notificados de todo lo que se resuelva en dicha audiencia. La
no concurra cualquiera de las partes, se entenderán notificados de todo lo que se resuelva en dicha audiencia. La
audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el link respectivo para
audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el link respectivo para
proceder a la conexión es el siguiente: Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/91427352471 ID de reunión:
pequeña escala proceder a la conexión es el siguiente: Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/91427352471 ID de reunión:
914 2735 2471 Código de acceso: 869163 Se sugiere que las partes se conecten a la dirección señalada con una
914 2735 2471 Código de acceso: 869163 Se sugiere que las partes se conecten a la dirección señalada con una
antelación de 10 minutos de la audiencia fijada, para verificar técnicamente la correcta realización de la misma,
antelación de 10 minutos de la audiencia fijada, para verificar técnicamente la correcta realización de la misma,
más la acreditación y validación de la identidad de los participantes. Debido a las características de cada causa,
más la acreditación y validación de la identidad de los participantes. Debido a las características de cada causa,
puede existir un retraso en el inicio de la audiencia, razón por la cual las partes deberán esperar su comienzo
puede existir un retraso en el inicio de la audiencia, razón por la cual las partes deberán esperar su comienzo
dentro de la plataforma Zoom referida anteriormente. Información sobre asistencia o conexión a las audiencias.
Los intervinientes que no puedan acceder a video conferencia, cuentan con la opción de concurrir personalmente
Más de 129 millo- tividad, competitividad, que se concentran en Pele- dentro de la plataforma Zoom referida anteriormente. Información sobre asistencia o conexión a las audiencias.
Los intervinientes que no puedan acceder a video conferencia, cuentan con la opción de concurrir personalmente
al tribunal el día de la audiencia, siempre que la normativa de la autoridad sanitaria lo permita y cumpliendo con
nes de pesos forman parte seguridad y estabilidad de quén, comuna de Malloa, al tribunal el día de la audiencia, siempre que la normativa de la autoridad sanitaria lo permita y cumpliendo con
las medidas de resguardo de la vida y salud establecidas por aquella. Causales de justificación de no asistencia a
audiencias Sin perjuicio de lo anterior, se tendrá por justificada la inasistencia a la audiencia y se reprogramará
del “Fondo de Implemen- sus asociados. Las postu- Coltauco y Placilla, y que las medidas de resguardo de la vida y salud establecidas por aquella. Causales de justificación de no asistencia a
audiencias Sin perjuicio de lo anterior, se tendrá por justificada la inasistencia a la audiencia y se reprogramará
en los siguientes casos: a.- Cuando la persona considere que su comparecencia al Juzgado la puede poner en
tación para el Fortaleci- laciones a este fondo están cumplen con la normativa en los siguientes casos: a.- Cuando la persona considere que su comparecencia al Juzgado la puede poner en
una situación de riesgo para su salud, no obstante, las medidas adoptadas por el Tribunal en ese sentido
(mascarillas, guantes, control de temperatura, distanciamiento social, etc.). b.- Si la persona pertenece a la
miento de la Productividad abiertas hasta el próximo vigente y cuentan con los una situación de riesgo para su salud, no obstante, las medidas adoptadas por el Tribunal en ese sentido
población de riesgo determinada como tal por la autoridad sanitaria respecto del COVID-19 (coronavirus) c.- Si
(mascarillas, guantes, control de temperatura, distanciamiento social, etc.). b.- Si la persona pertenece a la
2022”, del Fondo Nacional viernes 7 de octubre”, ma- respectivos permisos del población de riesgo determinada como tal por la autoridad sanitaria respecto del COVID-19 (coronavirus) c.- Si
la persona tiene su domicilio dentro de las comunas que han sido declaradas en cuarentena obligatoria por la
autoridad sanitaria. La parte que se encuentre en alguna de las situaciones de las letras a), b) y c) deberá ponerlo
de Desarrollo Regional nifestó la máxima autori- Servicio Nacional de Geo- la persona tiene su domicilio dentro de las comunas que han sido declaradas en cuarentena obligatoria por la
en conocimiento del tribunal a más tardar con un día de anticipación a la audiencia fijada, por cualquier medio
autoridad sanitaria. La parte que se encuentre en alguna de las situaciones de las letras a), b) y c) deberá ponerlo
(FNDR), destinado a la dad regional. logía y Minería, Sernageo- en conocimiento del tribunal a más tardar con un día de anticipación a la audiencia fijada, por cualquier medio
idóneo. Existe plataforma digital ZOOM de atención, a la que se podrá acceder mediante https://conecta.pjud.cl/
Mediante Correo electrónico del Tribunal, solo remisión de escritos. jfsanfernando@pjud.cl Oficina Judicial
comunidad de la pequeña La seremi Bár- min. RIT : C-1039-2021 idóneo. Existe plataforma digital ZOOM de atención, a la que se podrá acceder mediante https://conecta.pjud.cl/
Mediante Correo electrónico del Tribunal, solo remisión de escritos. jfsanfernando@pjud.cl Oficina Judicial
Virtual (clave única del Estado). Si la persona interesada, que no cuente con medios para comparecer por video
ARRIETA/ARRIETA
F. Ing.: 11/11/2021
conferencia, no justifica su inasistencia, y no asiste al tribunal, la audiencia se realizará de igual forma, con la
minería de la Región de bara Gavia explicó que En tanto, la mi- Virtual (clave única del Estado). Si la persona interesada, que no cuente con medios para comparecer por video
Forma Inicio: Demanda
Proc.: Ordinario
RUC: 21- 2-2625979-9
parte que asista, haciéndose efectivo el apercibimiento del art. 59 de la Ley 19.968. MINUTA DE PRUEBAS
conferencia, no justifica su inasistencia, y no asiste al tribunal, la audiencia se realizará de igual forma, con la
O’Higgins, tanto metálica la comunidad minera, nería metálica a pequeña parte que asista, haciéndose efectivo el apercibimiento del art. 59 de la Ley 19.968. MINUTA DE PRUEBAS
OFRECIDAS Y DILIGENCIAS SOLICITADAS: Como forma de agilizar la tramitación, favorecer la bilateralidad de la
audiencia; se informa a las partes, que con una antelación de dos días hábiles a la fecha de audiencia, deberán
como no metálica. Así lo compuesta por personas escala es aquella activi- OFRECIDAS Y DILIGENCIAS SOLICITADAS: Como forma de agilizar la tramitación, favorecer la bilateralidad de la
de evitar dilaciones innecesarias en el proceso y tal como se refirió precedentemente, al momento de solicitar
ingresar a la carpeta judicial en formato PDF EDITABLE, una minuta que contenga la individualización de los
oficios como prueba, durante la oportunidad procesal correspondiente, se deberá indicar la individualización
audiencia; se informa a las partes, que con una antelación de dos días hábiles a la fecha de audiencia, deberán
dio a conocer la seremi del naturales o jurídicas, con- dad relacionada con la ingresar a la carpeta judicial en formato PDF EDITABLE, una minuta que contenga la individualización de los
medios de prueba a rendir en la audiencia de juicio. Dicha minuta, en los casos que proceda, deberá consignar:
completa de la entidad y correo electrónico pertinente; bajo apercibimiento de tener por rechazada la solicitud
Individualización completa de los testigos (nombre, domicilio) Dirección, correo electrónico de las instituciones a
de dichos oficios. Notifíquese al abogado que sea designado por el abogado jefe de la corporación de asistencia
ramo, Bárbara Gavia He- sistentes en productores explotación de sustancias medios de prueba a rendir en la audiencia de juicio. Dicha minuta, en los casos que proceda, deberá consignar:
las que se solicite oficios. Si se trata de otras causas; indicar la resolución/escrito/informe, que la parte
judicial (CAJ), realícese vía correo electrónico. Se apercibe desde ya a la parte demandada, que de no comparecer
Individualización completa de los testigos (nombre, domicilio) Dirección, correo electrónico de las instituciones a
rrera, quien explicó que es- individuales o asociativos, naturales de las cuales se RIT : C-1039-2021 ARRIETA/ARRIETA F. Ing.: 11/11/2021
incorporará bajo su responsabilidad como prueba documental.
a la próxima audiencia con su abogado designado o con algún abogado particular de su confianza, este tribunal
las que se solicite oficios. Si se trata de otras causas; indicar la resolución/escrito/informe, que la parte
Se hace presente a las partes que en atención a la emergencia sanitaria por la que atraviesa el país con ocasión
entenderá que renuncia al derecho de ser asesorado por abogado y la audiencia se celebrara de todas formas.
tos recursos corresponden puede postular proyectos puede extraer minerales RUC: 21- 2-2625979-9cia Judicial de San Fernando. Se hace presente a las partes la siguiente
incorporará bajo su responsabilidad como prueba documental.
ARRIETA/ARRIETA
RIT : C-1039-2021
F. Ing.: 11/11/2021
del Covid-19, este Tribunal no está despachando oficios por correspondencia. Por lo anterior y con la finalidad
Proc.: Ordinario
Forma Inicio: Demanda
Información atención Corporación Asisten
Se hace presente a las partes que en atención a la emergencia sanitaria por la que atraviesa el país con ocasión
al convenio de transferen- asociativos e individua- promediando hasta dos del Covid-19, este Tribunal no está despachando oficios por correspondencia. Por lo anterior y con la finalidad
Forma Inicio: Demanda
información para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp
RUC: 21- 2-2625979-9
Proc.: Ordinario
+569 3942 0388; Email: corporacionjudicial1@gmail.com ; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00
cia de capital para ejecutar les. En este último caso; mil toneladas métricas de evitar dilaciones innecesarias en el proceso y tal como se refirió precedentemente, al momento de solicitar
hrs. A 13:00 hrs y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla, Nancagua,
de evitar dilaciones innecesarias en el proceso y tal como se refirió precedentemente, al momento de solicitar
Este documento tiene firma electrónica
el programa “Transferen- el monto máximo a adju- secas (TMS) los últimos oficios como prueba, durante la oportunidad procesal correspondiente, se deberá indicar la individualización
Chimbarongo. Vistos
y su original puede ser validado en
completa de la entidad y correo electrónico pertinente; bajo apercibimiento de tener por rechazada la solicitud
oficios como prueba, durante la oportunidad procesal correspondiente, se deberá indicar la individualización
Este documento tiene firma electrónica
Que revisada la causa aparecen efectivamente ingentes y múltiples gestiones realizadas por la parte demandante
http://verificadoc.pjud.cl
cia y Fomento de la Peque- dicar será de $6.000.000; cuatro meses. En la región de dichos oficios. Notifíquese al abogado que sea designado por el abogado jefe de la corporación de asistencia
completa de la entidad y correo electrónico pertinente; bajo apercibimiento de tener por rechazada la solicitud
y su original puede ser validado en
don Jorge Arrieta Saravia a través de distintas gestiones receptor judicial, a través de carabineros de Chile, por
http://verificadoc.pjud.cl
de dichos oficios. Notifíquese al abogado que sea designado por el abogado jefe de la corporación de asis
judicial (CAJ), realícese vía correo electrónico. Se apercibe desde ya a la parte demandada, que de no comparecer tencia
Código: LFWDXBXWGMD
ña Minería”, que suscribie- mientras que para pro- de O’Higgins la minería a la próxima audiencia con su abogado designado o con algún abogado particular de su confianza, este tribunal
policía investigaciones de Chile, además de búsquedas, no habido éxitos en la notificación de la parte
judicial (CAJ), realícese vía correo electrónico. Se apercibe desde ya a la parte demandada, que de no comparecer
Código: LFWDXBXWGMD
demandada. Por tanto, estaríamos en la situación de hecho del artículo 54 del código procedimiento civil, que
ron el Gobierno Regional yectos asociativos será de metálica se concentra en entenderá que renuncia al derecho de ser asesorado por abogado y la audiencia se celebrara de todas formas.
a la próxima audiencia con su abogado designado o con algún abogado particular de su confianza, este tribunal
por remisión tendría que aplicarse en esta causa, en atención a que se han realizado ingentes gestiones para
entenderá que renuncia al derecho de ser asesorado por abogado y la audiencia se celebrara de todas formas.
Información atención Corporación Asistencia Judicial de San Fernando. Se hace presente a las partes la siguiente
de O’Higgins y la Subse- $14.000.000, incluido to- el Distrito Minero 55 de información para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp
intentar notificar a don Ignacio Andrés Arrieta Arenas y también teniendo presente la circunstancia que señala el
Información atención Corporación Asistencia Judicial de San Fernando. Se hace presente a las partes la siguiente
abogado en audiencia del día de hoy, en tanto que, la madre del demandado don Ignacio, concurrió a la localidad
cretaría de Minería. dos los impuestos en am- Chancón, en la comuna de +569 3942 0388; Email: corporacionjudicial1@gmail.com ; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00
información para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp
Arica, lugar donde encontraría la residencia de la parte demandante, cuestión que resulta paradójica en atención
+569 3942 0388; Email: corporacionjudicial1@gmail.com ; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00
hrs. A 13:00 hrs y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla, Nancagua,
a que el juicio se ventila en otra región, como la es de la comuna de San Fernando, sexta región, este
El Gobernador bos casos. Rancagua, aunque tam- Chimbarongo. Vistos hrs y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla, Nancagua,
hrs. A 13:00
antecedente da entender de manera no oficial, que la parte demandada si podría estar en conocimiento de la
Chimbarongo. Vistos
Regional, Pablo Silva El plazo de eje- bién hay faenas en Gra- Que revisada la causa aparecen efectivamente ingentes y múltiples gestiones realizadas por la parte demandante
demanda, no obstante ello es necesario practicar esta gestión del artículo 54 del código civil, a fin de cumplir
Que revisada la causa aparecen efectivamente ingentes y múltiples gestiones realizadas por la parte demandante
don Jorge Arrieta Saravia a través de distintas gestiones receptor judicial, a través de carabineros de Chile, por
con esta ritualidad de la primera gestión judicial emplazarla como en derecho corresponde. En razón de lo
Amaya, anunció que esta cución máxima de los neros, Pichidegua y otras policía investigaciones de Chile, además de búsquedas, no habido éxitos en la notificación de la parte
don Jorge Arrieta Saravia a través de distintas gestiones receptor judicial, a través de carabineros de Chile, por
anterior, es que se acoge la solicitud de la parte demandante y por lo tanto, se ordena notificar al demandado
policía investigaciones de Chile, además de búsquedas, no habido éxitos en la notificación de la
demandada. Por tanto, estaríamos en la situación de hecho del artículo 54 del código procedimiento civil, que parte
entrega de un subsidio proyectos seleccionados, comunas. don IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, RUN. 19.494.130-7, ya ingresado en la presente causa, de la demanda,
demandada. Por tanto, estaríamos en la situación de hecho del artículo 54 del código procedimiento civil, que
por remisión tendría que aplicarse en esta causa, en atención a que se han realizado ingentes gestiones para
su proveído y la presente resolución, mediante tres avisos en un diario de circulación nacional a elección de la
económico tiene como fin incluida la rendición res- Finalmente, Bár- intentar notificar a don Ignacio Andrés Arrieta Arenas y también teniendo presente la circunstancia que señala el
por remisión tendría que aplicarse en esta causa, en atención a que se han realizado ingentes gestiones para
parte demandante y un aviso en el diario oficial en la forma establecida en el inciso final del artículo 54 del
intentar notificar a don Ignacio Andrés Arrieta Arenas y también teniendo presente la circunstancia que señala el
mejorar la calidad de vida pectiva, deberá ser de tres bara Gavia señaló que en abogado en audiencia del día de hoy, en tanto que, la madre del demandado don Ignacio, concurrió a la localidad
código de procedimiento civil. Requiérase el extracto de la notificación ante el ministro de fe de este tribunal,
abogado en audiencia del día de hoy, en tanto que, la madre del demandado don Ignacio, concurrió a la localidad
Arica, lugar donde encontraría la residencia de la parte demandante, cuestión que resulta paradójica en atención
quién deberá confeccionarlo. Se hace presente a la parte demandante de autos, que deberá acompañar las
de los pequeñas mineras meses, para proyectos que caso de necesitar asesoría a que el juicio se ventila en otra región, como la es de la comuna de San Fernando, sexta región, este
Arica, lugar donde encontraría la residencia de la parte demandante, cuestión que resulta paradójica en atención
publicaciones con a lo menos cinco días de anticipación a la celebración de la audiencia preparatoria que se fije,
a que el juicio se ventila en otra región, como la es de la comuna de San Fernando, sexta región,
y mineros artesanales, la- comprenden adquisición técnica para preparar la antecedente da entender de manera no oficial, que la parte demandada si podría estar en conocimiento de la este
publicaciones a realizar por parte del demandante a su costa. Notifiques a la parte demandante a través de su
antecedente da entender de manera no oficial, que la parte demandada si podría estar en conocimiento de la
demanda, no obstante ello es necesario practicar esta gestión del artículo 54 del código civil, a fin de cumplir
abogado por correo electrónico.
jeros y salineros de O’Hi- de equipos, herramientas postulación y la elabora- con esta ritualidad de la primera gestión judicial emplazarla como en derecho corresponde. En razón de lo
demanda, no obstante ello es necesario practicar esta gestión del artículo 54 del código civil, a fin de cumplir
La parte demandante y su abogado quedan notificados de todo lo obrado, por el solo hecho de haber asistido a
con esta ritualidad de la primera gestión judicial emplazarla como en derecho corresponde. En razón de lo
ggins. “En nuestro nuevo y/o maquinarias nuevas, y ción de los proyectos, los anterior, es que se acoge la solicitud de la parte demandante y por lo tanto, se ordena notificar al demandado
esta audiencia y citadas a la audiencia fijada con el apercibimiento legal del art. 59 de la Ley 19.968.
anterior, es que se acoge la solicitud de la parte demandante y por lo tanto, se ordena notificar al demandado
don IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, RUN. 19.494.130-7, ya ingresado en la presente causa, de la demanda,
Dése copia simple del acta que se levanta de esta audiencia a las partes que lo soliciten. Dirigida por el Juez o la
Gobierno Regional esta- de cuatro meses, para los interesados en postular al su proveído y la presente resolución, mediante tres avisos en un diario de circulación nacional a elección de la
don IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, RUN. 19.494.130-7, ya ingresado en la presente causa, de la demanda,
Jueza del Juzgado de Familia de San Fernando que se individualiza en la imagen de firma electrónica estampada
su proveído y la presente resolución, mediante tres avisos en un diario de circulación nacional a elección de la
mos muy comprometidos proyectos de ejecución de Fondo de implementación parte demandante y un aviso en el diario oficial en la forma establecida en el inciso final del artículo 54 del
en la presente acta. San Fernando, 31 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
parte demandante y un aviso en el diario oficial en la forma establecida en el inciso final del artículo 54 del
código de procedimiento civil. Requiérase el extracto de la notificación ante el ministro de fe de este tribunal,
código de procedimiento civil. Requiérase el extracto de la notificación ante el ministro de fe de este tribunal,
con los pequeños mineros obras mineras. para el Fortalecimiento quién deberá confeccionarlo. Se hace presente a la parte demandante de autos, que deberá acompañar las
quién deberá confeccionarlo. Se hace presente a la parte demandante de autos, que deberá acompañar las
de O´Higgins. Este fondo Bárbara Gavia de la Productividad 2022, publicaciones con a lo menos cinco días de anticipación a la celebración de la audiencia preparatoria que se fije,
publicaciones con a lo menos cinco días de anticipación a la celebración de la audiencia preparatoria que se fije,
publicaciones a realizar por parte del demandante a su costa. Notifiques a la parte demandante a través de su
publicaciones a realizar por parte del demandante a su costa. Notifiques a la parte demandante a través de su
tiene como objetivo gene- explicó que la Minería no pueden contar con el apo- abogado por correo electrónico.
Boris Mauricio Ortega Suazo
abogado por correo electrónico.
Jefe Unidad
rar economías de escala a metálica comprende la ac- yo de los profesionales de La parte demandante y su abogado quedan notificados de todo lo obrado, por el solo hecho de haber asistido a
La parte demandante y su abogado quedan notificados de todo lo obrado, por el solo hecho de haber asistido a
esta audiencia y citadas a la audiencia fijada con el apercibimiento legal del art. 59 de la Ley 19.968.
PJUD
esta audiencia y citadas a la audiencia fijada con el apercibimiento legal del art. 59 de la Ley 19.968.
través del uso de innova- tividad desarrollada por la Seremi de Minería, en Dése copia simple del acta que se levanta de esta audiencia a las partes que lo soliciten. Dirigida por el Juez o la
Dése copia simple del acta que se levanta de esta audiencia a las partes que lo soliciten. Dirigida por el Juez o la
Treinta y uno de agosto de dos mil veintidós
ción, herramientas, equi- los salineros y salineras la oficina ubicada en calla Jueza del Juzgado de Familia de San Fernando que se individualiza en la imagen de firma electrónica estampada
20:14 UTC-4
Jueza del Juzgado de Familia de San Fernando que se individualiza en la imagen de firma electrónica estampada
en la presente acta. San Fernando, 31 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
pamiento y maquinarias de Cardenal Caro, ade- Andrés de Alcázar 148, en la presente acta. San Fernando, 31 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
comunes, para mejorar las más de los canteros y los Rancagua y al teléfono
condiciones de produc- trabajadores de la piedra 722235103.
Boris Mauricio Ortega Suazo
Boris Mauricio Ortega Suazo
Jefe Unidad
Jefe Unidad
PJUD 4-5-6-221003204-05-06
PJUD
Treinta y uno de agosto de dos mil veintidós
Treinta y uno de agosto de dos mil veintidós
FRANCISCO 20:14 UTC-4
20:14 UTC-4
BECERRA
Llamar al 989559788 Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
Código: LFWDXBXWGMD
Este documento tiene firma electrónica
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
http://verificadoc.pjud.cl
Código: LFWDXBXWGMD
Código: LFWDXBXWGMD