Page 7 - Diario Agosto 17-
P. 7

Miércoless 17 de Agosto de 2022 - Página 7



                                                                                  RIT : C-667-2019        CHÁVEZ/SOTO            F. Ing.: 12/07/2019
                                                                                  RUC: 19- 2-1437648-5    Proc.: Ordinario       Forma Inicio: Demanda
                                                                                                            EXTRACTO NOTIFICACIÓN
                                                                                    Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-667-2019, RUC: 19-2-1437648-5, caratulada CHÁVEZ/SOTO
                                                                                    por Alimentos Menores, por resolución de fecha 30 de junio de 2022, se ha ordenado notificar de conformidad a
                                                                                    lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, por avisos en el Diario VI Región, por ser un
                                                                                    Diario del lugar donde se sigue el Juicio y que también corresponde al de la Capital de la Provincia de Colchagua
                                                                                    DEMANDA: a doña MARÍA JESÚS SOTO CARO, C.I. 17.127.797-3, demanda por Alimentos Menores ingresada
                                                                                    en este Tribunal el 12 de julio del 2019, interpuesta por don ANTONIO ISAAC CHAVEZ TORRES, al siguiente
                                                                                    tenor: En lo principal, Demanda de Alimentos Menores, primer otrosí: acompaña documentos, segundo otrosí:
                                                                                    solicita Alimentos Provisorios; tercer otrosí, beneficio de asistencia judicial; cuarto otrosí: Patrocinio y Poder,
                                                                                    propone  forma   de  notificación.  S.J.   de  Familia.  ANTONIO   ISAAC   CHAVEZ   TORRES  deduce   demanda   de
                                                                                    alimentos menores en contra de la madre de mi hijo Brallan Issac Chavez Soto, doña  MARÍA JESÚS SOTO
                                                                                    CARO a fin de que se ordene por su S.S. concederla en todas sus partes condenando a la demandada al pago de
                                                                                    pensión   de   alimentos. RESOLUCION  30  DE  JUNIO   DE  2022:   A   lo   principal   y   al   otrosí:   como   se   pide,
                                                                                    reprográmese la audiencia decreta en autos y cítese a audiencia preparatoria para el día 13 de septiembre 2022
                                                                                    a las 11:15 horas en sala virtual (Sala N° 3), la que se celebrará con quienes asistan afectando a los que no
                                                                                    concurran, todas las resoluciones que se dicten en ella sin ulterior notificación. Lo anterior de conformidad con
                                                                                    lo dispuesto en el artículo 59 de la ley 19.968. La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma
                                                                                    virtual ZOOM). Para este objeto, las partes (en caso de no tener asesoría letrada), los abogados y los programas
                                                                                    deberán informar a este Tribunal una dirección de correo electrónico para conectarse a la videoconferencia y un
                                                                                    número telefónico (red fija o celular) dentro de tercer día de notificada la presente resolución. El ID y el link
                                                                                    respectivo para proceder a la conexión es el siguiente:  https://zoom.us/j/99160638145  ID de reunión: 991
                                                                                    6063 8145 Código de acceso: 993718 Se sugiere que las partes se conecten a la dirección señalada con una
                                                                                    antelación de 10 minutos de la audiencia fijada, para verificar técnicamente la correcta realización de la misma,
                                                                                    más la acreditación y validación de la identidad de los participantes. Debido a las características de cada causa,
                                                                                    puede existir un retraso en el inicio de la audiencia, razón por la cual las partes deberán esperar su comienzo
                                                                                    dentro de la plataforma Zoom referida anteriormente. Se advierte a las  partes desde ya, que conforme lo
                                                                                    dispuesto en el artículo 29 inciso 2 de la ley 19.968, cuentan con plenas facultades para solicitar a los órganos,
                                                                                    servicios públicos o terceras personas la respuesta a los oficios solicitados en la audiencia preparatoria que se
                                                                                    celebre y que hayan sido admitidos por el tribunal, a fin de que puedan ser presentados como medios de prueba
                                                                                    en la audiencia del juicio. MINUTA DE PRUEBAS OFRECIDAS Y DILIGENCIAS SOLICITADAS: Como forma de agilizar
                   Programa “Chile apoya a tu Comuna”                               la tramitación, favorecer la bilateralidad de la audiencia; se informa a las partes, que con una antelación de dos
                                                                                    días hábiles a la fecha de audiencia, deberán ingresar a la carpeta judicial en formato PDF EDITABLE, una minuta
                                                                                    que contenga la individualización de los medios de prueba a rendir en la audiencia de juicio. Dicha minuta, en
         Más de $3 mil millones                                                     los   casos   que   proceda,   deberá   consignar:   Individualización   completa   de   los   testigos   (nombre,   domicilio)
                                                                                    Dirección, correo electrónico de las instituciones a las que se solicite oficios. Si se trata de otras causas; indicar
                                                                                    la resolución/escrito/informe, que la parte incorporará bajo su responsabilidad como prueba documental. Se
                                                                                    hace presente a las partes que en atención a la emergencia sanitaria por la que atraviesa el país con ocasión del
        fueron entregados a 23                                                      Covid-19, este Tribunal no está despachando oficios por correspondencia. Por lo anterior y con la finalidad de
                                                                                    evitar dilaciones innecesarias en el proceso y tal como se refirió precedentemente, al momento de solicitar
                                                                                    oficios como prueba, durante la oportunidad procesal correspondiente, se deberá indicar la individualización
                                                                                    completa de la entidad y correo electrónico pertinente; bajo apercibimiento de tener por rechazada la solicitud
                                                                                    de dichos oficios. INFORMACIÓN SOBRE ASISTENCIA O CONEXIÓN A LAS AUDIENCIAS. Los intervinientes que no
          comunas de O’Higgins                                                      puedan acceder a video conferencia, cuentan con la opción de concurrir personalmente al tribunal el día de la
                                                                                    audiencia, siempre que la normativa de la autoridad sanitaria lo permita y cumpliendo con las medidas de
                                                                                    resguardo  de  la  vida   y  salud  establecidas  por  aquella.  CAUSALES  DE  JUSTIFICACIÓN   DE NO  ASISTENCIA  A
                                                                                    AUDIENCIAS. Sin perjuicio de lo anterior, se tendrá por justificada la inasistencia a la audiencia y se reprogramará
                                                                                    en los siguientes casos: a) Cuando la persona considere que su comparecencia al Juzgado la puede poner en una
                                                                                    situación   de   riesgo   para   su   salud,   no   obstante,   las   medidas   adoptadas   por   el   Tribunal   en   ese   sentido
        En presencia del Delegado Presidencial Regional (DPR), Fabio López Aguilera,   (mascarillas, guantes, control de temperatura, distanciamiento social, etc.). b) Si la persona pertenece a la
                                                                                    población de riesgo determinada como tal por la autoridad sanitaria respecto del COVID-19 (coronavirus) c) Si la
          la Seremi de Gobierno, Patricia Torrealba Pino, la encargada de la Subdere   persona tiene su domicilio dentro de las comunas que han sido declaradas en cuarentena obligatoria por la
        regional, Pamela Caro Ángel, y el senador de O’Higgins Juan Luis Castro; ade-  autoridad sanitaria. La parte que se encuentre en alguna de las situaciones de las letras a), b) y c) deberá ponerlo
                                                                                    en conocimiento del tribunal a más tardar con un día de anticipación a la audiencia fijada, por cualquier medio
                                                                                    idóneo (teléfono del tribunal, whatsapp, Oficina Judicial Virtual (clave única del Estado). Si la persona interesada,
         más de la presencia de alcaldes beneficiados, se entregaron $3.100 millones   RIT : C-667-2019  CHÁVEZ/SOTO        F. Ing.: 12/07/2019
                                                                                    que no cuente con medios para comparecer por video conferencia, no justifica su inasistencia, y no asiste al
                                                                                                                                 F. Ing.: 12/07/2019
                                                                                                          CHÁVEZ/SOTO
                                                                                  RIT : C-667-2019
                                                                                    tribunal, la audiencia se realizará de igual forma, con la parte que asista, haciéndose efectivo el apercibimiento
                     en total para financiar proyectos en 23 comunas.             RUC: 19- 2-1437648-5  Proc.: Ordinario    Forma Inicio: Demanda
                                                                                                          Proc.: Ordinario
                                                                                                                                 Forma Inicio: Demanda
                                                                                  RUC: 19- 2-1437648-5
                                                                                    del art. 59 de la Ley 19.968. OBLIGACIÓN DE DEMANDADO DE INFORMAR CAMBIO DE DOMICILIO Y FORMA DE
                                                                                     RIT : C-667-2019
                                                                                                                                  F. Ing.: 12/07/2019
                                                                                                            CHÁVEZ/SOTO
                                                                                    NOTIFICACIÓN. El demandado deberá informar al Tribunal todo cambio de domicilio, de empleador y de lugar en
                                                                                     RUC: 19- 2-1437648-5
                                                                                                                                  Forma Inicio: Demanda
                                                                                                            Proc.: Ordinario
               Recientemente se realizó el  de los recursos que hoy día se entre-   que labore o preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido. El
                                                                                    que labore o preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido. El
                                                                                    demandado que no dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias
                                                                                    demandado que no dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias
                                                                                       que labore o preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido. El
        anuncio de los recursos adjudicados  garon en el municipio son para comu-   mensuales a beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152.
                                                                                                                                          Este documento tiene firma electrónica
                                                                                    mensuales a beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152.
                                                                                       demandado que no dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias
                                                                                                                                          y su original puede ser validado en
                                                                                    Por otra parte, el demandado deberá informar otras formas que faciliten su notificación, atendido lo dispuesto en
        en la región de O´Higgins, enmar-   nas rurales”, agregó la vocera.         Por otra parte, el demandado deberá informar otras formas que faciliten su notificación, atendido lo dispuesto en
                                                                                                                                          http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                    el art. 23 de la Ley 19.968, como correo electrónico y teléfono. Lo anterior, bajo apercibimiento de efectuar las
                                                                                       mensuales a beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152.
                                                                                    el art. 23 de la Ley 19.968, como correo electrónico y teléfono. Lo anterior, bajo apercibimiento de efectuar las
                                                                                    restantes notificaciones, en los casos que corresponda, simplemente por el estado diario que se publica en el
                                                                                       Por otra parte, el demandado deberá informar otras formas que faciliten su notificación, atendido lo dispuesto en
                                                                                                                                          Código: RWNBXXZSYZT
        cados en el plan “Chile Apoya a tu         El alcalde de Rancagua, Juan     restantes notificaciones, en los casos que corresponda, simplemente por el estado diario que se publica en el
                                                                                    tribunal.   OBLIGACIÓN   DE   LAS   PARTES,   DEMANDANTE   Y   DEMANDADO   DE   INFORMAR   TELÉFONO,   CORREO
                                                                                       el art. 23 de la Ley 19.968, como correo electrónico y teléfono. Lo anterior, bajo apercibimiento de efectuar las
                                                                                    tribunal.   OBLIGACIÓN   DE   LAS   PARTES,   DEMANDANTE   Y   DEMANDADO   DE   INFORMAR   TELÉFONO,   CORREO
                                                                                    ELECTRÓNICO, WHATSAPP, COMO FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART. 23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más
                                                                                       restantes notificaciones, en los casos que corresponda, simplemente por el estado diario que se publica en el
        Comuna”, impulsado por el Gobier-   Ramón Godoy, cuya comuna fue una        eficiente las notificaciones, disminuir recarga a Carabineros de Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios
                                                                                    ELECTRÓNICO, WHATSAPP, COMO FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART. 23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más
                                                                                       tribunal.   OBLIGACIÓN   DE   LAS   PARTES,   DEMANDANTE   Y   DEMANDADO   DE   INFORMAR   TELÉFONO,   CORREO
                                                                                    de   notificación   alternativos;   y   en   el   evento   de   no   hacerlo,   las   restantes   notificaciones,   en   los   casos   que
        no del presidente Gabriel Boric. A  de las beneficiadas  por la  inyección   eficiente las notificaciones, disminuir recarga a Carabineros de Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios
                                                                                       ELECTRÓNICO, WHATSAPP, COMO FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART. 23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más
                                                                                    corresponda, simplemente se efectuarán por el estado diario que se publica en el tribunal. Esta obligación
                                                                                    de   notificación   alternativos;   y   en   el   evento   de   no   hacerlo,   las   restantes   notificaciones,   en   los   casos   que
                                                                                       eficiente las notificaciones, disminuir recarga a Carabineros de Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios
                                                                                    corresponda, simplemente se efectuarán por el estado diario que se publica en el tribunal. Esta obligación
        través del proyecto de la Subsecre-  de recursos detalló sobre el proyecto   deberá cumplirse al momento de efectuar cualquier presentación en la causa. RESPECTO DE LA DESIGNACIÓN DE
                                                                                       de   notificación   alternativos;   y   en   el   evento   de   no   hacerlo,   las   restantes   notificaciones,   en   los   casos   que
                                                                                    ABOGADO A LA PARTE DEMANDADA. Habiéndose efectuado designación de abogado a la parte demandada en su
                                                                                    deberá cumplirse al momento de efectuar cualquier presentación en la causa. RESPECTO DE LA DESIGNACIÓN DE
                                                                                       corresponda, simplemente se efectuarán por el estado diario que se publica en el tribunal. Esta obligación
        taría  de  Desarrollo  Regional  (Sub-  adjudicado que se trata de,  “resalto,   oportunidad, se insta a la parte demandada que deberá ponerse en contacto con su
                                                                                    ABOGADO A LA PARTE DEMANDADA. Habiéndose efectuado designación de abogado a la parte demandada en su
                                                                                    abogado designado, a fin de que pueda ejercer, si estima pertinente, su derecho a contestar la demanda y/o
                                                                                       deberá cumplirse al momento de efectuar cualquier presentación en la causa. RESPECTO DE LA DESIGNACIÓN DE
                                                                                       ABOGADO A LA PARTE DEMANDADA. Habiéndose efectuado designación de abogado a la parte demandada en su
                                                                                    demandar reconvencionalmente en forma escrita, teniendo presente que ésta debe estar a lo menos con 5 días
        dere), 23 comunas se vieron bene-   una de las principales peticiones que   oportunidad, se insta a la parte demandada que deberá ponerse en contacto con su
                                                                                    abogado designado, a fin de que pueda ejercer, si estima pertinente, su derecho a contestar la demanda y/o
                                                                                    de anticipación a la fecha de la audiencia que se fije en su oportunidad, o excepcionalmente en forma verbal
                                                                                       oportunidad, se insta a la parte demandada que deberá ponerse en contacto con su
                                                                                    demandar reconvencionalmente en forma escrita, teniendo presente que ésta debe estar a lo menos con 5 días
                                                                                       abogado designado, a fin de que pueda ejercer, si estima pertinente, su derecho a contestar la demanda y/o
        ficiadas, lo que en total significa  tenemos de las vecinas y vecinos de    dentro del mismo plazo, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la ley 19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN
                                                                                    CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE SAN FERNANDO. Se hace presente a las partes la siguiente información
                                                                                       demandar reconvencionalmente en forma escrita, teniendo presente que ésta debe estar a lo menos con 5 días
                                                                                    de anticipación a la fecha de la audiencia que se fije en su oportunidad, o excepcionalmente en forma verbal
        la inyección de $3.100 millones a  Rancagua  estos resaltos de velocidad    para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp +569 3942
                                                                                       de anticipación a la fecha de la audiencia que se fije en su oportunidad, o excepcionalmente en forma verbal
                                                                                    dentro del mismo plazo, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la ley 19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN
                                                                                    0388; Email: corporacionjudicial1@gmail.com; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00
                                                                                       dentro del mismo plazo, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la ley 19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN
                                                                                    CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE SAN FERNANDO. Se hace presente a las partes la siguiente información
        nuestra región.                     que permitan reducir la velocidad       hrs   y   de   15:00   hrs.   a   17:00   hrs.   Comunas   atendidas:   San   Fernando,   Placilla,   Nancagua,   Chimbarongo.
                                                                                       CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE SAN FERNANDO. Se hace presente a las partes la siguiente información
                                                                                    para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp +569 3942
                                                                                    INFORMACIÓN RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el poder por parte del
                                                                                       para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp +569 3942
               Tras el anuncio, el delegado  frente a muchos temas de seguridad     0388; Email: corporacionjudicial1@gmail.com; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00
                                                                                    abogado   patrocinante,   especialmente   en   período   de   excepción   constitucional   por   Pandemia   derivada   por
                                                                                       0388; Email: corporacionjudicial1@gmail.com; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00
                                                                                    hrs   y   de   15:00   hrs.   a   17:00   hrs.   Comunas   atendidas:   San   Fernando,   Placilla,   Nancagua,   Chimbarongo.
                                                                                    propagación de COVID 19, dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar previamente,
                                                                                       hrs   y   de   15:00   hrs.   a   17:00   hrs.   Comunas   atendidas:   San   Fernando,   Placilla,   Nancagua,   Chimbarongo.
        presidencial, Fabio López, aseguró  vial que tenemos en la ciudad”.         INFORMACIÓN RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el poder por parte del
                                                                                    que el profesional a quien se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer en juicio.
                                                                                       INFORMACIÓN RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el poder por parte del
                                                                                    abogado   patrocinante,   especialmente   en   período   de   excepción   constitucional   por   Pandemia   derivada   por
                                                                                    INFORMACIÓN SOBRE FORMAS DE ATENCIÓN ALTERNATIVAS DEL TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN FERNANDO:
        que estos recursos están entregando,       “Estoy muy contento por este     Plataforma: Canal Digital PJUD A través del enlace:  https://conecta.pjud.cl/   Mediante Correo electrónico del
                                                                                       abogado   patrocinante,   especialmente   en   período   de   excepción   constitucional   por   Pandemia   derivada   por
                                                                                    propagación de COVID 19, dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar previamente,
                                                                                       propagación de COVID 19, dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar previamente,
                                                                                    Tribunal (solo para remitir escritos)  jfsanfernando@pjud.cl   INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA JUDICIAL
        “justicia territorial”, ya que, “esto  proyecto, pero además destacar la    que el profesional a quien se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer en juicio.
                                                                                    VIRTUAL (OJV). Que, se instruye a las partes, que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave Única
                                                                                    INFORMACIÓN SOBRE FORMAS DE ATENCIÓN ALTERNATIVAS DEL TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN FERNANDO:
                                                                                       que el profesional a quien se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer en juicio.
                                                                                       INFORMACIÓN SOBRE FORMAS DE ATENCIÓN ALTERNATIVAS DEL TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN FERNANDO:
                                                                                    Plataforma: Canal Digital PJUD A través del enlace:  https://conecta.pjud.cl/   Mediante Correo electrónico del
        viene a romper la lógica de la eva-  equidad territorial, entendemos  que   del Estado, proporcionada y administrada por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Las presentaciones
                                                                                    efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual, se entenderán suscritas por el usuario que las remite, sin
                                                                                       Plataforma: Canal Digital PJUD A través del enlace:  https://conecta.pjud.cl/   Mediante Correo electrónico del
                                                                                    Tribunal (solo para remitir escritos)  jfsanfernando@pjud.cl   INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA JUDICIAL
                                                                                       Tribunal (solo para remitir escritos)  jfsanfernando@pjud.cl   INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA JUDICIAL
        luación  social  de  proyectos  que  mu-  hoy día hay recursos para una gran   necesidad   de   contener   su   firma   manuscrita   material.   NOTIFICACIONES.   Notifíquese   al   demandante   por
                                                                                    VIRTUAL (OJV). Que, se instruye a las partes, que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave Única
                                                                                    intermedio de su abogado vía correo electrónico. NOTIFÍQUESE A LA DEMANDADA la demandada y sus proveídos,
                                                                                       VIRTUAL (OJV). Que, se instruye a las partes, que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave Única
                                                                                    doña MARÍA JESÚS
        cha veces la rentabilidad social hace  cantidad de municipios que se está   del Estado, proporcionada y administrada por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Las presentaciones
                                                                                       del Estado, proporcionada y administrada por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Las presentaciones
                                                                                    efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual, se entenderán suscritas por el usuario que las remite, sin
                                                                                    SOTO   CARO,   RUN.   17127797-3,   POR   AVISOS   en   el   Diario   VI   Región   y   en   el   Diario   Oficial,   debiendo
                                                                                       efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual, se entenderán suscritas por el usuario que las remite, sin
                                                                                    confeccionarse el correspondiente extracto por el Ministro de Fe del Tribunal. Siendo responsabilidad de la parte
        que los recursos se empiecen a quedar  desarrollando en la Subdere y que    necesidad   de   contener   su   firma   manuscrita   material.   NOTIFICACIONES.   Notifíquese   al   demandante   por
                                                                                       necesidad   de   contener   su   firma   manuscrita   material.   NOTIFICACIONES.   Notifíquese   al   demandante   por
                                                                                    demandante   realizar   las   gestiones  pertinentes   para  efectuar   las   publicaciones   ordenadas   en   autos   para  la
                                                                                    intermedio de su abogado vía correo electrónico. NOTIFÍQUESE A LA DEMANDADA la demandada y sus proveídos,
                                                                                       intermedio de su abogado vía correo electrónico. NOTIFÍQUESE A LA DEMANDADA la demandada y sus proveídos,
        donde hay mayor población”.         tenemos que avanzar justamente en       realización de la notificación dentro de los plazos anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante, que
                                                                                    doña MARÍA JESÚS
                                                                                    de no concurrir el día
                                                                                       doña MARÍA JESÚS  y hora fijados, se entenderá como falta de interés en el litigio y la causa se podrá
                                                                                    SOTO   CARO,   RUN.   17127797-3,   POR   AVISOS   en   el   Diario   VI   Región   y   en   el   Diario   Oficial,   debiendo
               Asimismo, remarcó que, la  descentralizar”, añadió el edil de la     abandonar de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.968. En virtud de lo dispuesto en el
                                                                                       SOTO   CARO,   RUN.   17127797-3,   POR   AVISOS   en   el   Diario   VI   Región   y   en   el   Diario   Oficial,   debiendo
                                                                                    confeccionarse el correspondiente extracto por el Ministro de Fe del Tribunal. Siendo responsabilidad de la parte
                                                                                    artículo 11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las comunicaciones entre el Poder Judicial y las
                                                                                       confeccionarse el correspondiente extracto por el Ministro de Fe del Tribunal. Siendo responsabilidad de la parte
        medida “Tiene efectos multiplicado-  capital regional.                      demandante   realizar   las   gestiones  pertinentes   para  efectuar   las   publicaciones   ordenadas   en   autos   para  la
                                                                                    instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad de cada institución mantener actualizado
                                                                                       demandante   realizar   las   gestiones  pertinentes   para  efectuar   las   publicaciones   ordenadas   en   autos   para  la
                                                                                    realización de la notificación dentro de los plazos anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante, que
                                                                                    dicho correo electrónico. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Firma el Juez que
                                                                                       realización de la notificación dentro de los plazos anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante, que
        res, ya que van a ser recursos que van     Finalmente, Carlos Aliaga,       de no concurrir el día y hora fijados, se entenderá como falta de interés en el litigio y la causa se podrá
                                                                                    encabeza el pie de firma digital. .San Fernando, 9 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San
                                                                                       de no concurrir el día y hora fijados, se entenderá como falta de interés en el litigio y la causa se podrá
                                                                                    Fernando.
                                                                                    abandonar de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.968. En virtud de lo dispuesto en el
                                                                                       abandonar de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.968. En virtud de lo dispuesto en el
        a permitir reactivar la economía en  alcalde de Peumo, la comuna be-        artículo 11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las comunicaciones entre el Poder Judicial y las
                                                                                       artículo 11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las comunicaciones entre el Poder Judicial y las
        las distintas comunas que van a ser  neficiada con la mayor  cantidad  de   instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad de cada institución mantener actualizado
                                                                                       instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad de cada institución mantener actualizado
                                                                                    dicho correo electrónico. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Firma el Juez que
                                                                                       dicho correo electrónico. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Firma el Juez que
                                                                                    encabeza el pie de firma digital. .San Fernando, 9 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San
        beneficiadas porque se van a poder  recursos en la región de O’Higgins,   Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                                                       encabeza el pie de firma digital. .San Fernando, 9 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San
                                                                                    Fernando.
                                                                                       Fernando.
        activar fuentes laborales”.         manifestó que tras la adjudicación, “a   Jefe Unidad
                                                                                 PJUD
               En la misma línea, la Seremi  nosotros nos corresponde recuperar   Nueve de agosto de dos mil veintidós                                18-18-20-220816301-02-03
                                                                                 19:21 UTC-4
        de Gobierno, Patricia Torrealba, des-  espacios públicos, trabajar en razón   Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                                                    Boris Mauricio Ortega Suazo
        tacó  el  “sello  de descentralización”  de la seguridad ciudadana ¿y cómo se   Jefe Unidad
                                                                                    Jefe Unidad
        de esta iniciativa del Gobierno.    hace eso?  Invirtiendo ¿invirtiendo en   PJUD PJUD
                                                                                 Nueve de agosto de dos mil veintidós
                                                                                    Nueve de agosto de dos mil veintidós
               “Específicamente, hay 23 co-  qué? En canchas de fútbol, en mejoras   19:21 UTC-4
                                                                                    19:21 UTC-4
                                                                                                                                     Este documento tiene firma electrónica
        munas que se adjudicaron proyectos  de iluminación, y en ese sentido no-                                                     y su original puede ser validado en
                                                                                                                                     http://verificadoc.pjud.cl
        emblemáticos para muchas de ellas.  sotros como municipio, como comu-                                                        Código: RWNBXXZSYZT
        Y algo muy importante, más de 60%  na, estamos felices”.
                                                                                                                                            Este documento tiene firma electrónica
                                                                                                                                           Este documento tiene firma electrónica
                                                                                                                                            y su original puede ser validado
                                                                                                                                           y su original puede ser validado en en
                                                                                                                                            http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                           http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                            Código: RWNBXXZSYZT
                                                                                                                                           Código: RWNBXXZSYZT
   2   3   4   5   6   7   8   9   10   11   12