Page 10 - Diario Dic 14
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        Página 10 - Jueves 14 de Diciembre de 2017


                                                      escuela de Suboficiales de carabineros
                 Cuadro verde y banda instrumental


                                      se presentó en Machalí





               El Jefe de la VI  lina.                  neros mostró a la co-
        Zona de Carabineros ge-        El general Rive-  munidad el trabajo que
        neral  José  Luis  Rivera  ra dio a conocer la im-  realizan a diario en dis-
        Aedo, coordinó la  pre-  portancia  de  acrecentar  tintas áreas. Sin duda
        sentación del Conjunto  las actividades de visua-  alguna, los niños fueron
        Ecuestre Cuadró Verde  lización con la comuni-  los que más disfrutaron
        y la Banda Instrumental  dad, que permitan man-  con  la presentación  del
        de la escuela de Subo-  tener un mejor y mayor  Cuatro Verde.
        ficiales, que tuvo lugar  acercamiento con las or-     Poster ior men-
        en el estadio Guillermo  ganizaciones vivas y los  te,  siguieron  conocien-
        Chacón de la comuna de  vecinos, sumando a este  do  y  fotografiándose
        Machalí.                tipo  de actividades  de  en los stand de las Es-
               A    la  jorna-  recreación, en beneficio  pecialidades, como el
        da asistieron el jefe de  del bienestar y potenciar  GOPE, Fuerzas Especia-
        zona, el alcalde Miguel  el rol de la familia de  les, O.S.7, LABOCAR,
        Urrutia y autoridades  Carabineros.             SEBV, SIAT, y las Ofici-
        locales, además de las         A esto se sumó  nas Comunitarias, en las
        familias de carabineros  una Feria de Especia-  motos y vehículos insti-
        y la comunidad Macha-   lidades, donde Carabi-  tuciones./ (R.S.H.C.)





                                                                        caso caval
                   Corte de Apelaciones mantiene medidas


                                    cautelares de Isaac Givovich




                                                                                       La   Corte   de  go nacional y prohibición  nominativa del Servicio de
                                                                                Apelaciones de Ranca-   de comunicarse con otros  Impuestos Internos, por lo
                                                                                gua rechazó el recurso de   imputados, en contra de la  que, así las cosas, al haber-
                                                                                amparo presentado por la   cual se recurre, emana de  se resuelto por esta Corte
                                                                                defensa y mantuvo las me-  un Tribunal competente  tal alegación, el primer ar-
                                                                                didas cautelares de arraigo   y fue dictada dentro de la  gumento del recurrente, en
                                                                                nacional y prohibición de   esfera de sus atribuciones,  cuanto a la improcedencia
                                                                                comunicarse con los impu-  luego de haberse forma-  del actuar del Ministerio
                                                                                tados en denominado caso   lizado al amparado por el  Público al formalizar, debe
                                                                                Caval,  que  debe  cumplir   delito del artículo 97 N° 4  ser desestimado sin mayo-
                                                                                Isaac Givovich Contador.  inciso final del Código del  res disquisiciones”.
                                                                                       En fallo unánime,   Tributario, y previo deba-     “Ahora, en lo
                                                                                la Sala de Turno del tribu-  te de los intervinientes en  referente a la segun-
                                                                                nal de alzada -integrada   cuanto a las cautelares im-  da alegación, esto es, la
                                                                                por los  ministros Emilio   puestas, lo que basta para  inexistencia de un  ilícito,
                                                                                Elgueta, Ricardo Pairicán,   rechazar el presente re-  considerando la forma-
                                                                                y el abogado (i) Juan Gui-  curso, dado que se estima,  lización  recientemente
                                                                                llermo Briceño- rechazó   desde ya, que la juez actuó   realizada en virtud del
                                                                                el recurso de amparo y   dentro de la esfera de sus  mandato de este Tribunal
                                                                                mantuvo las medidas cau-  atribuciones y bajo el am-  de Alzada y la etapa ini-
                                                                                telares del imputado por el   paro legal”, establece el fa-  cial en que se encuentra
                                                                                delito de emisión de factu-  llo dictado el sábado 9 de  el procedimiento respec-
                                                                                ra ideológicamente falsa.  diciembre recién pasado.  to del imputado de autos,
                                                                                       “Que la resolu-         La     resolución  no resulta procedente,
                                                                                ción que decretó las me-  agrega: “Que, no obstante  actualmente, emitir un
                                                                                didas cautelares de arrai-  aquello, cabe dejar asenta-  pronunciamiento, consi-
                                                                                                        do que es un hecho incon-  derando que aquello es
                                                                                                        cuso que la formalización  una cuestión de fondo.
                                                                                                        de Isaac Givovich por el  Ergo, no se advierte ilega-
                                                                                                        delito referido, se efectuó  lidad ni arbitrariedad en la
                                                                                                        en cumplimento de lo re-  dictación de la resolución
                                                                                                        suelto por esta Corte con  impugnada por la juez del
                                                                                                        fecha 31 de octubre último,  grado, que pudiera hacer
                                                                                                        en causa Rol 809-2017, en  procedente la interven-
                                                                                                        la cual se autorizó al Minis-  ción de esta Corte a través
                                                                                                        terio Público a formalizar  de la presente acción cau-
                                                                                                        la investigación respecto  telar, por lo que la misma
                                                                                                        del amparado, no obstan-  debe ser necesariamente
                                                                                                        te la ausencia de querella  desestimada”, concluye./
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