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Página 4 - Jueves 12 de Mayo de 2022
RIT : C-994-2021 MEJÍAS/RAMÍREZ F. Ing.: 21/10/2021
F. Ing.: 21/10/2021
MEJÍAS/RAMÍREZ
RIT : C-994-2021
Forma Inicio: Demanda
RUC: 21- 2-2590861-0 Proc.: Ordinario Forma Inicio: Demanda
RUC: 21- 2-2590861-0
Proc.: Ordinario
EXTRACTO NOTIFICACIÓN
EXTRACTO NOTIFICACIÓN
Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-994-2021, RUC: 21- 2-2590861-0, caratulada
Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-994-2021, RUC: 21- 2-2590861-0, caratulada
MEJÍAS/RAMÍREZ por Cuidado personal, por resolución de fecha 6 de abril de 2022, se ha ordenado notificar de
MEJÍAS/RAMÍREZ por Cuidado personal, por resolución de fecha 6 de abril de 2022, se ha ordenado notificar de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, por avisos en Diario VI Región y
conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, por avisos en Diario VI Región y
en el Diario Oficial, DEMANDA: a doña CLORINDA HERMOSINA MEJÍAS ÁLVAREZ, C.I. 16.165.202-4 y don
en el Diario Oficial, DEMANDA: a doña CLORINDA HERMOSINA MEJÍAS ÁLVAREZ, C.I. 16.165.202-4 y don
MANUEL JESÚS RAMÍREZ LIZAMA, C.I. 9.653.807-3, demanda por Cuidado personal ingresada en este Tribunal
MANUEL JESÚS RAMÍREZ LIZAMA, C.I. 9.653.807-3, demanda por Cuidado personal ingresada en este Tribunal
21 de octubre de 2021, interpuesta por doña ERIKA CECILIA MEJÍAS VENEGAS, al siguiente tenor: EN LO
21 de octubre de 2021, interpuesta por doña ERIKA CECILIA MEJÍAS VENEGAS, al siguiente tenor: EN LO
PRINCIPAL: Demanda de Cuidado Personal Definitivo de Niño; PRIMER OTROSÍ: Acompaña Documentos; SEGUNDO
PRINCIPAL: Demanda de Cuidado Personal Definitivo de Niño; PRIMER OTROSÍ: Acompaña Documentos; SEGUNDO
OTROSÍ: Solicita Notificación por Avisos; TERCER OTROSÍ: Beneficio de Asistencia Jurídica; CUARTO OTROSÍ:
OTROSÍ: Solicita Notificación por Avisos; TERCER OTROSÍ: Beneficio de Asistencia Jurídica; CUARTO OTROSÍ:
Patrocinio y Poder; Propone forma de notificación. S.J. de Familia. ERIKA CECILIA MEJÍAS VENEGAS deduce
Patrocinio y Poder; Propone forma de notificación. S.J. de Familia. ERIKA CECILIA MEJÍAS VENEGAS deduce
demanda de Cuidado Personal Definitivo de su sobrina FABIANA JACQUELIN RAMÍREZ MEJÍAS, Cédula nacional de
demanda de Cuidado Personal Definitivo de su sobrina FABIANA JACQUELIN RAMÍREZ MEJÍAS, Cédula nacional de
Identidad N° 21.991.623K, de actuales 15 años de edad, en contra de sus padres, doña CLORINDA HERMOSINA
Identidad N° 21.991.623K, de actuales 15 años de edad, en contra de sus padres, doña CLORINDA HERMOSINA
MEJÍAS ÁLVAREZ, Cédula nacional de Identidad N°16.165.2024, cuyo domicilio se desconoce y don MANUEL
MEJÍAS ÁLVAREZ, Cédula nacional de Identidad N°16.165.2024, cuyo domicilio se desconoce y don MANUEL
JESÚS RAMÍREZ LIZAMA, Cédula nacional de Identidad N°9.653.8073, con domicilio en Aytue S/N, Sector del
JESÚS RAMÍREZ LIZAMA, Cédula nacional de Identidad N°9.653.8073, con domicilio en Aytue S/N, Sector del
Perejil hacia adentro, comuna de Chimbarongo y de que se ordene por su S.S. concederla en todas sus partes.
Perejil hacia adentro, comuna de Chimbarongo y de que se ordene por su S.S. concederla en todas sus partes.
PROVEÍDO: diez de noviembre de dos mil veintiuno. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de
PROVEÍDO: diez de noviembre de dos mil veintiuno. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de
declaración de cuidado personal. Traslado. RESOLUCIÓN: San Fernando, veintiocho de marzo del dos mil
declaración de cuidado personal. Traslado. RESOLUCIÓN: San Fernando, veintiocho de marzo del dos mil
veintidós. Al escrito “nuevo día/hora entorpecimiento” se resuelve: Como se pide, se fija nueva fecha de
veintidós. Al escrito “nuevo día/hora entorpecimiento” se resuelve: Como se pide, se fija nueva fecha de
Audiencia Preparatoria para el 10 de junio de 2022 a las 09:00 hrs, sala 3 (virtual), bajo apercibimiento de
Audiencia Preparatoria para el 10 de junio de 2022 a las 09:00 hrs, sala 3 (virtual), bajo apercibimiento de
afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin necesidad de
afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin necesidad de
notificación posterior, de acuerdo con el artículo 59 de la ley 19.968. La audiencia se realizará a través de
notificación posterior, de acuerdo con el artículo 59 de la ley 19.968. La audiencia se realizará a través de
videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). Para este objeto, las partes (en caso de no tener asesoría letrada),
videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). Para este objeto, las partes (en caso de no tener asesoría letrada),
los abogados y los programas deberán informar a este Tribunal una dirección de correo electrónico para
los abogados y los programas deberán informar a este Tribunal una dirección de correo electrónico para
https://zoom.us/j/99160638145 ID de reunión: 991 6063 8145 Código de acceso: 993718. Se sugiere que las Senador Castro pide “diálogo
conectarse a la videoconferencia y un número telefónico (red fija o celular) dentro de tercer día de notificada la
conectarse a la videoconferencia y un número telefónico (red fija o celular) dentro de tercer día de notificada la
presente resolución. El ID y el link respectivo para proceder a la conexión es el siguiente:
https://zoom.us/j/99160638145 ID de reunión: 991 6063 8145 Código de acceso: 993718. Se sugiere que las
presente resolución. El ID y el link respectivo para proceder a la conexión es el siguiente:
partes se conecten a la dirección señalada con una antelación de 10 minutos de la audiencia fijada, para verificar
partes se conecten a la dirección señalada con una antelación de 10 minutos de la audiencia fijada, para verificar
técnicamente la correcta realización de la misma, más la acreditación y validación de la identidad de los
participantes. Debido a las características de cada causa, puede existir un retraso en el inicio de la audiencia,
técnicamente la correcta realización de la misma, más la acreditación y validación de la identidad de los con resultados concretos” a
razón por la cual las partes deberán esperar su comienzo dentro de la plataforma Zoom referida anteriormente.
participantes. Debido a las características de cada causa, puede existir un retraso en el inicio de la audiencia,
Se advierte a las partes desde ya, que conforme lo dispuesto en el artículo 29 inciso 2 de la ley 19.968, cuentan
razón por la cual las partes deberán esperar su comienzo dentro de la plataforma Zoom referida anteriormente.
con plenas facultades para solicitar a los órganos, servicios públicos o terceras personas la respuesta a los
Se advierte a las partes desde ya, que conforme lo dispuesto en el artículo 29 inciso 2 de la ley 19.968, cuentan
oficios solicitados en la audiencia preparatoria que se celebre y que hayan sido admitidos por el tribunal, a fin de
con plenas facultades para solicitar a los órganos, servicios públicos o terceras personas la respuesta a los autoridades de la UOH ante
que puedan ser presentados como medios de prueba en la audiencia del juicio. MINUTA DE PRUEBAS OFRECIDAS
oficios solicitados en la audiencia preparatoria que se celebre y que hayan sido admitidos por el tribunal, a fin de
Y DILIGENCIAS SOLICITADAS: Como forma de agilizar la tramitación, favorecer la bilateralidad de la audiencia; se
que puedan ser presentados como medios de prueba en la audiencia del juicio. MINUTA DE PRUEBAS OFRECIDAS
informa a las partes, que con una antelación de dos días hábiles a la fecha de audiencia, deberán ingresar a la
Y DILIGENCIAS SOLICITADAS: Como forma de agilizar la tramitación, favorecer la bilateralidad de la audiencia; se demandas estudiantiles
carpeta judicial en formato PDF EDITABLE, una minuta que contenga la individualización de los medios de prueba
informa a las partes, que con una antelación de dos días hábiles a la fecha de audiencia, deberán ingresar a la
a rendir en la audiencia de juicio. Dicha minuta, en los casos que proceda, deberá consignar: Individualización
carpeta judicial en formato PDF EDITABLE, una minuta que contenga la individualización de los medios de prueba
completa de los testigos (nombre, domicilio) Dirección, correo electrónico de las instituciones a las que se
a rendir en la audiencia de juicio. Dicha minuta, en los casos que proceda, deberá consignar: Individualización
solicite oficios. Si se trata de otras causas; indicar la resolución/escrito/informe, que la parte incorporará bajo su
completa de los testigos (nombre, domicilio) Dirección, correo electrónico de las instituciones a las que se Los alumnos informaron que hoy nuevamente levantarán una consulta
responsabilidad como prueba documental. INFORMACIÓN SOBRE ASISTENCIA O CONEXIÓN A LAS AUDIENCIAS.
solicite oficios. Si se trata de otras causas; indicar la resolución/escrito/informe, que la parte incorporará bajo su
Los intervinientes que no puedan acceder a video conferencia, cuentan con la opción de concurrir personalmente
responsabilidad como prueba documental. INFORMACIÓN SOBRE ASISTENCIA O CONEXIÓN A LAS AUDIENCIAS. para definir si se paralizan nuevamente las actividades.
al tribunal el día de la audiencia, siempre que la normativa de la autoridad sanitaria lo permita y cumpliendo con
Los intervinientes que no puedan acceder a video conferencia, cuentan con la opción de concurrir personalmente
las medidas de resguardo de la vida y salud establecidas por aquella. CAUSALES DE JUSTIFICACIÓN DE NO
al tribunal el día de la audiencia, siempre que la normativa de la autoridad sanitaria lo permita y cumpliendo con Hasta la Univer- que existe una desigual- blema. No es posible que
ASISTENCIA A AUDIENCIAS. Sin perjuicio de lo anterior, se tendrá por justificada la inasistencia a la audiencia y se
las medidas de resguardo de la vida y salud establecidas por aquella. CAUSALES DE JUSTIFICACIÓN DE NO
reprogramará en los siguientes casos: a) Cuando la persona considere que su comparecencia al Juzgado la puede
ASISTENCIA A AUDIENCIAS. Sin perjuicio de lo anterior, se tendrá por justificada la inasistencia a la audiencia y se sidad de O’Higgins en dad, entre el campus estudiantes que pagan
poner en una situación de riesgo para su salud, no obstante, las medidas adoptadas por el Tribunal en ese
reprogramará en los siguientes casos: a) Cuando la persona considere que su comparecencia al Juzgado la puede
sentido (mascarillas, guantes, control de temperatura, distanciamiento social, etc.). b) Si la persona pertenece a
RIT : C-994-2021 la población de riesgo determinada como tal por la autoridad sanitaria respecto del COVID-19 (coronavirus) c) Si Rancagua llegó el Sena- Rancagua y Colchagua; 300 mil o más al mes
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poner en una situación de riesgo para su salud, no obstante, las medidas adoptadas por el Tribunal en ese
RUC: 21- 2-2590861-0 Proc.: Ordinario Forma Inicio: Demanda dor Juan Luis Castro a piden buena conexión a por una universidad de
la persona tiene su domicilio dentro de las comunas que han sido declaradas en cuarentena obligatoria por la
sentido (mascarillas, guantes, control de temperatura, distanciamiento social, etc.). b) Si la persona pertenece a
autoridad sanitaria. La parte que se encuentre en alguna de las situaciones de las letras a), b) y c) deberá ponerlo
la población de riesgo determinada como tal por la autoridad sanitaria respecto del COVID-19 (coronavirus) c) Si
en conocimiento del tribunal a más tardar con un día de anticipación a la audiencia fijada, por cualquier medio
la persona tiene su domicilio dentro de las comunas que han sido declaradas en cuarentena obligatoria por la
demandado que no dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias reunirse con estudiantes internet para docencia, excelencia, tengan que
idóneo (teléfono del tribunal, whatsapp, Oficina Judicial Virtual (clave única del Estado). Si la persona interesada,
autoridad sanitaria. La parte que se encuentre en alguna de las situaciones de las letras a), b) y c) deberá ponerlo
mensuales a beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152. que en horas de la maña- transparencia de las in- pasar por las peripecias
que no cuente con medios para comparecer por video conferencia, no justifica su inasistencia, y no asiste al
en conocimiento del tribunal a más tardar con un día de anticipación a la audiencia fijada, por cualquier medio
OBLIGACIÓN DE LAS PARTES, DEMANDANTE Y DEMANDADO DE INFORMAR TELÉFONO, CORREO ELECTRÓNICO,
tribunal, la audiencia se realizará de igual forma, con la parte que asista, haciéndose efectivo el apercibimiento
idóneo (teléfono del tribunal, whatsapp, Oficina Judicial Virtual (clave única del Estado). Si la persona interesada,
WHATSAPP, COMO FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART. 23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más eficiente las na protestaron exigiendo versiones realizadas, es- de sobrevivir, de tener
del art. 59 de la Ley 19.968. OBLIGACIÓN DE DEMANDADO DE INFORMAR CAMBIO DE DOMICILIO Y FORMA DE
que no cuente con medios para comparecer por video conferencia, no justifica su inasistencia, y no asiste al
notificaciones, disminuir recarga a Carabineros de Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios de a las autoridades rectora- pacios de descanso y es- un mal acceso vial, a los
NOTIFICACIÓN. El demandado deberá informar al Tribunal todo cambio de domicilio, de empleador y de lugar en
tribunal, la audiencia se realizará de igual forma, con la parte que asista, haciéndose efectivo el apercibimiento
notificación alternativos; y en el evento de no hacerlo, las restantes notificaciones, en los casos que corresponda,
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que labore o preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido. El
del art. 59 de la Ley 19.968. OBLIGACIÓN DE DEMANDADO DE INFORMAR CAMBIO DE DOMICILIO Y FORMA DE
simplemente se efectuarán por el estado diario que se publica en el tribunal. Esta obligación deberá cumplirse al les mejores condiciones tudio y la instalación de casinos, especialmente
Forma Inicio: Demanda
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momento de efectuar cualquier presentación en la causa. RESPECTO DE LA DESIGNACIÓN DE ABOGADO A LA
NOTIFICACIÓN. El demandado deberá informar al Tribunal todo cambio de domicilio, de empleador y de lugar en
PARTE DEMANDADA. Habiéndose efectuado designación de abogado a la parte demandada en su oportunidad, se para el campus Colcha- un semáforo y lomos de en San Fernando y sobre
que labore o preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido. El
insta a la parte demandada que deberá ponerse en contacto con su abogado designado, a fin de que pueda
demandado que no dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias
ejercer, si estima pertinente, su derecho a contestar la demanda y/o demandar reconvencionalmente en forma gua y que también invo- toro para que sea seguro todo condiciones a veces
mensuales a beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152.
escrita, teniendo presente que ésta debe estar a lo menos con 5 días de anticipación a la fecha de la audiencia lucran a la sede principal el cruce de quienes llegan de hacinamiento que no
OBLIGACIÓN DE LAS PARTES, DEMANDANTE Y DEMANDADO DE INFORMAR TELÉFONO, CORREO ELECTRÓNICO,
que se fije en su oportunidad, o excepcionalmente en forma verbal dentro
TXPXZCVCNX del mismo plazo, conforme a lo
WHATSAPP, COMO FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART. 23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más eficiente las
dispuesto en el artículo 58 de la ley 19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE en algunos casos. a la universidad en San pueden ser permisibles
notificaciones, disminuir recarga a Carabineros de Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios de
SAN FERNANDO. Se hace presente a las partes la siguiente información para tomar contacto con el abogado
TXPXZCVCNXtes notificaciones, en los casos que corresponda,
notificación alternativos; y en el evento de no hacerlo, las restan
designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp +569 3942 0388; Email: En un petito- Fernando. en el momento actual
simplemente se efectuarán por el estado diario que se publica en el tribunal. Esta obligación deberá cumplirse al
corporacionjudicial1@gmail.com; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00 hrs y de rio de 4 páginas, los Tras escuchar para una universidad del
momento de efectuar cualquier presentación en la causa. RESPECTO DE LA DESIGNACIÓN DE ABOGADO A LA
15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla, Nancagua, Chimbarongo. INFORMACIÓN
PARTE DEMANDADA. Habiéndose efectuado designación de abogado a la parte demandada en su oportunidad, se
RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el poder por parte del abogado patrocinante, estudiantes de la Es- esta y otras problemáticas Estado”, subrayó.
insta a la parte demandada que deberá ponerse en contacto con su abogado designado, a fin de que pueda
especialmente en período de excepción constitucional por Pandemia derivada por propagación de COVID 19,
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ejercer, si estima pertinente, su derecho a contestar la demanda y/o demandar reconvencionalmente en forma
dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar previamente, que el profesional a quien cuela de Ciencias Agro- contadas por los propios “Pido diálogo
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escrita, teniendo presente que ésta debe estar a lo menos con 5 días de anticipación a la fecha de la audiencia
se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer en juicio. INFORMACIÓN SOBRE FORMAS
DE ATENCIÓN ALTERNATIVAS DEL TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN FERNANDO: Plataforma: Canal Digital PJUD A alimentarias, Ani- estudiantes, el senador con resultados concretos
que se fije en su oportunidad, o excepcionalmente en forma verbal dentro del mismo plazo, conforme a lo
demandado que no dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias
mensuales a beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152.
través del enlace: https://conecta.pjud.cl/ Mediante Correo electrónico del Tribunal (solo para remitir escritos) males y Ambientales socialista pidió condi- y espero que este martes
dispuesto en el artículo 58 de la ley 19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE
OBLIGACIÓN DE LAS PARTES, DEMANDANTE Y DEMANDADO DE INFORMAR TELÉFONO, CORREO ELECTRÓNICO,
jfsanfernando@pjud.cl INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA JUDICIAL VIRTUAL (OJV). Se instruye a las partes,
SAN FERNANDO. Se hace presente a las partes la siguiente información para tomar contacto con el abogado
WHATSAPP, COMO FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART. 23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más eficiente las
notificaciones, disminuir recarga a Carabineros de Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios de
que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave Única del Estado, proporcionada y administrada por demandaron el fin de rui- ciones dignas para poder haya soluciones reales
designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp +569 3942 0388; Email:
notificación alternativos; y en el evento de no hacerlo, las restantes notificaciones, en los casos que corresponda,
el Servicio de Registro Civil e Identificación. Las presentaciones efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual,
simplemente se efectuarán por el estado diario que se publica en el tribunal. Esta obligación deberá cumplirse al
corporacionjudicial1@gmail.com; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00 hrs y de
momento de efectuar cualquier presentación en la causa. RESPECTO DE LA DESIGNACIÓN DE ABOGADO A LA
se entenderán suscritas por el usuario que las remite, sin necesidad de contener su firma manuscrita material. dos molestos por cons- llevar una vida académi- para el estudiantado que
15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla, Nancagua, Chimbarongo. INFORMACIÓN
PARTE DEMANDADA. Habiéndose efectuado designación de abogado a la parte demandada en su oportunidad, se
NOTIFICACIÓN DE LAS PARTES. Notifíquese al demandante por intermedio de su abogado vía correo electrónico. trucciones cercanas a las ca razonable en una uni- mucho se ha esforzado
insta a la parte demandada que deberá ponerse en contacto con su abogado designado, a fin de que pueda
RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el poder por parte del abogado patrocinante,
ejercer, si estima pertinente, su derecho a contestar la demanda y/o demandar reconvencionalmente en forma
Notifíquese a la Corporación de Asistencia Judicial, vía correo electrónico.
especialmente en período de excepción constitucional por Pandemia derivada por propagación de COVID 19,
escrita, teniendo presente que ésta debe estar a lo menos con 5 días de anticipación a la fecha de la audiencia
Notifíquese a los demandados de la demanda y sus proveídos de conformidad a lo dispuesto en el art. 54 del salas y durante horarios versidad del Estado. por estar en esta univer-
que se fije en su oportunidad, o excepcionalmente en forma verbal dentro del mismo plazo, conforme a lo
dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar previamente, que el profesional a quien
dispuesto en el artículo 58 de la ley 19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE
Código de Procedimiento Civil, debiendo confeccionarse el correspondiente extracto por el Ministro de Fe del
se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer en juicio. INFORMACIÓN SOBRE FORMAS
SAN FERNANDO. Se hace presente a las partes la siguiente información para tomar contacto con el abogado
Tribunal. Notifíquese personalmente o en forma subsidiaria de la personal a don MANUEL JESÚS RAMÍREZ de clases; denuncian que “Hemos lucha- sidad, por tener un buen
designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp +569 3942 0388; Email:
DE ATENCIÓN ALTERNATIVAS DEL TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN FERNANDO: Plataforma: Canal Digital PJUD A
corporacionjudicial1@gmail.com; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00 hrs y de
LIZAMA, RUT: 9.653.807-3, a su domicilio ubicado en Aytue S/N, Sector del Perejil hacia adentro, Comuna de
15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla, Nancagua, Chimbarongo. INFORMACIÓN
través del enlace: https://conecta.pjud.cl/ Mediante Correo electrónico del Tribunal (solo para remitir escritos)
Chimbarongo. Cúmplase por Carabineros de Chimbarongo. Ofíciese a Carabineros de Chimbarongo y remítase hay aulas sin capacidad do por años en poder puntaje, pero que no pue-
RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el poder por parte del abogado patrocinante,
jfsanfernando@pjud.cl INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA JUDICIAL VIRTUAL (OJV). Se instruye a las partes,
vía correo electrónico. S/C Of.2099-2022. Siendo responsabilidad de la parte demandante realizar las gestiones suficiente para cada ge- tener esta universidad, den soportar condiciones
especialmente en período de excepción constitucional por Pandemia derivada por propagación de COVID 19,
dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar previamente, que el profesional a quien
que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave Única del Estado, proporcionada y administrada por
pertinentes para efectuar las publicaciones ordenadas en autos para la realización de la notificación dentro de
se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer en juicio. INFORMACIÓN SOBRE FORMAS
el Servicio de Registro Civil e Identificación. Las presentaciones efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual,
DE ATENCIÓN ALTERNATIVAS DEL TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN FERNANDO: Plataforma: Canal Digital PJUD A
los plazos anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante que si dentro del plazo legal no se da neración de estudiantes, la que debe ser un em- impropias”, insistió.
través del enlace: https://conecta.pjud.cl/ Mediante Correo electrónico del Tribunal (solo para remitir escritos)
se entenderán suscritas por el usuario que las remite, sin necesidad de contener su firma manuscrita material.
cumplimiento a la notificación ordenada, se entenderá por abandonado el procedimiento resolviendo de oficio,
jfsanfernando@pjud.cl INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA JUDICIAL VIRTUAL (OJV). Se instruye a las partes,
sin perjuicio que pueda accionar nuevamente OBLIGACIÓN DIRIGIDA AL PERSONAL A CARGO DE LA
que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave Única del Estado, proporcionada y administrada por
NOTIFICACIÓN DE LAS PARTES. Notifíquese al demandante por intermedio de su abogado vía correo electrónico.
el Servicio de Registro Civil e Identificación. Las presentaciones efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual,
NOTIFICACIÓN. Conjuntamente con la notificación decretada, se deberá solicitar a la parte demandada algún
Notifíquese a la Corporación de Asistencia Judicial, vía correo electrónico.
se entenderán suscritas por el usuario que las remite, sin necesidad de contener su firma manuscrita material.
NOTIFICACIÓN DE LAS PARTES. Notifíquese al demandante por intermedio de su abogado vía correo electrónico.
medio tecnológico de notificación (Correo electrónico o teléfono), para futuras notificaciones, de acuerdo lo
Notifíquese a los demandados de la demanda y sus proveídos de conformidad a lo dispuesto en el art. 54 del
Notifíquese a la Corporación de Asistencia Judicial, vía correo electrónico.
dispuesto en el art. 23 de la Ley 19.968, bajo apercibimiento de efectuar futuras notificaciones por estado diario.
Código de Procedimiento Civil, debiendo confeccionarse el correspondiente extracto por el Ministro de Fe del
Notifíquese a los demandados de la demanda y sus proveídos de conformidad a lo dispuesto en el art. 54 del
Código de Procedimiento Civil, debiendo confeccionarse el correspondiente extracto por el Ministro de Fe del
En virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las SERVICIO EFE
Tribunal. Notifíquese personalmente o en forma subsidiaria de la personal a don MANUEL JESÚS RAMÍREZ
Tribunal. Notifíquese personalmente o en forma subsidiaria de la personal a don MANUEL JESÚS RAMÍREZ
comunicaciones entre el Poder Judicial y las instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad
LIZAMA, RUT: 9.653.807-3, a su domicilio ubicado en Aytue S/N, Sector del Perejil hacia adentro, Comuna de
LIZAMA, RUT: 9.653.807-3, a su domicilio ubicado en Aytue S/N, Sector del Perejil hacia adentro, Comuna de
de cada institución mantener actualizado dicho correo electrónico.
Chimbarongo. Cúmplase por Carabineros de Chimbarongo. Ofíciese a Carabineros de Chimbarongo y remítase
Chimbarongo. Cúmplase por Carabineros de Chimbarongo. Ofíciese a Carabineros de Chimbarongo y remítase
vía correo electrónico. S/C Of.2099-2022. Siendo responsabilidad de la parte demandante realizar las gestiones
Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. 25 de Abril de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de La oferta actualizada del servicio puede ser revisada en el planifi-
pertinentes para efectuar las publicaciones ordenadas en autos para la realización de la notificación dentro de
vía correo electrónico. S/C Of.2099-2022. Siendo responsabilidad de la parte demandante realizar las gestiones
Familia de San Fernando. los plazos anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante que si dentro del plazo legal no se da cador de viajes disponible en www.efe.cl. En caso de dudas o con-
pertinentes para efectuar las publicaciones ordenadas en autos para la realización de la notificación dentro de
cumplimiento a la notificación ordenada, se entenderá por abandonado el procedimiento resolviendo de oficio,
sin perjuicio que pueda accionar nuevamente OBLIGACIÓN DIRIGIDA AL PERSONAL A CARGO DE LA
los plazos anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante que si dentro del plazo legal no se da
NOTIFICACIÓN. Conjuntamente con la notificación decretada, se deberá solicitar a la parte demandada algún
cumplimiento a la notificación ordenada, se entenderá por abandonado el procedimiento resolviendo de oficio, sultas, estas pueden ser realizadas a través de la cuenta oficial del
medio tecnológico de notificación (Correo electrónico o teléfono), para futuras notificaciones, de acuerdo lo
sin perjuicio que pueda accionar nuevamente OBLIGACIÓN DIRIGIDA AL PERSONAL A CARGO DE LA
dispuesto en el art. 23 de la Ley 19.968, bajo apercibimiento de efectuar futuras notificaciones por estado diario.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las
NOTIFICACIÓN. Conjuntamente con la notificación decretada, se deberá solicitar a la parte demandada algún servicio (@EFE_Rancagua), el call center (600 585 5000 o 22 585
comunicaciones entre el Poder Judicial y las instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad
de cada institución mantener actualizado dicho correo electrónico.
medio tecnológico de notificación (Correo electrónico o teléfono), para futuras notificaciones, de acuerdo lo 10-11-12-220509301-02-03 5000 desde celulares) o Whatsapp de atención (+56 9 3919 0571).
Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. 25 de Abril de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de
dispuesto en el art. 23 de la Ley 19.968, bajo apercibimiento de efectuar futuras notificaciones por estado diario.
Familia de San Fernando.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las
comunicaciones entre el Poder Judicial y las instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad
de cada institución mantener actualizado dicho correo electrónico.
Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. 25 de Abril de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de
Familia de San Fernando.
Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa.
Boris Mauricio Ortega Suazo A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al
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horario de invierno establecido en Chile Continental (UTC-4).
http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa.
Fecha: 25/04/2022 18:57:27 Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora,
A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al
Boris Mauricio Ortega Suazo
horario de invierno establecido en Chile Continental (UTC-4).
Fecha: 25/04/2022 18:57:27 TXPXZCVCNX mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y
Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora,
mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y
TXPXZCVCNX Gómez restar dos horas.
Gómez restar dos horas.
Para más información consulte http://www.horaoficial.cl
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http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa.
Boris Mauricio Ortega Suazo A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al
horario de invierno establecido en Chile Continental (UTC-4).
Fecha: 25/04/2022 18:57:27 Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora,
mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y
TXPXZCVCNX Gómez restar dos horas.
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