Page 7 - Diario Abril 13-
P. 7
Fernando. La referida hipoteca se inscribió a fojas 573 número 518 del Registro de Hipotecas y
Gravámenes del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando. Es del caso VS.
Que el deudor no ha dado cumplimiento a las obligaciones emanadas de la referida escritura de
mutuo, por cuanto no pagó los dividendos N° 63 en adelante, correspondiente al mes de Marzo
2015 y siguientes, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley General
de Bancos, mi representado viene en requerir judicialmente el pago de los dividendos insolutos y
de los que devengaren hasta el día del pago efectivo, dentro del término de 10 días a contar de la
notificación de este requerimiento, con sus respectivos intereses, reajustes, primas de seguros y
costas. Sin perjuicio de los anterior, en caso que el deudor (a) no pague los dividendos adeudados
dentro del plazo legal, el Banco del Estado de Chile, solicitará de acuerdo a lo dispuesto en el
inciso cuarto del artículo 104 del mismo cuerpo legal antes señalado, el primer remate del inmueble
hipotecado, que se deberá efectuar por el total de la obligación adeudada, esto es, considerando
como mínimo los dividendos insolutos, más el saldo de capital adeudado, intereses penales, costas
y primas de seguro que recarguen la deuda. La suma total de los dividendos insolutos -7-
asciende al día 09 de Septiembre de 2015, a la cantidad de 55,876626 Unidades de Fomento,
equivalentes a la misma fecha a la suma de $1.409.400.-, según la equivalencia en pesos de
$25.223.42000 por cada U.F. De este modo, vengo en solicitar el pago de la cantidad antes
señalada, con arreglo al procedimiento especial establecido en el Título XIII del Decreto con
Fuerza de Ley N° del año 1997, sobre Ley General de Bancos, bajo los apercibimientos
contemplados en los artículos 103 y siguientes de ese cuerpo legal. POR TANTO, Con el mérito
de lo expuesto y conforme a lo prescrito en los artículos 103 y siguientes de la Ley General de
Bancos. A US. RUEGO, ordenar se requiera de pago a don(a) DEISSY HELEN POBLETE RÍOS,
ya individualizada, a fin que en el plazo de 10 días a contar del requerimiento, pague al Banco del
Estado de Chile, los dividendos devengados y no pagados a su vencimiento (7), y los que se
devenguen hasta la fecha de pago efectivo, del crédito hipotecario referido, más los intereses
correspondientes a las primas de seguros contratados, que ascienden al día 09 de Septiembre de
2015, a la cantidad de 55,876626 Unidades de Fomento, equivalentes a la misma fecha a la suma
de $1.409.400.-, según la equivalencia en pesos de $25.223.42000 por cada U.F. bajo
apercibimiento de que si así no lo hiciere, se solicitará al Tribunal el remate del inmueble
hipotecado para pagar con el producto del mismo, todos los dividendos impagos y el saldo total
insoluto del crédito hipotecario, con sus intereses y primas de seguros, ascendentes a la misma
fecha a la cantidad de 917,317582 Unidades de Fomento, que equivalen a $23.137.887.-, más los
Miércoles 13 de Abril de 2022 - Página 7
costas del juicio. PRIMER OTROSI: Ruego a Ssa., tener por acompañada –con citación- la
escritura de mutuo hipotecario mencionado en lo principal y certificado de deuda, custodiando
ambos documentos. SEGUNDO OTROSI: Ruego a Usía se sirva tener presente que mi
personería para actuar en representación del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, consta en XXNGYQXLXV
EXTRACTO
Escritura Pública de fecha 02 de Diciembre de 2014, ante el Notario doña María Gloria Acharan
Primer Juzgado de Letras de San Fernando. Causa Civil Rol C-1.925-2015, caratulada BANCO Toledo, de la ciudad de Santiago, cuya copia se encuentra en Secretaria del Tribunal, bajo el
DEL ESTADO DE CHILE con POBLETE. Notificación por avisos, conforme el artículo 54 del número 85-B. TERCER OTROSI: De conformidad con la norma del artículo 108 de la Ley General
Código de Procedimiento Civil. Con fecha 09 de Octubre de 2015, se presentó demanda de Bancos, mi parte designa en carácter de depositario definitivo, al propio deudor, con el objeto de
hipotecaria, del siguiente tenor: CODIGO: A-08 MATERIA: JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO. asegurar el buen estado del inmueble hipotecado. CUARTO OTROSÍ: Sírvase S.S., tener
PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO. DEMANDANTE: BANCO DEL ESTADO DE CHILE, OFICINA presente que el representante legal del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, en conforme a su Ley
SAN FERNANDO. RUT: 97.030.000-7 REPRESENTANTE LEGAL: MARISOL ESTRELLA PINTO Orgánica, su Gerente General Ejecutivo, actualmente doña Jessica López Saffie, chilena, casada,
BAEZA. RUN N° : 14.180.092-2. ABOGADO : JUDITH GONZALEZ ARENAS RUT: 13.780.471- Ingeniero comercial, domiciliada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1111, 4° piso,
9 DEMANDADO: POBLETE RIOS DEISSY HELEN. RUT : 15.118.630-0. CUANTIA: Santiago, según consta del Decreto Supremo de Hacienda N° 470 de fecha 24 de Marzo de 2014.
917,317582UF.- OPERACION: 174128000.- EN LO PRINCIPAL: Demanda En Juicio Especial QUINTO OTROSÍ: Ruego a Ssa., tener presente que designo abogada patrocinante y confiero
Hipotecario; PRIMER OTROSI: Acompaña Documentos; SEGUNDO OTROSI: Personería; poder a doña JUDITH GONZALEZ ARENAS, domiciliada en calle Valdivia N° 408, de la ciudad de
TERCER OTROSI: Depositario Definitivo; CUARTO OTROSI: Se tenga presente; QUINTO San Fernando. Con fecha 13 de Octubre de 2015, se proveyó: NOMENCLATURA: 1. [1]Da
OTROSÍ: Patrocinio y poder. S. J. L. 1° JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO. curso a la demanda JUZGADO: 1º Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL: C-1925-
MARISOL ESTRELLA PINTO BAEZA, Contador General, domiciliada en Avda. Manuel Rodríguez 2015 CARATULADO: BANCO DEL ESTADO DE CHILE / POBLETE San Fernando, trece de
N° 859, San Fernando, en representación según se acredita del Banco del Estado de Chile, Octubre de dos mil quince. A lo principal: atendido lo dispuesto en el art culo 103 de la Ley General
empresa autónoma de Créditos del Estado, a Us. Respetuosamente digo: Que por escritura í de Bancos, requiérase a la parte demandada para que en el plazo de 10 días pague la deuda
pública de fecha 25 de Agosto de 2009, protocolizada ante el Notario Público Notaría de San ascendente a la suma de UF 55,876626 correspondiente a los dividendos insolutos, equivalentes al
Fernando, don Mauricio Astudillo Pizarro, documento cuya copia autorizada se acompaña en un día de 09 de septiembre de 2015 a la suma de $1.409.400; bajo apercibimiento de que se decrete
otrosí, el Banco del Estado de Chile, dio en préstamo a don (a) DEISSY HELEN POBLETE RÍOS, remate en la propiedad hipotecada por el total de la deuda. Al primer otrosí: téngase por
ignoro profesión u oficio, domiciliada en AVENIDA CIRCUNVALACIÓN N° 818, VILLA acompañados documentos que indica, con citación, custódiese la copia autorizada del contrato; Al
JARDINES DEL VALLE Y/O JUAN BAUZA N° 1587 Y/O POBLACIÓN INDEPENDENCIA N° 5, segundo, tercer, cuarto y quinto otrosí: téngase presente.- Cuantía: UF 55,876626 equivalentes al
TODOS LOS DOMICILIOS DE LA COMUNA DE SAN FERNANDO, conforme a las disposiciones día de 09 de septiembre de 2015 la suma de $1.409.400.- En San Fernando, a trece de Octubre de
del Título XIII del Decreto con Fuerza De Ley N° 3 del año 1997 sobre Ley General de Bancos, y dos mil quince, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. jcz CERTIFICO: Que se
sus modificaciones y normas reglamentarias pertinentes, la cantidad de 1063 Unidades de guardó en custodia N° 1.220-2015/ Una copia autorizada de contrato de compraventa, mutuo e
Fomento, en letras hipotecarias de su propia emisión. La operación tiene el número 174128000. El hipoteca. San Fernando 13 de Octubre de 2015. Juez Titular Secretaria Subrogante. Con fecha
deudor (a) se obligó a pagar la expresa cantidad en el plazo de 240 meses contados desde el día 22 de Septiembre de 2016, se amplió la demanda, en contra del avalista y codeudor solidario
01 de Diciembre de 2009, por medio de dividendos anticipados, mensuales y sucesivos, calculados don SEBASTIAN NICOLAS COFRE SERRANO, RUN N° 14.205.110-9. El Tribunal con fecha 16
en la forma establecida en la escritura de mutuo, comprendiéndose en ellos la amortización y una de Septiembre de 2016, proveyó: NOMENCLATURA: 1. [445]Mero trámite JUZGADO: 1º Juzgado
tasa de interés real, anual y vencida de 5,0%. La forma de calcular el monto de los dividendos de Letras de San Fernando CAUSA ROL: C-1925-2015 CARATULADO: BANCO DEL ESTADO DE
mensuales quedó establecida en la misma escritura que se acompaña. De acuerdo a lo estipulado CHILE / POBLETE San Fernando, veintiséis de Septiembre de dos mil dieciséis Téngase por
demandados Deissy Helen Poblete Ríos y Sebastián Nicolás Cofre Serrano, mediante avisos
en la mencionada escritura, en caso de mora o simple retardo, cada dividendo devengará desde el ampliada demanda en los términos que señala, notifíquese conjuntamente con la resolución de
demandados Deissy Helen Poblete Ríos y Sebastián Nicolás Cofre Serrano, mediante avisos
redactados en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
día hábil inmediatamente siguiente a aquél en de debió haberse pagado un interés penal igual al fecha 15 de octubre de 2015. En San Fernando, a veintiséis de Septiembre de dos mil dieciséis, se
redactados en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el Diario Oficial.
máximo que la ley permita estipular para operaciones de crédito de dinero reajustable, hasta el notificó por el estado diario, la resolución precedente. Pp. Con fecha 07 de Febrero de 2022 se
veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el Diario Oficial.
Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal distinto de la
momento de su pago efectivo. A fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en solicitó por escrito notificación por avisos de los ejecutados de autos. El tribunal con fecha 08 de
Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal distinto de la
notificación de la demanda, cítese a los demandados para el día 05 de abril de 2022 a las 09:30
la referida escritura de mutuo, el deudor constituyó primera hipoteca a favor del BANCO DEL Febrero de 2022 proveyó: NOMENCLATURA: 1. [445]Mero trámite JUZGADO: 1º Juzgado de
notificación de la demanda, cítese a los demandados para el día 05 de abril de 2022 a las 09:30
horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se
ESTADO DE CHILE, sobre el inmueble ubicado en AVENIDA CIRCUNVALACIÓN N° 818, VILLA XXNGYQXLXV CHILE / POBLETE San Fernando, ocho de Febrero de dos mil veintidós.- Proveyendo escrito
horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se
Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-1925-2015 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE
efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto respectivo.
JARDINES DEL VALLE DE LA COMUNA DE SAN FERNANDO, inscrita a su nombre a fojas 572 efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto respectivo.
Firma digitalmente juez suplente que se indica en pie de página. En San Fernando, a ocho de
número 517 del Registro De Propiedad del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de San “Notificación por avisos” de fecha 07 de febrero de 2022, se resuelve: De conformidad con lo XXNGYQXLXV
Firma digitalmente juez suplente que se indica en pie de página. En San Fernando, a ocho de
Febrero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.- xha. Se
Fernando. La referida hipoteca se inscribió a fojas 573 número 518 del Registro de Hipotecas y dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda de fecha 09
Febrero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.- xha. Se
solicitó nuevo día y hora para el requerimiento de pago y con fecha 23 de Marzo de 2022, el
Gravámenes del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando. Es del caso VS. de octubre de 2015, su proveído y mandamiento de fecha 13 de octubre de 2015, a los
solicitó nuevo día y hora para el requerimiento de pago y con fecha 23 de Marzo de 2022, el
Tribunal proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de
Que el deudor no ha dado cumplimiento a las obligaciones emanadas de la referida escritura de demandados Deissy Helen Poblete Ríos y Sebastián Nicolás Cofre Serrano, mediante avisos
Tribunal proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de
San Fernando CAUSA ROL : C-1925-2015 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE /
mutuo, por cuanto no pagó los dividendos N° 63 en adelante, correspondiente al mes de Marzo redactados en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
San Fernando CAUSA ROL : C-1925-2015 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE /
POBLETE San Fernando, veintitrés de Marzo de dos mil veintidós Proveyendo escrito de fecha 22
2015 y siguientes, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley General veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el Diario Oficial.
POBLETE San Fernando, veintitrés de Marzo de dos mil veintidós Proveyendo escrito de fecha 22
de Bancos, mi representado viene en requerir judicialmente el pago de los dividendos insolutos y marzo de 2022, se resuelve: Como se pide, se fija nuevo día para realizar diligencia de
de
de marzo de 2022, se resuelve: Como se pide, se fija nuevo día para realizar diligencia de
Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal distinto de la
requerimiento de pago ordenada en el folio 161, para el día viernes 13 de mayo de 2022, a las
de los que devengaren hasta el día del pago efectivo, dentro del término de 10 días a contar de la notificación de la demanda, cítese a los demandados para el día 05 de abril de 2022 a las 09:30
requerimiento de pago ordenada en el folio 161, para el día viernes 13 de mayo de 2022, a las
09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia
notificación de este requerimiento, con sus respectivos intereses, reajustes, primas de seguros y horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se
09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia
costas. Sin perjuicio de los anterior, en caso que el deudor (a) no pague los dividendos adeudados se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto
que
que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto
efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto respectivo.
respectivo. Firma Digitalmente Juez Titular que se indica en pie de página. En San Fernando, a
dentro del plazo legal, el Banco del Estado de Chile, solicitará de acuerdo a lo dispuesto en el Firma digitalmente juez suplente que se indica en pie de página. En San Fernando, a ocho de
respectivo. Firma Digitalmente Juez Titular que se indica en pie de página. En San Fernando, a
veintitrés de Marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución
inciso cuarto del artículo 104 del mismo cuerpo legal antes señalado, el primer remate del inmueble Febrero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.- xha. Se la resolución
veintitrés de Marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario,
precedente.pp San Fernando, 23 de Marzo de 2022.
hipotecado, que se deberá efectuar por el total de la obligación adeudada, esto es, considerando solicitó nuevo día y hora para el requerimiento de pago y con fecha 23 de Marzo de 2022, el
precedente.pp San Fernando, 23 de Marzo de 2022.
Secretaria Subrogante.
como mínimo los dividendos insolutos, más el saldo de capital adeudado, intereses penales, costas
Secretaria Subrogante.
Tribunal proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de
y primas de seguro que recarguen la deuda. La suma total de los dividendos insolutos -7-
San Fernando CAUSA ROL : C-1925-2015 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE /
asciende al día 09 de Septiembre de 2015, a la cantidad de 55,876626 Unidades de Fomento,
POBLETE San Fernando, veintitrés de Marzo de dos mil veintidós Proveyendo escrito de fecha 22
equivalentes a la misma fecha a la suma de $1.409.400.-, según la equivalencia en pesos de
de marzo de 2022, se resuelve: Como se pide, se fija nuevo día para realizar diligencia de
$25.223.42000 por cada U.F. De este modo, vengo en solicitar el pago de la cantidad antes
requerimiento de pago ordenada en el folio 161, para el día viernes 13 de mayo de 2022, a las
señalada, con arreglo al procedimiento especial establecido en el Título XIII del Decreto con 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia
Fuerza de Ley N° del año 1997, sobre Ley General de Bancos, bajo los apercibimientos
que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto
contemplados en los artículos 103 y siguientes de ese cuerpo legal. POR TANTO, Con el mérito
respectivo. Firma Digitalmente Juez Titular que se indica en pie de página. En San Fernando, a 7-8-12-13-220406301-02-03-04
de lo expuesto y conforme a lo prescrito en los artículos 103 y siguientes de la Ley General de
veintitrés de Marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución
Bancos. A US. RUEGO, ordenar se requiera de pago a don(a) DEISSY HELEN POBLETE RÍOS,
precedente.pp San Fernando, 23 de Marzo de 2022.
ya individualizada, a fin que en el plazo de 10 días a contar del requerimiento, pague al Banco del
Secretaria Subrogante.
Estado de Chile, los dividendos devengados y no pagados a su vencimiento (7), y los que se
devenguen hasta la fecha de pago efectivo, del crédito hipotecario referido, más los intereses
correspondientes a las primas de seguros contratados, que ascienden al día 09 de Septiembre de
2015, a la cantidad de 55,876626 Unidades de Fomento, equivalentes a la misma fecha a la suma
de $1.409.400.-, según la equivalencia en pesos de $25.223.42000 por cada U.F. bajo XXNGYQXLXV XXNGYQXLXV
apercibimiento de que si así no lo hiciere, se solicitará al Tribunal el remate del inmueble
hipotecado para pagar con el producto del mismo, todos los dividendos impagos y el saldo total
insoluto del crédito hipotecario, con sus intereses y primas de seguros, ascendentes a la misma Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
fecha a la cantidad de 917,317582 Unidades de Fomento, que equivalen a $23.137.887.-, más los causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora
visualizada corresponde al horario de verano establecido en
causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora
Rudecinda del Rosario Sandoval Garcia Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de
visualizada corresponde al horario de verano establecido en
costas del juicio. PRIMER OTROSI: Ruego a Ssa., tener por acompañada –con citación- la Rudecinda del Rosario Sandoval Garcia Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de
Fecha: 25/03/2022 12:32:38
Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
información consulte http://www.horaoficial.cl
escritura de mutuo hipotecario mencionado en lo principal y certificado de deuda, custodiando Fecha: 25/03/2022 12:32:38 información consulte http://www.horaoficial.cl
ambos documentos. SEGUNDO OTROSI: Ruego a Usía se sirva tener presente que mi
personería para actuar en representación del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, consta en XXNGYQXLXV
Escritura Pública de fecha 02 de Diciembre de 2014, ante el Notario doña María Gloria Acharan
Toledo, de la ciudad de Santiago, cuya copia se encuentra en Secretaria del Tribunal, bajo el XXNGYQXLXV
Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora
visualizada corresponde al horario de verano establecido en
Rudecinda del Rosario Sandoval Garcia Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de
Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
Fecha: 25/03/2022 12:32:38 información consulte http://www.horaoficial.cl